El organismo constitucional se comprometió a seguir coadyuvando para permitir un voto informado.
Ciudad de México, 24 de enero (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó este miércoles al Instituto Nacional Electoral (INE) dar a conocer la información detallada sobre el monitoreo de los medios de comunicación impresos y digitales del país, con las noticias publicadas tanto en el periodo no electoral como en el electoral.
El INAI explicó en un comunicado que la información debe estar desglosada por fecha, nombre del medio, tipo del medio, subtipo de medio y contenido de la pieza informativa, incluyendo cualquier transcripción, captura o pieza de información original recolectada por el sujeto obligado.
Lo anterior, debido a que una persona solicitó al INE la entrega pormenorizada de toda la información referente al monitoreo de los medios de comunicación impresos y digitales, y posteriormente presentara un recurso de revisión ante el INAI.
En respuesta, el órgano electoral proporcionó la liga electrónica del portal de los informes de monitoreo del INE, donde se pueden consultar los registros de los resultados de cumplimiento por parte de las concesiones de radio y televisión, referente a las 32 entidades federativas, de 2010 a septiembre de 2023. Así como diversos vínculos electrónicos para consultar los spots de radio y televisión vigentes e históricos.
📃 #INAIalMomento@INEMexico debe entregar información sobre Monitoreo Nacional de Medios de Comunicación: INAI
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— INAI (@INAImexico) January 24, 2024
“La circulación de la información de calidad y fidedigna resulta indispensable para que la sociedad pueda tomar decisiones sin sesgos y con base en el conocimiento de las propuestas políticas; una verdadera democracia participativa no puede consolidarse si no hay información fidedigna y de calidad”, expuso la Comisionada del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, sobre el caso ante el Pleno.
“El INAI, lo hemos dicho, se asume como una institución aliada en las labores de construcción de ciudadanía que son esenciales para la salud de nuestro sistema democrático, por lo que seguiremos coadyuvando en este ecosistema informativo que permita un voto informado y ese es el sentido que tiene también esta resolución,
contribuir a que la sociedad tenga la información que requiere”, agregó.
Para la Comisionada Blanca Ibarra, abrir al escrutinio público la información referida permite que las personas interesadas conozcan la forma en que el árbitro electoral nacional ejerce una de sus funciones sustantivas para la preservación de la democracia mexicana.
El próximo 2 de junio se celebrará la jornada electoral más grande de la historia de México, en la que las y los ciudadanos elegirán a las personas que ocuparán 20 mil 637 cargos a nivel federal y 19 mil 738 en las elecciones locales.
La circulación de información de calidad y fidedigna resulta indispensable para que la sociedad pueda tomar decisiones sin sesgos y con base en el conocimiento de las propuestas políticas, en el marco del proceso electoral, @bl_ibarra
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En su ponencia respecto al caso, la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena se determinó que, si bien el INE turnó la solicitud de información a dos unidades administrativas competentes, omitiendo turnarla a la Coordinación Nacional de Comunicación Social, área facultada para el cumplimiento de las pautas de transmisión de los mensajes de las campañas institucionales, actualización de los mapas de coberturas de los medios, así como su alcance efectivo.
“Incumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en el artículo 133 de la Ley Federal de Transparencia”, indicó Ibarra Cadena.
Además, utilizó un criterio restrictivo para la búsqueda de la información, ya que remitió a un sitio web que no da cuenta estrictamente de lo pedido, al referirse a las concesiones y spots de radio y televisión, y no así a la captura o pieza de información original recolectada por ese sujeto obligado en sus actividades de monitoreo.
Tras presentar el asunto, el Pleno del INAI revocó, por unanimidad, la respuesta del INE y le instruyó turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes, para que se realice una nueva búsqueda congruente y exhaustiva, con criterio amplio, y se proporcione la información pormenorizada que se solicitó.