México

El Senado aprueba reforma para prohibir el matrimonio infantil; la envía a la Cámara de Diputados

21/03/2019 - 10:42 pm

Entre las modificaciones, se otorga al juez del registro civil plena autorización para exigir todas las declaraciones que estime convenientes a fin de asegurarse de la identidad de los contrayentes, de su mayoría de edad y de su aptitud para adquirir matrimonio.

Asimismo, se precisó que un persona que ejerce de tutor de un menor de edad no puede casarse con la persona que ha estado bajo su custodia, salvo que se obtenga una dispensa legal de parte del alcalde del municipio donde se celebre la ceremonia.

México, 21 mar (EFE).- El Senado de la República aprobó este jueves una reforma que prohíbe el matrimonio infantil en México, donde cada año se registran alrededor de 1.3 millones de casos, misma que envió a la Cámara de Diputados para su revisión y ratificación.

Con el voto a favor de 118 senadores, la reforma modifica y deroga varios artículos del Código Civil Federal además de que se establece la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, informó la Cámara Alta en un comunicado.

El matrimonio infantil “se trata de una práctica que viola los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes”, señalaron los senadores en los argumentos de la reforma legal.

La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Josefina Vázquez Mota, detalló que México es uno de los 10 países del mundo con mayor número de matrimonios infantiles, con casi 1.3 millones al año.

Vázquez Mota aseguró que las niñas que se casan dejan la escuela y tienden a embarazarse de manera prematura y tiene un riesgo mayor de ser víctimas de discriminación y de violencia doméstica.

Aseguró que casi el 50 por ciento de las mujeres que se casan antes de los 18 años sufren de violencia física, y que el 70 por ciento padece violencia sexual y un 16 por ciento de violencia económica.

La Senadora Ana Lilia Rivera subrayó que el matrimonio infantil incentiva la violación de derechos de los menores, los cuales “por razones naturales, sociales, familiares y personales no están preparados para asumir las responsabilidades inherentes al matrimonio”.

Además, consideró como “vergonzoso” que el Estado mexicano no atienda las continuas recomendaciones que sobre este tema recibe de parte de organismos internacionales.

Entre las modificaciones, se otorga al juez del registro civil plena autorización para exigir todas las declaraciones que estime convenientes a fin de asegurarse de la identidad de los contrayentes, de su mayoría de edad y de su aptitud para adquirir matrimonio.

Asimismo, se precisó que un persona que ejerce de tutor de un menor de edad no puede casarse con la persona que ha estado bajo su custodia, salvo que se obtenga una dispensa legal de parte del alcalde del municipio donde se celebre la ceremonia.

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