De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, existen dos tipos de despido: el justificado sin responsabilidad para el patrón, es decir, cuando el trabajador incurre en alguna de las causales que señala la legislación, y el injustificado, cuando la terminación laboral es unilateral y sin motivo alguno.
Ciudad de México, 22 de julio (SinEmbargo).– Si tu patrón o empresa decidió cortar la relación laboral y no justificó las causas, podrías ser víctima de un despido injustificado y tienes derecho a solicitar el regreso a tu puesto de trabajo (reinstalación) o a que te paguen una indemnización equivalente a tres meses de salario, así como al pago de las prestaciones que te deban.
Así lo explicó el abogado Diego Alexander Gómez, especialista en materia civil, familiar y laboral, en entrevista para el programa “Usted, yo y otros como yo”, el cual se transmite todos los lunes por el canal de YouTube de Estudio B.
“El despido injustificado es la terminación de la relación laboral por la voluntad unilateral del patrón, sin que se verifique en la realidad alguna de las causas de rescisión previstas en la Ley Federal del Trabajo”.
Agregó que también se configura el despido injustificado cuando el patrón o empresa termina la relación laboral y omite notificar al trabajador, ya sea de forma personal o a través del Tribunal competente, el aviso de rescisión laboral, ya que la Ley establece esta formalidad. “Pueden avisarte el mismo día del despido o una quincena antes, lo importante es que te den una indemnización correcta”.
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De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, existen dos tipos de despido: el justificado sin responsabilidad para el patrón, es decir, cuando el trabajador incurre en alguna de las causales que señala la legislación, y el injustificado, cuando la terminación unilateral de la relación de trabajo es por parte del patrón y sin motivo alguno que lo justifique.
El despido injustificado es la principal causa de conflictos individuales de trabajo en México. En 2022, el 85.8 por ciento de los casos que llegaron a instancias laborales fue por ese motivo, de acuerdo con el último reporte del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
A nivel nacional, sólo tres trabajadores o trabajadoras por cada mil personas ocupadas lograron solucionar o llegar a un acuerdo en sus demandas de conflictos de trabajo (individuales y colectivos). Por entidad federativa, sobresalieron Querétaro, con una tasa de 21 trabajadores o trabajadoras; Nuevo León y Ciudad de México, con siete; Coahuila con seis y Aguascalientes y Chihuahua, con cinco cada una.
¿CUÁLES SON LAS CAUSAS DE UN DESPIDO?
La Ley Federal del Trabajo a través de su artículo 47 establece los siguientes motivos por los cuales un patrón puede rescindir el contrato a un trabajador:
–Que engañe al patrón con certificados falsos o referencias que atribuyan al trabajador capacidades, aptitudes o facultades de las que carezca.
–Que cometa faltas de honradez, actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra alguno de sus compañeros, alterando la disciplina del lugar de trabajo.
–Que fuera del servicio cometa faltas de honradez, actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra el patrón, sus familiares o personal directivo y administrativo al grado que le hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo.
–Que ocasione intencionalmente perjuicios materiales en edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo durante el desempeño de sus labores o con motivo de ellas.
–Que comprometa la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él por su imprudencia o descuido inexcusable.
–Que cometa actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.
–Que revele secretos de fabricación o dé a conocer asuntos de carácter reservado en perjuicio de la empresa.
–Que tenga más de tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días, sin permiso del patrón o sin causa justificada.
–Que desobedezca al patrón o a sus representantes sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado.
–Que se presente a laborar en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante.
–Que tenga una sentencia ejecutoria que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo.
¿CUÁLES SON TUS DERECHOS AL SER DESPEDIDO?
En caso de despido puedes reclamar el pago de:
–Tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional.
–Prima de antigüedad.
–Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prestaciones vigentes que no te hayan cubierto.
O bien, tienes la opción de demandar que te reinstalen en tu puesto bajo los mismos términos y condiciones en las que lo desempeñabas en caso de que sea un despido injustificado. Para ello, tienes un plazo de dos meses para entablar una demanda.
El abogado Diego Alexander destacó que la legislación laboral mexicana prohíbe el despido de una trabajadora o coaccionarla para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.
Además, cuando el patrón despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que refiera la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron.
Este aviso deberá entregarse personalmente al trabajador al momento del despido, o bien, comunicarlo al tribunal competente dentro de los cinco días hábiles siguientes, en cuyo caso deberá proporcionar el último domicilio que tenga registrado del trabajador a fin de que la autoridad se lo notifique en forma personal.
El abogado también aconseja a las personas que son despedidas de manera injustificada, no firmar papeles que la empresa les dé hasta estar bien asesorados por un experto.
La prescripción para ejercer las acciones derivadas del despido no comenzará a correr sino hasta que el trabajador reciba personalmente el aviso de rescisión.
¿A DÓNDE DENUNCIAR?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es un órgano desconcentrado que forma parte de la Secretaría del Trabajo y se encarga de ofrecer asesoría, asistencia en conciliación y representación jurídica gratuitas a los trabajadores en México.
Si tienes dudas o algún problema con tu despido, la Profedet pone a disposición la línea telefónica 01 800 911 7877 o el correo [email protected].
En caso de enfrentar un conflicto laboral, el equipo legal especializado de la Profedet te brinda asistencia gratuita durante la conciliación, te indica cuáles son tus derechos y te apoya en tu audiencia conciliatoria. Este proceso se lleva ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) y busca llegar a una solución amistosa entre la persona trabajadora y su patrón, evitando un juicio.
Si la solución al conflicto implica presentar un juicio ante los tribunales laborales, el organismo cuenta con abogados expertos en temas laborales y de seguridad social que te representan de manera gratuita desde la presentación de la demanda hasta la resolución de tu juicio.
Los documentos que debes llevar a la Profedet son los siguientes:
–Identificación oficial.
–Nombre de la persona empleadora.
–Domicilio de la fuente de trabajo.
–Recibo de nómina, en caso de contar con ellos.
–Aviso de inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social.