El Juez negó la petición de Jesús Murillo Karam, pues detalló que existe el riesgo de que el extitular de la PGR evada la acción de la justicia y un posible riesgo de fuga.
Ciudad de México, 20 de diciembre (SinEmbargo).- Un Juez federal negó la modificación a la medida cautelar de prisión preventiva justificada al exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam, quien permanece internado en la Torre Médica de Tepepan, en la Alcaldía Xochimilco, tras presentar problemas de salud.
El titular del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Rubén Darío Noguera Gregoire, rechazó otorgarle la suspensión definitiva al exfuncionario federal, el cual apelaba ir en contra de la resolución emitida el pasado 10 y 11 de noviembre sobre su estadía preventiva en el Reclusorio Norte. Esto con motivo de su presunta participación en el caso de los 43 normalistas desaparecidos de Ayotzinapa, por lo que continuará en prisión.
“Al respecto, el suscrito juzgador considera improcedente conceder la suspensión para los efectos que solicita, pues en el caso, no se aprecia la apariencia del buen derecho ya que la medida cautelar se encuentra justificada y la misma resulta idónea, necesaria y proporcional para los fines que se persiguen”, señaló el Juez.
Por su parte, los abogados de Murillo Karam solicitaron el cambio de medida cautelar debido a la edad y deteriorado estado de salud de Murillo Karam, por lo que abogaban por la prisión preventiva desde su casa, ubicada en las Lomas de Chapultepec.
Sin embargo, el Juez negó la petición, pues detalló que existe el riesgo de que el extitular de la PGR evada la acción de la justicia y un posible riesgo de fuga, luego de ser detenido en agosto de 2022 en la capital.
CONCEDEN LA PRISIÓN DOMICILIARIA A KARAM
El pasado 1 de noviembre, un Juez federal concedió la prisión domiciliaria a Jesús Murillo Karam, exprocurador General de la República y autor de la “Verdad Histórica” del caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa desaparecidos, por su delicado estado de salud. Al respecto, la Comisión Presidencial para la Verdad y Acceso a la Justicia (CoVAJ) del caso condenó la determinación del juzgador.
El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (Segob), Arturo Medina Padilla, señaló que dicha resolución no exonera a Murillo Karam de ninguno de los cargos que se le imputan, por lo que continuará sujeto a prisión preventiva justificada por los cargos de tortura y desaparición forzada.
“Estaremos atentos a que se respete la legalidad del debido proceso y, principalmente, el derecho a la verdad y la justicia de los familiares de los estudiantes desaparecidos”, expresó.
Asimismo, como también presidente de la CoVAJ, lamentó que se emitiera dicha determinación en día inhábil de manera similar a los “sabadazos”, un procedimiento que no es el más adecuado, ya que afirmó que viola el curso regular de la justicia, y además de que se empleara la festividad del Día de Muertos como “distractor”.
También lamentó que el Juez de Guardia se aprovechaa del sistema de turnos para evitar la determinación del Juez que conoce de la causa del encierro.
“Sorprende aún más que se haya fijado la audiencia en un plazo de tres horas, una rapidez inusitada, ya que en ocasiones la judicialización de una carpeta se ha logrado después de 10 meses de ser solicitada, siendo que el plazo legal es de 15 días”, añadió.
Agregó que la “condenable decisión” manda un mensaje que podría avanzar hacia la impunidad.
Además, precisó que, de acuerdo con lo informado por la Fiscalía General de la República (FGR), durante la audiencia el Juez hizo comentarios ideológico-políticos que “exceden la argumentación jurídica y comprometen la imparcialidad”.
Igualmente señaló que el Juez no prestó atención al análisis de riesgo procesal presentado por el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (Cenapi) de la FGR donde se concluye el riesgo alto de sustracción por parte de Karam; así como el nulo cambio en las condiciones bajo las cuales fue impuesto la medida cautelar, ni los resultados de las entrevistas a médicos que, al tratar al exprocurador, aseguraron que su estado de salud es estable aunque, en caso de ser requierido, continuaría bajo la atención médica necesaria.
Finalmente, señaló que la CoVAJ dará seguimiento a la impugnación que presente la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa (Ueilca) de la FGR, y solicitará que se interponga una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por el actuar del Juez.
Durante la audiencia con duración de más de siete horas, el Juez de control José Rivas González, del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, concedió el cambio de la medida cautelar por el proceso que enfrenta por los presuntos delitos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia en el caso Ayorzinapa.
El Juez determinó que debido a la edad avanzada y los problemas de salud del exfuncionario, el riesgo de fuga es limitado. Sin embargo, no podrá salir de prisión, pues le fue impuesta la medida cautelar de prisión preventiva justificada en otro proceso que enfrenta también por delitos relacionados con la desaparición de los 43 normalistas.
De esta forma, Murillo Karam seguirá internado en la Torre Médica del Penal de Tepepan, donde se encuentra desde el pasado 30 de junio por su delicado estado de salud, por lo que la prisión domiciliaria sólo será posible cuando consiga un segundo fallo judicial similar.
Murillo Karam padece hipertensión arterial, así como enfermedades pulmonares e insuficiencia cerebrovascular. Por esta razón, su familia y su defensa ha alegado que lleve su proceso legal desde su domicilio.
Desde que fue detenido, en agosto de 2022, el exprocurador había salido al menos 11 veces de la prisión para atender sus padecimientos al Hospital General de Xoco y a la Torre Médica de Tepepan.
FISCALÍA PIDE 82 AÑOS DE PRISIÓN
El pasado 7 de junio, la Fiscalía General de la República (FGR) informó que buscará que el exprocurador Jesús Murillo Karam obtenga una pena de prisión de 82 años por su relación con el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa desaparecidos en septiembre de 2014.
La Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa presentó un escrito de acusación contra el extitular de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), donde se le señala como culpable de delitos de tortura, desaparición forzada y delitos contra la administración de la justicia.
Por estos crímenes imputados en su contra, la FGR pide una condena de 82 años repartidos de la siguiente manera: 60 años por desaparición forzada, 12 por tortura y 10 por los delitos contra la administración de la justicia.
Adicionalmente a dicha pena, también solicita 20 mil días de multa, equivalentes a un millón 792 mil 400 pesos.
JUEZ APLAZA AUDIENCIA PARA 2024
El pasado 18 de septiembre, la audiencia intermedia contra el exprocurador General de la República fue aplazada hasta el próximo 24 de enero del 2024.
La diligencia fue emitida por un Juez de control con sede en el Reclusorio Norte, en la Ciudad de México. En dicha audiencia, Murillo Karam sería imputado por los delitos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia.
La decisión fue tomada en virtud de que previamente se resuelvan diversos amparos solicitados por la defensa del exfuncionario, quienes buscan que se admitan 15 indicios de pruebas para desvirtuar las acusaciones que enfrenta.
Murillo Karam está preso en el Reclusorio Norte desde el 20 de agosto de 2022. Fue detenido afuera de su domicilio por elementos de la Secretaría de Marina y de la Policía Federal Ministerial, luego de que el Juez de control Marco Antonio Fuente Tapia le negara la prisión domiciliaria por riesgo de fuga.