México

Si Sheinbaum no quiere simular debe operar la Alerta de Género y dar resultados, exige el OCNF

22/09/2019 - 9:00 pm

El viernes 13 de septiembre, el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, ordenó a la Conavim a que declare la Alerta de Violencia de Género (AVGM) en la capital del país, solicitada por las organizaciones de la sociedad civil, y le dio diez días naturales. El pasado 16 de septiembre, en respuesta al fallo, la Jefa de Gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum Pardo, emitió un comunicado en el que aseguró que la AVGM no ha tenido los resultado esperados en los estados que se ha declarado, y llamó a revisar el mecanismo.

María de la Luz Estrada, directora del Observatorio Nacional del Feminicidio, dijo que la revisión de la AVGM se está dando en el Congreso con organizaciones de la sociedad civil, y que esta tarea no es del Gobierno local que, consideró, sólo debe aceptar la alerta de género “para no simular, para que demuestre que tiene toda la voluntad para garantizar una vida libre de violencia de las mujeres en la capital del país”.

 Ciudad de México, 22 de septiembre (SinEmbargo).– María de la Luz Estrada, directora del Observatorio Nacional del Feminicidio, una de las dos organizaciones que promovieron la declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVGM) en la Ciudad de México, aseguró que el mecanismo sí ha servido para visibilizar la violencia que viven las mujeres en los lugares en los que se ha decretado, y que lo que no ha servido es la simulación de las autoridades que no implementan las medidas del mecanismo.

Además hizo un llamado a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, a que no confunda a la opinión pública diciendo que revisarán el mecanismo, pues eso es competencia del Congreso y del Gobierno federal.

“Nosotras creemos que lo que está planteando Claudia [Sheinbaum] no tiene nada que ver con la declaratoria a la Ciudad de México. Lo que está diciendo es que se tiene que revisar el mecanismo; sí, pero no le toca al gobierno local, le toca al Congreso con sociedad civil”, recalcó. “Aquí el mecanismo sirve, quien no sirve son las autoridades que no se están responsabilizando de implementar las medidas”, recriminó.

También pidió que no se confundan las cosas, pues el Poder Judicial no se está dirigiendo, con su fallo, al Gobierno de la Ciudad de México, sino a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), quien es la que debe emitir la AVGM.

“Conavim no motivó ni justificó por qué [no declaró la Alerta], al final no fue suficiente para el Poder Judicial. Todas las acciones que está haciendo el actual Gobierno son política pública ordinaria, que apenas la está impulsando, que está en un proceso”, añadió.

María de la Luz Estrada, directora del Observatorio Nacional del Feminicidio. Foto: Cuartoscuro

El amparo “no tiene vuelta atrás, y aquí diga lo que diga [Claudia Sheinbaum], ni modo, le tocó, se alargó, pero al final este Gobierno tiene que proteger a las mujeres, y sino va a simular y va a hacer todas las acciones, pues vamos a tener resultados efectivos. Lo que ha atorado la Alerta de Género es que los Gobierno simulan que hacen, y no hacen, y no tenemos un mecanismo federal que los pueda sancionar”, recriminó.

El amparo se presentó frente a la resolución del 7 de junio de la Conavim en la que determinó que no era procedente declarar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en la Ciudad de México.

El viernes 13 de septiembre, el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, ordenó a la Conavim a que declare la AVGM en la capital del país, solicitada por las organizaciones de la sociedad civil, y le dio diez días naturales para emitir la nueva resolución.

El pasado 16 de septiembre, en respuesta al fallo, la Jefa de Gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum Pardo, emitió un comunicado en el que aseguró que la AVGM no ha tenido los resultado esperados en los estados que se ha declarado, que la declaratoria de la misma no puede basarse en datos del Gobierno anterior y convocó a la Conavim, al Instituto Nacional de las Mujeres, y a las organizaciones de la sociedad civil, para que junto a su gobierno se redefinan las medidas asociadas a la alerta.

Sin embargo, María de la Luz Estrada recalcó que la revisión de la AVGM ya se está dando en el Congreso junto a organizaciones de la sociedad civil, y que esta tarea no es del Gobierno local, quien, consideró, sólo debe aceptar la alerta de género “para no simular, para que demuestre que tiene toda la voluntad para garantizar una vida libre de violencia de las mujeres en la capital del país”.

