El Ministro Aguilar Morales, quien presentará el proyecto, plantea que esta medida cautelar no se aplique de forma automática, sino que se analice caso por caso.
Ciudad de México, 22 de noviembre (SinEmbargo).- La Suprema corte de Justicia de la Nación (SCJN) discute esta tarde el proyecto del Ministro Luis María Aguilar Morales, que propone interpretar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para anteponer el principio de pro persona y de presunción de inocencia ante la medida de prisión preventiva oficiosa.
Durante la sesión del pleno, está prevista la discusión de las acciones de inconstitucionalidad 130/2019 y acumulada 136/2019, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y diversos integrantes de la Cámara de Senadores de la República del Congreso de la Unión.
El nuevo proyecto de resolución de las acciones de inconstitucionalidad está contra la adhesión de tres delitos fiscales en la Ley de Seguridad Nacional para integrarlos al catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio.
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— Suprema Corte (@SCJN) November 22, 2022
El Ministro Aguilar Morales plantea que esta medida cautelar no se aplique de forma automática, sino que se analice caso por caso.
En un segundo intento para poder eliminar la prisión preventiva oficiosa, el Ministro Luis María Aguilar Morales plantea hacer una “interpretación conforme en sentido amplio” de la Constitución federal y anteponer el principio pro persona y de presunción de inocencia.
“De esta manera, se debe entender a la prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar no automática“, explica Aguilar Morales en su nuevo proyecto. “El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el Juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”, completa.
En septiembre, Aguilar Morales retiró el primer proyecto que había presentado sobre la prisión preventiva oficiosa, en el cual planteaba la posibilidad de eliminar esta medida cautelar. El objetivo era realizar otra propuesta que incluyera las posiciones que las y los ministros propusieron durante las discusiones en el pleno para así lograr un consenso y que no fuera desechada por falta de votos.
El pasado 24 de agosto, el Ministro Aguilar Morales propuso al pleno de la SCJN declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, regulada en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
La propuesta para ser aprobada debía ser votada por mayoría calificada de ocho votos, y proponía invalidar el artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y el artículo 19, párrafo segundo, última parte, de la Constitución, que contempla la prisión automática para 16 delitos.
Actualmente existe una población total de 226 mil 916 personas privadas de la libertad en centros penitenciarios. De ese universo de personas, 134 mil 321 equivalentes al 59.2 por ciento, se encuentran cumpliendo una sentencia de condena. Sin embargo, 92 mil 595 equivalentes al cuarenta punto ocho por ciento 40.8 por ciento se encuentran bajo proceso penal en prisión preventiva, sin tener una condena que les hubiera permitido defenderse en un proceso contradictorio con las garantías del imputado, de acuerdo con el “Cuaderno mensual de información estadística penitenciaria nacional de junio de 2022” emitido por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal.