Ciudad de México, 23 de junio (SinEmbargo).– Apenas había iniciado el año y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitía uno de los fallos más polémicos de su historia, ordenando la inmediata liberación de la francesa Florence Cassez, sentenciada por secuestro, el pasado 23 de enero.
Los ministros del máximo tribunal de justicia argumentaron que se habían violado los derechos de Cassez, a quien se capturó en medio de un montaje televisivo en diciembre de 2005, orquestado por el gobierno de Felipe Calderón y se le acusó de secuestro.
La resolución le dio la vuelta al mundo y fue mal recibida por víctimas de secuestro, organizaciones civiles y la sociedad en general.
Sin embargo, no se trata de la única decisión polémica de la Corte, que en los últimos meses se ha visto envuelta en criticas.
Se negó a atraer un recurso de inocencia del profesor indígena Alberto Patishtán, quien este mes cumplió 13 años en prisión, acusado del asesinato de siete policías estatales y municipales, pero sí amparó a ocho secuestradores y a un homicida.
Apenas esta semana, los Ministros rechazaron transparentar sus declaraciones patrimoniales, así como las de funcionarios públicos, entre los que se encuentran diputados y el propio Presidente de la República.
EL CASO CASSEZ
El 9 de diciembre de 2005, en medio de un gran despliegue mediático de Televisa y TV Azteca, miles de televidentes fueron testigos de la captura “en vivo” de la ciudadana francesa Florence Cassez y su pareja sentimental, Israel Vallarta, presuntos integrantes de la banda de secuestradores Los Zodiaco. Supuestamente los habían detenido en el rancho Las Chinitas, ubicado en la carretera México-Cuernavaca.
En la transmisión, también tuvo lugar la presunta liberación de Ezequiel Yadir Elizalde Flores, Cristina Ríos Valladares y su hijo de 10 años por parte de elementos de la ahora extinta Agencia Federal de Investigación (AFI).
Dos años más tarde, el 5 de febrero de 2006, Cassez denunció el montaje de su detención en el programa Punto de Partida con Denise Maerker. Ante esto, García Luna reconoció que la escena fue recreada y se disculpó argumentando que se trató de “una reconstrucción solicitada por los medios de comunicación” y que esto no se tendría en cuenta durante el juicio.
Cassez fue primero condenada a más de 90 años; luego un juez revisó el caso y le dieron 60. Pero el 23 de enero de este año, la Suprema Corte juzgó que las autoridades habían violado sus derechos más elementales.
Con los votos a favor de los ministros Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Primera Sala de la Corte determinó conceder un amparo “liso y llano” a Florence Cassez y ordenó su liberación inmediata.
Al día siguiente, Sánchez Cordero defendió su actuación en el fallo y dijo que lo que más pesó para anular el juicio fue el “montaje” televisivo orquestado por la policía mexicana.
“Ellos (las autoridades mexicanas) lo llamaban recreación, pero sí, fue un montaje” y fue el elemento que tuvo “el mayor peso”, reconoció.
Sin embargo, el fallo no fue bien recibido por las víctimas de secuestro, especialistas, políticos y distintas ONG’s. Además, según una encuesta telefónica publicada por el diario Reforma, el 83 por ciento de los mexicanos se mostró en desacuerdo con la decisión judicial y el 73 por ciento pensaba que la francesa era culpable de los delitos por los que se le procesó.
EL CASO PATISHTÁN
La Primera Sala de la Suprema Corte determinó el 6 de marzo no reasumir la atracción del Incidente de Reconocimiento de Inocencia presentado en favor del indígena tzotzil Alberto Patishtán, quien cumple una sentencia de 60 años en un penal de Chiapas, acusado de participar en una emboscada el 12 de junio del 2000 que costó la vida de siete policías, y que además dejó dos heridos.
El caso de Patishtán, quien se desempeñaba como profesor, ha estado plagado de irregularidades.
El pleno resolvió no atraer el incidente de reconocimiento de inocencia por mayoría de tres votos, emitidos por José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, contra los votos de Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, que estuvieron en favor de atraer dicho recurso.
El Incidente de Reconocimiento de Inocencia fue turnado para su estudio al Primer Tribunal Colegiado del estado de Chiapas.
Tras conocerse la decisión, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas se pronunció contra la negativa de la SCJN.
“Constituye la denegación de justicia a miles de personas cuyos procesos estuvieron repletos de irregularidades”, indicó, en un comunicado.
La resolución de la Primera Sala de la SCJN, al no reasumir su competencia en el caso con el argumento de que “no resulta trascendental y que en el mismo no se incorporan argumentos novedosos, constituye una denegación de justicia a miles de personas cuyos procesos estuvieron repletos de irregularidades”, consideró.
AMPARO A HOMICIDA
El pasado 10 de junio, seis ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedieron un amparo a Sergio Vázquez, sentenciado en 2012 por el homicidio de Hortensia Valdés de Cruz, a quien asesinó delante de su nieto de siete años para robarle 800 pesos en su domicilio, ubicado en el municipio de Tlalnepantla, Estado de México.
