El objetivo principal del documento es atender la emergencia sanitaria y la reactivación económica del país, incluyendo herramientas adicionales que fortalecen la hacienda pública local.
Ciudad de México, 19 octubre (SinEmbargo).- Este lunes la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, con el fin de que puedan sostener sus finanzas públicas y el endeudamiento tras la crisis generada por la pandemia de la COVID-19.
El objetivo principal del documento, avalado con 345 votos a favor, 49 en contra y 3 abstenciones, es atender la emergencia sanitaria y la reactivación económica del país, incluyendo herramientas adicionales que fortalecen la hacienda pública local.
Así, las entidades federativas podrán redirigir los recursos presupuestados para desastres naturales y atención de contingencias o emergencias sanitarias.
#ÚltimaHora Con 345 votos a favor, 49 en contra y 3 abstenciones, se aprueba, en lo general, el dictamen que reforma diversas leyes en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios. Inicia discusión en lo particular. pic.twitter.com/h03IZyfObP
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) October 20, 2020
La Diputada Patricia Terrazas Baca del Partido Acción Nacional (PAN), presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, señaló que el dictamen fue el resultado de un análisis de cuatro iniciativas propuestas por legisladores de diversas fracciones, para atender la disciplina financiera.
Asimismo, explicó que manteniendo los preceptos constitucionales podrá atenderse la emergencia sanitaria generada por la COVID-19.
Las reformas realizadas incorporan elementos mínimos que funcionan para sentar las bases de la actuación ante una pandemia o emergencia sanitaria, para atender a la población afectada, la reactivación económica y fortalecer las haciendas públicas locales.
Con esa Ley, las autoridades federativas y municipios podrán diferir pagos de la deuda de corto y largo plazo por un periodo de hasta 12 meses, apoyando su liquidez.
Las transferencias federales del 2019 podrán devengarse y pagarse en diciembre del 2020 y las de 2020 en octubre del 2021, siempre que los recursos en ambos casos hayan estado comprometidos en diciembre.
Se contemplan medidas para la reactivación económica como líneas de financiamiento global e incluso municipal, disminución de requisitos para municipios con población menor a 200 mil habitantes.
Los financiamientos deberán celebrarse bajo las mejores condiciones de mercado y los gobiernos locales informar a sus congresos el ejercicio de la deuda en la cuenta pública.
Éstos deberán ser autorizadas por dos terceras partes de los legisladores presentes quienes analizar el destino y la capacidad de pago; los estados y municipios podrán contratar obligaciones de corto plazo a efectos de atender necesidades temporales de liquides, mismas que deberán liquidarse a tres meses antes de concluir la administración.