La SCJN avaló invalidar con ocho votos a favor el artículo 10 bis de la Ley General de Salud.
Ciudad de México, 21 de septiembre (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) exhortó al Congreso de la Unión a que legisle en materia de objeción de conciencia, luego de que declarara inválido el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud.
Con ocho votos a favor, los ministros de la SCJN aprobaron invalidar el artículo 10 bis de la Ley General de Salud y determinaron que el Congreso deberá establecer límites precisos para el personal médico, a fin de garantizar que este ejercicio no afecte a otros derechos especialmente al de la salud.
Por su parte, el Ministro Luis María Aguilar propuso que el exhorto fuera no sólo al Congreso, sino también al Poder Ejecutivo federal y a las legislaturas estatales.
La decisión ocurre después de que la SCJN reconociera como constitucional el derecho a la objeción de conciencia médica, pero de forma individual y con la obligación de que el Estado garantice la protección de la salud de los pacientes, incluso por aborto.
La @SCJN retomó hoy la discusión sobre la objeción de conciencia.
Con ocho votos a favor, avalaron invalidar el artículo 10 bis de la Ley General de Salud y exhortan al Congreso a que regule la objeción de conciencia. pic.twitter.com/1W1ScM2SJ8
— Ruido en la Red (@RuidoEnLaRed) September 21, 2021
La polémica reforma de 2018 permitía a médicos y personal sanitario “ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley (de salud)”.
En ese sentido, el pleno de la SCJN señaló que aunque los médicos tienen derecho a la objeción de conciencia, no podrán ejercerla bajo principios religiosos, ideológicos o éticos en la interrupción del embarazo cuando se encuentre en riesgo la vida de la persona gestante.
Además, la objeción de conciencia tampoco podrá ser invocada de manera colectiva. Y el Estado mexicano deberá contar con equipo médico suficiente y personal dispuesto a practicar servicios cuando otros médicos recurran a la objeción.
Celebramos que la @SCJN anulara de forma institucional la objeción de conciencia, establecida en el art. 10 bis de la Ley General de Salud. Hacemos un llamado a @Mx_Diputados para que legisle de forma congruente con la protección de los derechos de las mujeres en esta ley. @CNDH pic.twitter.com/r7uPjVRRjQ
— Amnistía Int. México (@AIMexico) September 21, 2021
Anteriormente, la SCJN había invalidado la ley que permite la objeción de conciencia médica por considerarla demasiado abierta y riesgosa para la salud del paciente.
La legislación no sólo ponía en riesgo a las mujeres que abortan, sino a quienes buscaban vacunas o anticonceptivos, personas trans o pacientes con VIH, entre otras, argumentó la Ministra Norma Piña.
El fallo ocurre dos semanas después de que la Suprema Corte declarara por primera vez inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.
Algunos ministros consideraron que avalar la ley de la objeción de conciencia en los términos presentados chocaba con este fallo reciente sobre el aborto.