De hecho, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) de la ONU, en su noveno informe sobre México de su sesión celebrada el 6 de julio de 2018, alerta de “las barreras persistentes que siguen impidiendo la aplicación efectiva del mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres a nivel federal, estatal y municipal”.

“Evalúe la repercusión del mecanismo de alerta de violencia de género, a fin de garantizar una utilización amplia y armonizada y la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, y vele por la participación de organizaciones no gubernamentales, expertos del mundo académico y defensores de la perspectiva de género y los derechos humanos, así como mujeres víctimas de la violencia”, añade.

“Lo que hemos dicho es que el mecanismo se está revisando, ya está en discusión pero para mejorar. Es una de las recomendaciones que hizo el comité CEDAW”, recordó Estrada.

La tarde del jueves, decenas de mujeres marcharon contra la violencia hacia las mujeres en la Ciudad de México. Foto: Cuartoscuro

“Vio tan importante el mecanismo de violencia de género, de lo que ha logrado el mecanismo: visibilizar los problemas que los gobiernos no quieren reconocer, y estamos hablando de problemas graves como la desaparición de niñas y mujeres”, añadió. Pero recalcó que esa tarea le toca el Gobierno Federal y al Congreso.

El amparo 968/2019-I, consultado por SinEmbargo, recuerda que en México la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define a la AVGM como “un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad, cuyo objetivo fundamental consiste en garantizar la seguridad de las mujeres, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos –artículo 22–“.

¿CUÁNDO SE ACTIVA LA ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO?

1. Cuando los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame.

2. Cuando exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.

3. Cuando los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales así lo soliciten.

CRONOLOGÍA DE LA PETICIÓN DE LA AVGM:

7 de septiembre 2017: La solicitud de AVGM es presentada por el Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria” y el Observatorio Nacional de Feminicidio.

6 de octubre de 2017: Se mite el acuerdo de admisibilidad de la solicitud de la AVGM. Luego se emitieron dos convocatorias –una nacional y otras local– para conformar el Grupo de Trabajo para realizar el estudio, análisis y conclusiones.

20 y 22 de octubre, y 16 de noviembre 2017: Se realizan las primeras tres sesiones del Grupo de Trabajo. Sin embargo, la Ley prevé que las reuniones se lleven a cabo al término de cinco días hábiles una vez que fue admitida la solicitud.

24 de noviembre de 2017: La coordinadora del Grupo de Trabajo hace llegar el informe a la Conavim.

2 de marzo de 2018: La Conavim notifica seis medidas urgentes. Aunque la legislación prevé un período de 30 días naturales a partir de la primera reunión para que se integren y elaboren las conclusiones.

22 de marzo de 2018: Se remite el informe definitivo del Grupo de Trabajo (el cual fue entregado desde el 24 de noviembre de 2017) al Gobierno de la Ciudad de México, esto derivado de sesiones extraordionarias realizadas el 1, 14 y 21 de marzo.

Un Juez dio a la Conavim 10 días para declarar la AVGM en la capital del país. Foto: Cuartoscuro

2 de abril de 2018: El Secretario de Gobierno encargado del despacho de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México informa a la Conavim la aceptación de las conclusiones contenidas en el informe.

22 de agosto, 11 y 24 de septiembre, 23 de octubre y 16 de noviembre de 2018: Se llevan a cabo reuniones de acompañamiento del Grupo de Trabajo con el Gobierno capitalino.

25 de octubre de 2018: La Conavim entrega a la Jefa de Gobierno electa la documentación relacionada con la solicitud de AVGM.

12 de noviembre 2018: La Conavim hace del conocimiento del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México que el 16 de noviembre acababa la prórroga otorgada por el Grupo de Trabajo respecto a la entrega del informe sobre las acciones que llevó a cabo.

16 de noviembre de 2018: El Secretario de Gobernación de la capital del país remite el informe que da respuesta de las acciones llevadas a cabo para implementar las seis medidas urgentes y 20 conclusiones emitidas por la Conavim.

28 de marzo, 2, 9 y 22 de abril de 2019: Se realizan las sesiones ordinarias para analizar y discutir el dictamen del Grupo del Trabajo al informe de implementación de las acciones del gobierno capitalino.

