Los recursos que financiarán este Fondo saldrían de cinco fuentes, una de ellas de los ahorros para el retiro y la vivienda del IMSS de trabajadores de 70 años de edad o más que no han sido reclamados. Se aclara que sólo serían tomados los fondos de cuentas que ya no están activas.
Ciudad de México, 26 de abril (SinEmbargo).– El Presidente Andrés Manuel López Obrador informó este viernes su plan para llevar a cabo la reforma a las pensiones, avalada en el Congreso en los últimos días, para que los trabajadores que se retiran puedan hacerlo con un mejor pago: la meta es que el 1 de julio comiencen los primeros pagos, luego de la publicación de la reforma y la estrategia para llevarla a cabo.
“Se va a informar sobre el procedimiento el 1 de mayo, sobre cómo un trabajador que se va a jubilar con leyes anteriores con menos dinero, cómo se le va a recompensar”, dijo el Presidente en su conferencia matutina desde Palacio Nacional. “Después del día 1 de mayo, el 1 de julio, si podemos, estén cobrando su pensión el primer trabajador. Ese es mi plan”, confió.
“Se publica [la reforma], se definen los procedimientos, se crea el fideicomiso, se va a financiar, que tenga recursos y para el día 1 de julio se pueda entregar la primera compensación para el primer trabajador. Y de ahí para adelante”, previó el mandatario.
López Obrador recibirá en las próximas horas la reforma ya avalada por ambas cámaras del Congreso, luego de que el Senado de la República aprobada en las primeras horas del viernes, en lo general y en lo específico, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, iniciativa que pretende transferir los recursos de las Afores no reclamadas por mexicanos mayores de 70 años al fideicomiso para complementar el sistema de pensiones en el país.
De esta forma, respaldaron la minuta que envió la Cámara de Diputados, y que tiene el objetivo de recibir las transferencias de las cuentas de ahorro inactivas en las Afores, para contar con recursos destinados al pago complementario de pensiones a los trabajadores que cotizan bajo el régimen que entró en vigor en 1997.
¿DE QUÉ TRATA LA REFORMA? NO SE ROBARÁN TU AFORE
El Gobierno federal, a través de los titulares de las secretarías de Gobernación, del Trabajo, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), aclararon que la iniciativa para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar y transferir a éste los ahorros para el retiro y vivienda no reclamados por los trabajadores mayores de 70 años no es una expropiación y explicaron a detalle cómo funciona actualmente el Sistema de Pensiones en México.
Los recursos que financiarán este Fondo saldrían de cinco fuentes, una de ellas de los ahorros para el retiro y la vivienda del IMSS de trabajadores de 70 años de edad o más que no han sido reclamados. Se aclara que sólo serían tomados los fondos de cuentas que ya no están activas.
En el caso de los trabajadores que hayan cotizado en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la edad a la que se transferirían sus recursos sin reclamar es a los 75 años de edad.
El Fondo de Pensiones será un fideicomiso público en el que el Banco de México (Banxico) actuará como fiduciario y será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), además contará con un comité técnico que deberá emitir las reglas sobre la recepción, administración, inversión, reservas, rendimientos y reversión de los recursos.
Es falso que la iniciativa pretenda confiscar los ahorros de los trabajadores mexicanos, pues aunque los recursos de estas cuentas inactivas que no fueron reclamados se transferirían al Fondo de Pensiones para el Bienestar seguirán generando intereses y los beneficiarios podrán reclamar la devolución de los recursos en cualquier momento.
La creación de este fondo tampoco implica la eliminación de las Afores (administradoras de fondos para el retiro), éstas seguirán administrando el ahorro de los trabajadores.
En el caso de los trabajadores que cotizan ante el IMSS, garantiza que quienes ganan hasta el salario promedio del Instituto se jubilen con el 100 por ciento mediante un complemento solidario. Es decir, si un trabajador gana 10 mil pesos, se podrá jubilar con la misma cantidad, la cual saldrá de su pensión (6 mil pesos) y del complemento solidario (4 mil pesos).
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA LA REFORMA?
Esta iniciativa de reforma, que sería la segunda en materia de pensiones propuesta en este sexenio, aplicaría a los trabajadores que cotizan ante el IMSS o ISSSTE.
En el caso del IMSS aplicaría a los trabajadores que empezaron a trabajar después de junio de 1997 y se pensionen a partir de la entrada en vigor de la Ley.
En el caso del ISSSTE aplicaría a los trabajadores que se encuentran en el régimen de cuentas individuales y se pensionen a partir de la entrada en vigor de la Ley.
¿CÓMO SE FINANCIARÁ EL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR?
Marath Bolaños López, Secretario del Trabajo y Previsión Social, explicó la manera en cómo se busca financiar ese fondo, que entre otras fuentes, contempla los recursos de las afores no reclamadas e inactivas.
Los recursos para este Fondo de Pensiones para el Bienestar saldrán de cinco partes:
1. Una parte saldrá del 75 por ciento de los ingresos de los bienes incautados por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP).
2. Otra parte saldrá de la liquidación de Financiera Rural.
3. Otra parte saldrá del 25 por ciento de las utilidades del Tren Maya, del Tren del Itsmo de Tehuantepec, de Mexicana de Aviación, entre otras empresas operadas por la Secretaría de Marina y la Sedena.
4. De los adeudos de entres públicos al SAT e ISSSTE.
5. Una última parte saldrá de los ahorros para el retiro y vivienda no reclamados por los trabajadores a las Afores, que es lo que ha generado muchas duda porque algunos dicen que se van a expropiar los recursos de los trabajadores, que les van a robar su dinero, cosa que es totalmente falsa.
¿QUIÉN ADMINISTRARÁ EL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR?
El Fondo de Pensiones será un fideicomiso público en el que el Banco de México actuará como fiduciario y será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Este Fondo contará con un comité técnico que deberá emitir las reglas sobre la recepción, administración, inversión, reservas, rendimientos y reversión de los recursos.
Los recursos del Fondo de Pensiones para el Bienestar no podrán ser usados para el equilibrio presupuestario, es decir, para financiar un déficit público, y tampoco puede usarse para gastos que no estén relacionados con las pensiones.