Una persona se inconformó ante el INAI luego de que la Secretaría a cargo de Rosa Icela Rodríguez rechazara tener minutas del Gabinete de Seguridad; los comisionados determinaron que, por obligación legal, deben documentarse todas estas reuniones.
Ciudad de México, 21 de enero (SinEmbargo).– La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) del Gobierno federal debe tener las minutas de las reuniones que lleva a cabo el Gabinete de Seguridad, ya que es una obligación documentar todo acto que derive del ejercicio de facultades, competencias y funciones”, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El Comisionado Adrián Alcalá Méndez mencionó que “bajo el razonamiento de que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana tiene la obligación de documentar todo acto que derive de sus facultades, atribuciones y competencias (…) es que concluimos que no resulta procedente validar la inexistencia” de las minutas de las reuniones del Consejo de Seguridad.
Esta resolución ocurrió dentro del caso de una persona que requirió a la SSPC información relativa a la minuta derivada de la reunión del Gabinete de Seguridad de fecha 30 de septiembre de 2022.
La documentación de las atribuciones de los sujetos obligados tiene el efecto de dotar de mayor certeza las actuaciones de los entes públicos: @AdrianAlcala75
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En su respuesta, la Secretaría a cargo de Rosa Icela Rodríguez, por conducto de la Coordinación de Relaciones Interinstitucionales, comunicó que en las sesiones del Gabinete de Seguridad no se generan minutas de trabajo, al tratarse de una instancia estratégica y de gestión de crisis, cuyo objetivo es garantizar la colaboración de todos los cuerpos de seguridad en el país; por lo que la información solicitada resulta inexistente.
Inconforme con la respuesta de inexistencia de la información, la persona recurrente presentó un recurso de revisión ante el INAI. Durante la tramitación del medio de impugnación, la SSPC reiteró la inexistencia de información, al manifestar que no se elaboran minutas de las reuniones de trabajo de dicho gabinete.
Del análisis realizado por la ponencia a cargo del Comisionado Alcalá Méndez, se advirtió que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana no agotó el procedimiento de búsqueda que establece la ley en la materia y que debe ser cumplido de manera exhaustiva por los sujetos obligados, al momento de atender una solicitud de información.
📃#INAIalMomento@SSPCMexico debe buscar y entregar la minuta de la reunión del Gabinete de Seguridad del 30 de septiembre de 2022.
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También constató que, a través de la conferencia matutina del 30 de septiembre de 2022, que corresponde a la solicitud de información, el Presidente Andrés Manuel López Obrador informó que en la reunión de seguridad que celebran todos los días, él recibe oficios, informes, reportes. “Por ende, a nuestra consideración, queda de manifiesto que, para el caso que nos ocupa, sí se documentan las actividades que se celebran en el marco de las reuniones del Gabinete de Seguridad”, puntualizó el INAI.
“La documentación de las atribuciones de los sujetos obligados tiene el efecto de dotar de mayor certeza a cualquier interesado o a la sociedad, respecto de las actuaciones de los entes públicos, así como los acuerdos que son tomados en el marco de reuniones entre diversas autoridades, en este caso, la seguridad pública”, señaló el Comisionado Alcalá Méndez.
Por unanimidad, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y le instruyó realizar la búsqueda de la información solicitada en todas las áreas que resulten competentes para conocer la información solicitada, en términos de su normatividad interna, y sea entregada la minuta de la reunión del Gabinete de Seguridad celebrada el 30 de septiembre de 2022.