Desde el 20 de septiembre entró en vigor el artículo 216 Bis a la Ley General de Salud en el que se establece que los alimentos y bebidas no podrán contener en su presentación de venta al público grasas trans que hayan sido añadidas durante su proceso de elaboración industrial.
Ciudad de México, 23 de septiembre (SinEmbargo).- El pasado miércoles 20 de septiembre entró en vigor el artículo 216 Bis que se adicionó a la Ley General de Salud de México con el que se busca regular el uso de las grasas trans en alimentos y bebidas por parte de las empresas del país.
El principal objetivo del mismo “es la eliminación de aceites parcialmente hidrogenados de la dieta de los mexicanos y también la limitación de las grasas trans en los alimentos”, comentó Claudia Moreno, Oficial de Incidencia Legislativa de Salud Justa A.C., en entrevista para SinEmbargo.
Además de destacar lo relevante del acuerdo, del que aún no se expide el reglamento correspondiente, Moreno reiteró que el decreto se estableció con el fin de “proteger la salud de los mexicanos” prohibir la utilización de aceites parcialmente hidrogenados en los alimentos, que es una sustancia nociva para la salud.
La integrante de la organización Salud Justa añadió que con el artículo 216 Bis a la Ley General de Salud también se busca “limitar el 2 por ciento [de grasas trans] en todos los alimentos, lo que va a permitir que se puedan prevenir alrededor de 13 mil muertes anuales en México”.
Explicó que el nuevo artículo contempla dos párrafos, para ella los más importantes, con los que se busca reducir el consumo de grasas trans. En uno se establece la prohibición del proceso con el que se producen las grasas trans y el otro con el que se obliga a la industria que, con un nuevo proceso, los alimentos contengan no más de 2 por ciento de este aditivo.
En el primer párrafo se prohíbe el uso de aceites parcialmente hidrogenados, los cuales “se forman cuando de un aceite vegetal en estado líquido la industria lo transforma a sólido a través del proceso de hidrogenación, ahí se forman los aceites parcialmente hidrogenados”, especificó la Oficial de Incidencia Legislativa de Salud Justa A.C.
“[Los aceites parcialmente hidrogenados] son la fuente principal de ácidos grasos trans de producción industrial, esos son los ácidos que son los que están matando a la gente del corazón, son los que hacen daño a la salud y son los que están prohibidos”, detalló Moreno.
Al prohibirse el proceso de hidrogenación, la industria alimentaria está obligada a buscar alternativas para sustituir esos aceites o en su caso cambiar el método [de líquido a sólido] con el que transforma dicho aditivo. Al lograrse este primer objetivo, toma sentido la disposición de que alimentos y bebidas contengan, como máximo, 2 por ciento de ácidos grasos trans, los cuales se pudieron haber formado durante el nuevo proceso.
“¿Qué debe de hacer la industria? sustituirlos por otro tipo de aceites o bien este método de sólido a líquido, idear otro proceso. Entonces con estos aceites y con este nuevo proceso es donde entra el segundo párrafo y dice que con su nuevo proceso no podrán exceder del 2 por ciento de ácidos grasos trans, que se pueden formar por el calentamiento o por algún proceso industrial, este es el principal objetivo del artículo”, detalló Moreno.
De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se adicionó un artículo 216 Bis a la Ley General de Salud para establecer que los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas no alcohólicas, no podrán contener en su presentación de venta al público grasas trans que hayan sido añadidas durante su proceso de elaboración industrial.
Además, los alimentos, bebidas no alcohólicas, aceites y grasas no podrán exceder dos partes de ácidos grasos trans de producción industrial por cada cien partes del total de ácidos grasos, señala el documento en el que también se indica que será la Secretaría de Salud la que establecerá las bases de regulación para dichos ácidos de producción industrial.
“Los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas no alcohólicas, no podrán contener en su presentación para venta al público aceites parcialmente hidrogenados, conocidos como grasas trans, que hayan sido añadidos durante su proceso de elaboración industrial”, se indica en el Artículo 216 Bis.
La Oficial de Incidencia Legislativa de la organización Salud Justa también enfatizó que el uso de los aceites parcialmente hidrogenados sólo beneficia a las empresas y perjudica la salud de los consumidores, ya que estos aditivos retrasan la oxidación de los alimentos, por lo que los producto, particularmente los ultraprocesados, pueden durar meses en los anaqueles.
“Es un beneficio para la industria, no es un beneficio para la población en general, el único beneficio en la utilización de estos aceites parcialmente hidrogenados es que sirven para evitar que el producto se enrancie muy rápido, para incrementar el tiempo de vida del producto en el anaquel”, indicó Moreno.
“[Los aceites parcialmente hidrogenados] son resistentes a este efecto oxidativo, y en lo que ayudan es que la caducidad del producto se extienda hasta por seis u ocho meses. Ese es el beneficio para la industria, la industria tendrá que reformularlo y sustituir ese aditivo en los alimentos”, añadió.
Mientras que, destacó, “en la salud, el consumo de estas sustancias, los aceites parcialmente hidrogenados y las grasas trans, ocasionan la aparición de enfermedades cardiovasculares, afectan el metabolismo, obstruyen las arterias, incrementan el colesterol malo, disminuyen el bueno, el principal impacto es a la salud”, subrayó.
Respecto al reglamento que debe acompañar a la reforma, Claudia Moreno indicó que aún no está listo y no tiene una fecha prevista esté terminado. Sin embargo, enfatizó que la disposición ya entró en vigor por lo que las empresas deben cumplirla o de lo contrario podrían hacerse acreedoras a multas e incluso clausuras, como se prevé en la Ley General de Salud.
“Están trabajando ya en el reglamento, no tienen previsto cuando pudiera entrar, pudiera ser en este año, porque justo con este tema de grasas trans se va a agregar otras cosas al reglamento, la Ley que recién se aprobó de alimentación saludable”, dijo.
“Estamos en espera de que en estos próximos meses pueda inducirse el reglamento, lo que es un hecho es que la Ley entró en vigor ayer, las Ley General de Salud contempla sanciones ante el incumplimiento”, detalló.
“La Cofepris está trabajando, tenemos conocimiento, que está trabajo, incluso implementaron mesas de trabajo con Profeco para trabajar en la implementación de cómo se va a hacer las visitas de verificación, en qué momento, y todo esto ya quedará establecido en los lineamientos”, destacó Claudia Moreno.
Por su parte, agregó, los ciudadanos también pueden poner de su parte para verificar que la ley se cumpla, y pueden revisar la etiqueta de información nutrimental de los productos que consumen para constatar que ya no contengan grasas trans y de no se as reportarlo a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).