El Grupo de Información en Reproducción Elegida presentó su informe sobre el acceso de las niñas menores de 15 años al aborto en casos de violación. Ahí refiere que las autoridades ofrecieron un método anticonceptivo de emergencia sólo a 2 mil 419 (8.5 por ciento), de las 28 mil 252 menores que denunciaron ser víctimas de violación. Señaló además que en los códigos penales y de salud locales existen trabas para que las mujeres accedan a una interrupción legal del embarazo en estos casos: 8 entidades exigen una permiso de las autoridades para llevarlo a cabo, 12 dan un plazo para poderlo hacer y otra docena de entidades exigen una demanda previa.
Ciudad de México, 24 de noviembre (SinEmbargo).– De las 28 mil 252 niñas menores de 15 años que denunciaron haber sido víctimas de violación sexual, entre 2009 y 2016, sólo al 8.5 por ciento (2 mil 419) se le ofreció un método anticonceptivo de emergencia, dio a conocer el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
La organización no gubernamental presentó el informe "Violencia sin interrupción" en el que da a conocer los datos obtenidos por medio de transparencia de las procuradurías locales y la General de la República (PGR), además de las instituciones de salud de los estados y federales.
Ahí señaló que cada año se cometen el el país al menos 600 mil delitos sexuales. en los que 9 de cada 10 víctimas son mujeres y de éstas 4 de cada 10 de ellas tienen menos de 15 años de edad. Agregó que el 60 por ciento de los agresores son familiares o personas conocidas.
De acuerdo con las cifras oficiales del periodo de enero de 2009 al 30 de junio de 2016, las autoridades han recibido 70 mil 630 denuncias por violación en procuradurías locales y PGR. Sin embargo, el número de procedimientos de aborto por violación en dependencia de salud de gobierno local y federales fueron contrata de manera considerable, sólo se reportaron 61.
El GIRE señaló que a pesar de la modificación de la NOM 046 de la Secretaría de Salud, que rige los criterios sobre la interrupción legal del embarazo en caso de violeción, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) dieron como respuesta a solicitudes de información, que en sus hospitales no realizaron ningún legrado legal, al menos en el periodo de enero de 2009 a junio de 2016. Mientras que la Secretaría de Salud federal simplemente dijo no contar con esa información.
Concluyó además que el servicio de acceso al aborto a menores víctimas de violación se sigue condicionando, a pesar de que desde marzo de este año la NOM 046 indica claramente que mujeres y niñas mayores de 12 años que hayan sufrido una agresión sexual y, como consecuencia, resultado embarazadas pueden acudir a cualquier centro de salud público a realizarse una interrupción del embarazo, sin necesidad de haber presentado una denuncia por violación, autorización de alguna autoridad (ministerio público o juez) o consentimiento de padre, madre o tutor.
Y acusó que lo anterior deriva del "desconocimiento de las obligaciones de los prestadores de salud, o el afán de imponer sus creencias personales por encima de la salud y, en ocasiones, la vida de las niñas y mujeres sigue siendo un obstáculo para que ellas accedan a los derechos mínimos que les permitan recuperarse de esta situación de violencia y un embarazo que nunca debieron haber sufrido".
Al respecto denunció que los casos de mujeres acompañadas por el GIRE, ha sido frecuente el mal trato y la re victimización por parte tanto del personal de salud como ministerial que consideran estar facultados para castigar y humillar a las mujeres que no cumplen —bajo su perspectiva— con el mandato de género que indica que antes que otra cosa, las mujeres deben ser madres.
CÓDIGOS ESTATALES CRIMINALIZAN Y PONEN EN RIESGO A LAS VÍCTIMAS
De acuerdo con los datos proporcionados a la ONG, el número de autorizaciones para aborto por violación emitidas por la PGR y las procuradurías locales entre enero y junio de 2016 fueron 26; mientras que el número de autorizaciones para aborto por violación recibidas por el IMSS, ISSSTE, secretarías de salud locales 51, y los de procedimientos de abortos por violación realizadas por estos mismo organismo fueron 62.
En las recomendaciones, la organización civil exigió a los Congresos de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacn, Oaxaca, Quintana Roo y Veracruz reformar sus códigos penales para eliminar el plazo como requisito para acceder a los servicios de aborto por violación, de conformidad con la Ley General de Víctimas, pues en la mayoría se dan sólo 90 días para poder acceder a la interrupción legal.
Respecto a la autorización para acceder a los servicios de aborto por violación contenido en los códigos penales, también llamó a las cámaras de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Colima y Quintana Roo a eliminarlo, y también a los Congresos de Baja California Sur, Durango, Guerrero e Hidalgo hizo lo mismo.
Solicitó también cancelar la normativa de la existencia de una denuncia como requisito para acceder a los servicios de aborto por violación, contenido en los códigos penales de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Guerrero e Hidalgo.
Mientras que la Secretaría de Salud le solicitó reformar el Manual de Operación Modelo integrado para la prevención y atención de la violencia familiar y sexual para eliminar los requisitos de denuncia previa y autorización por parte de juez penal para acceder a los servicios de aborto legal por violación.
A la Secretaría de Salud de la Ciudad de México la llamó a reformar los Lineamientos Generales de Organización y Operación de los Servicios de Salud relacionados con la interrupción legal del embarazo en el Distrito Federal para eliminar el plazo de 20 semanas de gestación para acceder a los servicios de aborto legal.
Y a los Gobernadores de Baja California, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Guerrero Jalisco, México, Michoacán, Oaxaca, Puebla y Veracruz exhortó a reformar las normas administrativas que establecen requisitos previos, como el plazo, la denuncia y/o autorización para el acceso a los servicios de aborto por violación.