El aguinaldo anual en noviembre equivalente al monto de una mensualidad de la Pensión IMSS 2024. Se estima que el mínimo monto garantizado que es de siete mil 500 pesos.
Ciudad de México, 22 de octubre (SinEmbargo).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que dará aumento o pago extra en la primera quincena del siguiente mes para algunos pensionados adultos mayores.
Según la información, únicamente los beneficiarios en la Pensión IMSS con la modalidad por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, los cuales están bajo el amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, recibirán un aumento en el pago de aguinaldo de este año.
El Instituto Mexicano Del Seguro Social señala que el monto de la Pensión IMSS en 2024 aumenta, dependiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). El aguinaldo anual en noviembre equivalente al monto de una mensualidad de la Pensión IMSS 2024. Se estima que el mínimo monto garantizado que es de siete mil 500 pesos.
Sin embargo, las y los pensionados bajo la Ley del Seguro Social de 1997 (Ley del 97), es decir, quienes se dieron de alta en el IMSS después del 1 de julio de 1997, no recibirán aguinaldo, pues no es algo contemplado en dicha legislación.
¿CÓMO INICIAR TRÁMITE DE PENSIÓN?
Para indicar el trámite de pensión ante el IMSS, puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana. Encontrarás en el siguiente enlace la documentación requerida: Solicitud de pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez
El derechohabiente debe considerar que para tramitar su pensión, al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973, debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión. Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social. Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización. Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997 y encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
En cambio, al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997: Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión. Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social. Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, mil 250 semanas de cotización.