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Revisarán irregularidades

#PuntosYComas¬ Sala Superior del Tribunal analizará “magia electoral” en Guadalajara

23/09/2024 - 8:18 pm

Las sumas de los tres distritos electorales de Guadalajara, 8, 9 y 11, tanto en lo local como en lo federal, tienen también enormes diferencias con la Lista Nominal de Electores que corresponde a la contienda para la presidencia municipal tapatía, que registra más votantes posibles que quienes sufragaron por legisladores locales y federales en los mismos distritos y territorios.

Ciudad de México, 23 de septiembre (SinEmbargo).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tendrá que analizar de fondo las irregularidades y potenciales delitos que se cometieron en las elecciones de presidente municipal de Guadalajara, el pasado domingo 2 de junio del 2024, donde la “magia electoral” se impuso por sobre la legalidad, por la evidente y documentada pérdida de la custodia de paquetes electorales, su potencial manipulación, y la aceptación como válidas de las disparatadas cifras que podrían justificarse jurídicamente, pero que están fuera de toda lógica, certeza y confiabilidad estadística, derivadas de una muy presumible manipulación del cómputo y del padrón electoral.

Existen sobradas evidencias, documentadas con datos e información proporcionada por el mismo Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco, que muestran una muy presumible manipulación de las estadísticas que la autoridad electoral estatal ofrece como válidas, por sus enormes discrepancias con las estadísticas que documenta como oficiales la autoridad electoral federal que organizó los comicios bajo la tutela directa del Instituto Nacional Electoral.

Padrones electorales diferenciados y tendencias de votación contrastantes -más abultadas en el proceso electoral local que en el federal-, así como más de 300 casillas que no fueron contabilizadas durante la jornada electoral, son algunas de las inconsistencias que ponen en duda el cumplimiento estricto de los principios rectores de la función electoral: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

El comunicado oficial emitido por la Sala Regional Guadalajara del Poder Judicial de la Federación, el pasado viernes 20 de septiembre del 2024, es singularmente cauto y contrasta con el optimismo con el cual celebraron los candidatos de Movimiento Ciudadano la resolución que desestima la petición de nulidad formulada por Morena y sus aliados, que ponen en duda la certeza y legalidad de los comicios de la capital tapatía, en los cuales la candidata de Movimiento Ciudadano, Verónica Delgadillo García, habría derrota al aspirante de Sigamos Haciendo Historia, José María Martínez Martínez.

“En esencia, se llegó a la conclusión de que las irregularidades planteadas por las partes actoras no se acreditaron ni configuraron, ya que por una parte no se agotó la instancia previa para controvertir la nulidad de la votación recibida en casillas conforme a la legislación electoral local. Asimismo, respecto a los disensos hechos valer por el candidato de la otrora coalición Sigamos Haciendo Historia en Jalisco, se consideró correcta la determinación de la responsable de no admitir las pruebas que a su consideración eran supervenientes (las se obtiene con posterioridad al momento procesal en que debieron o pudieron ofrecerse), puesto que como diligencias para mejor proveer, por su naturaleza no resulta legalmente posible su empleo por los enjuiciantes, por ser poderes probatorios que corresponden exclusivamente al juzgador”, advierte el comunicado de la Sala Regional Guadalajara que puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica.

Agrega el mismo comunicado oficial de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación: “Por otra parte, no combate las razones expuestas por la autoridad responsable consistentes en que los paquetes no presentaban muestras de alteración y que la hora de entrega de los paquetes electorales al Consejo Distrital dependió del mecanismo de entrega de recolección y traslado, siendo que no acreditó, entre otras cuestiones, la ruptura de la cadena de custodia respecto a paquetes electorales, tampoco demostró las incidencias que se reportaron en cada uno de los distritos, porque las incidencias son relativas a la votación en casilla y el actor no demandó nulidad de casillas, sino nulidad de elección, aunado a que, en materia de nulidades existe una presunción de legalidad respecto a los actos válidamente celebrados”.

Como usted puede observar, la resolución de la Sala regional Guadalajara desestima los agravios con base en tecnicismo jurídicos de forma, procedimentales, pero no de fondo, lo que en su momento tendrá que ser analizado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La siguiente sesión de la Sala Superior está programa para el próximo miércoles 25 de septiembre y no está agendado el asunto relativo a la impugnación de la elección de presidente municipal en Guadalajara.

LA “MAGIA ELECTORAL”

Hay resultados electorales que quienes los justifican, los explican con base en un supuesto voto diferenciado. Un voto diferenciado sumamente sofisticado que no se ha observado en Jalisco en otros procesos electorales anteriores. Pongamos un ejemplo concreto: En Guadalajara hay tres distritos electorales: dos en el oriente, 9 y 11 y uno en el poniente, el Distrito 8. Los tres distritos comparten exactamente el mismo territorio y la misma Lista Nominal de Electores, tanto en la contienda para diputados locales como federales. Los dos distritos del poniente los ganaron Morena y sus aliados, tanto en la conitienda local como federal. Movimiento Ciudadano solo ganó el Distrito 8 en la contiendas local y lo perdió frente a la coalición panista en la contienda federal. Pese a esas derrotas casi totales, su candidata a la alcaldía de Guadalajara, Verónica Delgadillo García, ganó con una cantidad de votos que sus compañeros candidatos a diputados, locales y federales, nunca pudieron alcanzar.

