El mes pasado, el Presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas que permiten que Sedena asuma el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional.
Ciudad de México, 19 de octubre (SinEmbargo).- El Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa en el estado de Guanajuato revocó la suspensión provisional que frenaba la entrada en vigor del decreto para incorporar la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
El tribunal federal resolvió un recurso de queja tramitado por la Sedena contra la suspensión concedida el pasado 13 de octubre por el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Guanajuato a la Organización No Gubernamental (ONG) Uniendo Caminos México por el decreto que le otorga el control operativo y administrativo de la GN a la Sedena.
Los magistrados avalaron por unanimidad fundado el recurso de la Sedena y revocar la suspensión provisional al considerar que el quejoso no tiene interés legítimo para solicitar la suspensión de la entrada en vigor del decreto reclamado.
Pese a lo anterior, el magistrado Gerardo Mendoza expuso que “de ninguna manera se acredita que con esa transferencia se ponga en riesgo la esfera jurídica del quejoso”.
De acuerdo con Mendoza “el interés jurídico del quejoso no llegó a un medio de convicción más allá del carácter de defensor de derechos humanos con el que se ostentó, este tribunal colegiado advierte que esa autodeterminación como defensor de derechos humanos, tal como lo hace valer la autoridad recurrente, es insuficiente para conceder la suspensión provisional solicitada en tanto el quejoso no acreditó ni siquiera de manera indiciaria un agravio diferenciado que genere un daño inminente o irreparable”.
La suspensión provisional otorgada el jueves de la semana pasada tenía vigencia hasta este 21 de octubre, fecha en que hay una audiencia programada respecto a la concesión o no de una suspensión definitiva.
Junto con las asociaciones Unión Cívica 1 país, Firma Jurídica AC&AC A Asociados, Tojil y EeK, Uniendo Caminos incurrió el 13 de octubre a la justicia mexicana para protegerse contra la medida recién entrada en vigor.
Gracias a todos los que participaron en esta iniciativa legal para defender el estado de derecho. pic.twitter.com/A6sareiwDu
— Uniendo Caminos México (@UcMexico) October 13, 2022
“Cabe apreciar que estas organizaciones se han mantenido luchando jurídicamente desde la aprobación de la Ley de Seguridad Interior (Enrique Peña Nieto, 2018), acuerdos militares para Efectos de Seguridad Pública (AMLO, 2020), y seguiremos insistiendo que la militarización de la Seguridad Pública en el país no es la solución, sino que debe de acompañarse las Fuerzas Amradas en conjunto con la Seguridad Pública Civil”, mencionó Uniendo Caminos México en un comunicado.
El pasado mes de septiembre, el Presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la serie de reformas que permiten que la Sedena asuma el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional.
Se reformaron la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley de la Guardia Nacional; la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
La modificación del Artículo 29 permite que a la Sedena “manejar el activo del Ejército y la Fuerza Aérea, y ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana”.
✅ Con 69 votos a favor, 50 en contra y dos abstenciones, se aprueban los artículos reservados, en los términos del dictamen que reforma cuatro leyes en relación con la #GuardiaNacional.
Conoce más de las modificaciones aprobadas. 👇 pic.twitter.com/CIGOqOunRb
— Senado de México (@senadomexicano) September 9, 2022
Además, permite a la Sedena “intervenir en la expedición de licencias para la portación de armas de fuego, con objeto de que no se incluya las armas prohibidas expresamente por la ley y aquellas que la Nación reserve para el uso exclusivo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos, así como vigilar y expedir permisos para el comercio, transporte y almacenamiento de armas de fuego, municiones, explosivos, agresivos químicos, artificios y material estratégico”.