29 de mayo de 2019: La coordinadora del Grupo de Trabajo remite el dictamen a la Comisionada Nacional para hacerlo llegar a la Segob.

6 de junio de 2019: La Conavim notifica el dictamen a las solicitantes. La Segob, por conducto de la Conavim, determinó que no se actualizaban elementos suficientes para declarar procedente la alerta de violencia de género contra las mujeres en la Ciudad de México.

De acuerdo con el juzgador, según el documento de amparo, los conceptos de violaciones procesales –esencialmente en una dilación del procedimiento– que hizo valer la parte quejosa son fundados por estas razones:

–La emisión de la resolución de la AVGM –en la que la Conavim resolvió no declarar procedente la alerta– se dio casi dos años después de que fuera solicitada.

–El Grupo de Trabajo remitió su informe a la Conavim el 24 de noviembre de 2017, y esa institución sometió el informe a un nuevo proceso de revisión y modificación, pero el reglamento no preve esa posibilidad. Ello ocasionó que cinco meses después del plazo previsto en la ley (30 días naturales contados a partir de la primera reunión) se remitiera el informe al Gobierno capitalino.

–El Grupo de Trabajo otorgó una prórroga solicitada por el Gobierno capitalino para la entrega del informe estatal de cumplimiento. Le otorgó más de una mes de los seis previstos en el reglamento.

El Juez advirtió que hubo una dilación del procedimiento para declarar el mecanismo que fue creado para atender de manera urgente el incremento de violencia feminicida. Además consideró que que es contradictorio que la Conavim haya decido no declarar la AVGM por las acciones emprendidas por el nuevo Gobierno capitalino para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres, pues las cifras de violencia contra las mujeres no han bajado. El amparo incluso cita las cifras del Secretariado Ejecutivo de enero a julio de 2019: 26 feminicidios, 99 homicidios de mujeres, 65 mil 679 mujeres presuntas víctimas de delito.

Las mujeres en la capital del país han realizado diversas marchas en los últimos meses para exigir que cese la violencia contra las mujeres. Foto: Sugeyry Gándara, SinEmbargo

“En suma, haber resuelto la solicitud de AVGM dos años después de su presentación cuando el mecanismo se creó para atender de manera urgente la situación de particular gravedad relacionada con el incremento de violencia feminicida, aunado al sometimiento del informe del grupo de trabajo a un nuevo proceso de revisión y modificación a pesar de que la coordinadora del grupo lo remitió desde noviembre de dos mil diecisiete y la permisión del otorgamiento de una prórroga no contemplada por el reglamento, permite concluir que la autoridad responsable pasó por alto la naturaleza de emergencia de la AVGM”, se lee en el amparo.

Como resultado, agrega el documento, se ocasionó que durante los dos años en que se tardó la autoridad responsable en emitir la resolución, las mujeres y niñas que viven en la capital del país no contaran con acciones encaminadas a enfrentar y erradicar la violencia feminicida y que aumentaran las cifras de feminicidios.

La directora del Observatorio Nacional de Feminicidio, Luz Estrada, destaca que la “Conavim no motivó ni fundamentó por qué se niega la violencia feminicida, cuando los datos del propio Secretariado dicen que el contexto está grave”.

También consideró que el Gobierno de Sheinbaum Pardo no puede decir que no le pueden declarar la AVGM con datos del gobierno anterior, pues detalló que la declaración es todo un procedimiento que se da desde la Secretaría de Gobernación, a través de Conavim, “y que desde Peña Nieto alargó el proceso”.

“Esta declaración mínimo se tendría que haber decretado ya así alargando demasiado, a finales de octubre. Fue una decisión discrecional por el vacío que tiene el reglamento”, consideró.

Comentó que en diversos estados, como Michoacán, en Quintana Roo, y casi pasa también en Estado de México, aunque se evaluaron las acciones de un primer gobierno, la Alerta se decretó en el siguiente.

“Está muy bien que la Jefa de Gobierno pueda tener una crítica para que se mejore el mecanismo, me parece bien. También me parece bien que haya dicho que no va a simular, porque sí es cierto que los gobiernos se sientan y dicen que van a hacer y a la mera hora no implementan nada”, dijo, pero recalcó que la declaratoria de la AVGM ya no tiene vuelta a atrás.

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