Con el nuevo sistema penal acusatorio la justicia en el Estado de México se ha vuelto más expedita pero sigue sin garantizar los derechos de los imputados y la calidad de las investigaciones, afirman expertos de la organización México Evalúa. La organización señala que los abogados y jueces inmiscuidos en los procesos legales generalmente no intervienen de manera oportuna y omiten violaciones a los procedimientos, así evidencia de tortura y maltrato. Por esa la asociación civil urge a las autoridades locales a contemplar la necesidad de privilegiar las salidas alternas, reducir el uso de la prisión preventiva y desarrollar una mayor capacidad de investigación por parte de los Ministerios Públicos y los abogados defensores.
Ciudad de México, 20 de octubre (SinEmbargo).– A pesar de que en el Estado de México la implementación del sistema penal acusatorio ha permitido agilizar la resolución de los casos de personas detenidas por las fuerzas de Seguridad Pública de la entidad, no existen condiciones de mayor respeto a los derechos de los imputados, advierten expertos. En ese sentido, la tortura y los tratos crueles siguen siendo el pan de cada día, aunque permanecen en la opacidad y la impunidad.
De acuerdo con Gustavo Fondevila, Profesor-Investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), y uno de los autores del estudio, “el 76.9 por ciento de los casos se resuelve en menos de 30 días”. Sin embargo, “desafortunadamente, la defensa no necesariamente interviene en el momento oportuno ni tiene la calidad requerida”, expresó Máximo Langer, Profesor de Derecho y Director del Programa Transnacional sobre Justicia Penal de la Universidad de California Los Ángeles (UCLA), y co-autor del estudio.
Durante la presentación del estudio "¿Cómo se juzga en el Estado de México?", editado por México Evalúa, en colaboración con el CIDE, el Programa Transnacional sobre Justicia Penal de la UCLA y la Universidad Nacional de Tres de Febrero, de argentina, los expertos abordaron la operación del sistema de justicia penal acusatorio en el Estado de México que entró en vigor en 2009.
De acuerdo con ellos, la implementación del nuevo sistema permitió reducir los tiempos para obtener una sentencia, aunque queda pendiente garantizar el respeto a los derechos del imputado y mejorar la calidad de las investigaciones policiales, de los fiscales y de los defensores.
Elaborado a partir de una revisión de mil 145 expedientes concluidos entre 2010 y 2014 en el Estado de México, el documento analiza cómo opera el sistema penal acusatorio y qué tipo de delitos persigue.
SISTEMA ÁGIL, JUECES INEFICIENTES
De acuerdo con Fondevila, con el nuevo sistema penal el 61 por ciento de los casos se resuelve mediante procedimientos abreviados, en los que el imputado reconoce su responsabilidad en la comisión de un delito del que se le acusa a cambio de una reducción de pena; en cambio, el 11.7 por ciento halla solución mediante salidas alternas, mismas que implican la reparación del daño a la víctima y el cumplimiento con una serie de condiciones durante seis meses y hasta dos años; solamente el 3.6 por ciento llega a un juicio oral.
Otro aspecto positivo, según los especialistas, es que en el nuevo sistema se cumple el derecho del imputado a obtener el apoyo de una defensa. En ese sentido, Fondevila señaló que en el 53.5 por ciento de los casos el imputado tuvo acceso a un defensor público. En cambio, en el 37.4 por ciento de los casos intervino un abogado privado; sólo el 9.1 por ciento de los imputados tuvieron acceso a ambos tipos de defensa.
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En contraste, Langer aseguró que la defensa no interviene de manera oportuna ni es eficiente, "ya que en el 76.9 por ciento de los casos, el abogado no aportó ninguna prueba durante la etapa de investigación complementaria y en 86.2 por ciento de los casos no presentó recursos contra las medidas tomadas por el juez”.
En este sentido, los investigadores subrayaron que el nuevo sistema de justicia no garantiza el respeto a los derechos de los imputados, ya que aunque el juez de control llegue a detectar violaciones procedimentales o contra los derechos del individuo durante su detención, suele ratificar la aprehensión sin actuar previamente al respecto.
Del mismo modo, señalaron los académicos, en los casos en los que se han documentado lesiones en los imputados que responden a situaciones de tortura, el juez suele ignorar dicha información y continuar el proceso como si no hubiera pasado nada.
Adicionalmente, los investigadores encontraron que la mayoría de los delitos procesados son de escasa complejidad -el 59.3 por ciento de los casos corresponde a robos- y que el 91.7 por ciento de las detenciones corresponden a una flagrancia, es decir, cuando los presuntos delincuentes son detenidos en el acto y no se requieren pruebas para imputar responsabilidades, por lo que la situación de vulnerabilidad en los derechos de los detenidos refleja la débil capacidad de investigación de los Ministerios Públicos.
Finalmente, los autores del estudio advirtieron del uso excesivo de la prisión preventiva y de la falta de control por parte de los fiscales, jueces y defensores de la investigación policial.
En ese sentido, Edna Jaime, Directora General de México Evalúa, concluyó que “se debe contemplar la necesidad de privilegiar las salidas alternas, reducir el uso de la prisión preventiva y desarrollar una mayor capacidad de investigación por parte de los Ministerios Públicos y de los defensores”.