Pese a que todos los ministros consideran que Vázquez es culpable, lo ampararon con el argumento de que se violó su derecho a tener una defensa adecuada. Sin embargo, esta decisión generó polémica en la Suprema Corte, ya que los ministros que se opusieron argumentaron que el delito quedó impune.
El amparo otorgado al hombre es para que el juez no tome en cuenta la declaración en las audiencias donde no estuvo presente su abogado.
Al respecto, Juan Gabriel Cruz, hijo de la víctima, se dijo consternado por la decisión de los ministros y narró cómo ocurrieron los hechos a Joaquín López-Dóriga.
“Es un capítulo muy difícil en nuestra vida. Aquel día eran alrededor de las 14:30 y mi mamá cuidaba a mis sobrinos, de siete y dos años. Estaban en la casa de mi hermana (…) y tocó a la puerta el individuo. Como era conocido de la familia, le permitió acceso a la casa”.
Refirió que Sergio Vázquez le dijo a su madre que iba por unos documentos, pues su esposa trabajaba con un miembro de la familia, entonces se le permitió el acceso. “Es cuando amaga a mi mamá con el cuello, la golpea, la agarra por el cuello, le pone el cuchillo y le pregunta dónde está el dinero.”
Contó que el niño, al ver la escena, corrió por el monedero y pidió al sujeto no hacerle daño a su abuela, pero la mató frente a él.
Sergio Vázquez fue detenido minutos después, gracias a que una persona del servicio doméstico salió por la parte trasera de la casa para pedir auxilio.
REVOCA SENTENCIA
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó el 11 de junio la sentencia de Javier Briones Ramírez, condenado por cometer delitos contra la salud.
En noviembre de 2010, elementos de la Policía Federal desmantelaron al grupo delictivo “Los Coyotes”, al que pertenecía Briones Ramírez, que operaba en las inmediaciones del Registro civil Arcos de Belén, en la delegación Cuauhtémoc. La banda se dedicaba al narcomenudeo y a la falsificación de documentos y de uniformes de diferentes corporaciones policiacas.
El presunto delincuente impugnó su sentencia. Su abogado argumentó que se violó su derecho a la defensa adecuada.
Juan Silva Meza, presidente de la Suprema Corte, aseguró que el fallo del máximo tribunal no otorga la libertad inmediata a Briones Ramírez, sino que permite que un juez le dicte una nueva sentencia en la que no tome en cuenta la información obtenida en las diligencias donde no estuvo presente su abogado.
NO A LA TRANSPARENCIA
El pasado 18 de junio los ministros rechazaron transparentar declaraciones patrimoniales de funcionarios públicos, entre los que se encuentran el Presidente de la República, diputados y ellos mismos.
Ocho de los 11 ministros rechazaron un proyecto de sentencia elaborado por el ministro José Ramón Cossío, quien proponía declarar inconstitucional el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos que establece tener que pedir consentimiento del funcionario para hacer pública su declaración patrimonial.
La discusión en la Corte se originó tras un amparo promovido por la organización Fundar, que solicitó a la Auditoría Superior de la Federación la situación patrimonial de los 500 diputados de la pasada legislatura.
Por su parte, el Ministro Francisco González Salas consideró adecuadas las propuestas “por supuesto de las excepciones”, por razones exclusivamente de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
El fallo fue criticado por legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), quienes consideraron la resolución como un bloqueo a la transparencia.
En tanto, Andrés Manuel López Obrador, presidente del Consejo Nacional del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), dijo que la decisión que tomaron los ministros es parte de una “asociación delictuosa”.
SECUESTRADORES AMPARADOS
La última decisión polémica de la Suprema Corte tuvo lugar el 19 de junio, cuando amparó a ocho secuestradores, integrantes de grupos delictivos y bandas de la delincuencia organizada que operaban en Sinaloa, Estado de México, Morelos y Baja California.
Los ministros concluyeron que se violó el derecho de estas personas a la legalidad y a la exacta aplicación de la ley, pues el juez sólo aplicó leyes federales para sentenciarlos por el delito de secuestro y no leyes locales para los otros delitos del fuero común.
Los inconformes argumentaron que se les impuso una pena que “no corresponde al grado de su culpabilidad”.
Entre los delincuentes que fueron beneficiados por la Corte se encuentran Arturo Cabada Martínez, quien reconoció que se dedicaba al secuestro de 1988, realizando un plagio por semana por lo que enfrenta una sentencia de 32 años de prisión; Asunción Marcos Muñoz, integrante de la banda Los Jarochos, que operaba en el Estado de México; Juan Javier Garay Soberanes, ex jefe de la Policía de Cuatitlán Izcalli, fue sentenciado por el secuestro de tres personas y un homicidio; Javier Ruelas Ortiz y Juan Javier Acosta Valdez, relacionados con los Arellano Félix.
El amparo es para que se les revoque la sentencia. Seguirán en prisión, pero se ordena la reposición del procedimiento.