Podemos hacer ese mismo ejercicio de observación y comparación, entre los resultados de candidatos a diputados locales y federales en esos tres distritos de Guadalajara y los muy altos números del candidato de Movimiento Ciudadano a la Gubernatura, Jesús Pablo Lemus Navarro, en ese mismo territorio y con la misma cantidad de potenciales sufragantes.

Y finalmente, podemos comparar esos mismos resultados en los tres distritos electorales tapatíos en la votación para diputados locales y federales, para senadores de la República, así como para presidente municipal y gobernador. Los números, sobre el mismo territorio y las mismas listas nominales de electoes, siguen siendo disparatadamente extraños en favor de los candidatos de Movimiento Ciudadano, Verónica Delgadillo, por Guadalajara, y Pablo Lemus, por la gubernatura.

DISPARIDAD EN LISTA NOMINALES

Las sumas de los tres distritos electorales de Guadalajara, 8, 9 y 11, tanto en lo local como en lo federal, tienen también enormes diferencias con la Lista Nominal de Electores que corresponde a la contienda para la presidencia municipal tapatía, que registra más votantes posibles que quienes sufragaron por legisladores locales y federales en los mismos distritos y territorios.

La suma de los votantes potenciales en los tres distritos locales de Guadalajara es de 1 millón 210 mil 397 ciudadanos con credencial de elector; sin embargo, la suma de los potenciales sufragantes, en esos mismos distritos, pero para la contienda de diputados federales, es de 1 millón 141 mil 155 ciudadanos inscritos, una diferencia inexplicable, tomando como base que el Instituto Nacional Electoral define la misma Lista Nominal de Electores para los dos procesos electorales. Y frente a estas cifras, la Lista Nominal de Electores que registra el Programa de Resultados Electorales Preliminares para el municipio de Guadalajara es de 1 millón 344 mil 28 votantes.

VOTOS PERDIDOS

El Tribunal Electoral de Jalisco y la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desestiman que se haya perdido la cadena de custoria de los paquetes electorales. Entonces ¿cómo se explica que 341 casillas, que representan más de 114 mil votos, se hubiesen extraviado y no estuvieran computados los sufragios, según documentó el Diario-NTR de Guadalajara el lunes 17 y el miércoles 19 de junio del 2024? Estas situaciones fueron justificadas por la presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco, Paula Ramírez Hohne, quien lo antribuye a confusión e impericia de los funcionarios electorales.

Existe un precedente jurídico muy fuerte que los actuales magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tendrían que tomar en cuenta: la anulación de los comicios por la alcaldía de Monterrey, en las primeras horas del miércoles 31 de octubre del 2018, que tiene muchas coincidencias con el actual caso de las presumibles irregularidades en la elección de presidente municipal en Guadalajara.

La elección en Monterrey fue anulada a las cero horas con 30 minutos del miércoles 31 de octubre del 2018, el mismo día que debía tomar posesión el alcalde presuntamente ganador, Felipe de Jesús Cantú, quien habría derrotado a Adrián de la Garza. La toma de posesión de los nuevos alcaldes en Nuevo León fue el 31 de octubre del 2018.

Los magistrados que el 31 de octubre del 2018 anularon los comicios por la alcaldía de Monterrey fueron, la entonces presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Janine M. Otálora Malassis y los magistrados Mónica Aralí Soto, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y José Luis Vargas Valdez.

Votaron en contra de la anulación los magistrados electorales Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante González y Reyes Rodríguez Mondragón. Tres de los magistrados que en 2018 anularon los comicios en Monterrey siguen en la Sala Superior del Tribunal: Mónica Aralí Soto Fregoso, quien ahora lo preside, así como Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Janine M. Otálora Malassis. Dos magitrados que se opusieron a la anulación siguen siendo minoría: Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón.

Hay otro caso de nulidad que también ocurrió unas horas antes de la toma de posesión de la alcaldesa presuntamente ganadora. Es el caso de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, donde los comicios fueron anulados por la Sala Superior del Tribunasl Electoral federal el 30 de septiembre del 2021, 24 horas antes de la toma de posesión que debía ocurrir el primero de octubre, en un triunfo atribuido a la emecista Citlalli Amaya sobre el morenista Alberto Maldronado.

Votaron por la nulidad Janine M. Otálora Malassis, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón. En contra se expresaron Mónica Aralí Soto Fregoso, Indalfer Infante Gonzáles y José Luis Vargas Valdez. Cinco de estos magistrados siguen en la Sala Superior.

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante más de cuatro décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace casi cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad jesuita de Guadalajara.
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