Era 2016 cuando Evelyn ya había cumplido 33 meses de una condena de 30 años debido al aborto espontáneo que sufrió, luego de quedar embarazada por una violación. Gracias a la revocación del fallo, 3 años después, está libre. En El Salvador, los casos de aborto son duramente castigados.
Por Marcos Alemán
CIUDAD DELGADO, El Salvador, 19 de agosto (AP).- “¡Sí se pudo! ¡Sí se pudo!”. Los gritos de mujeres y activistas estallaron el lunes a las afueras de un juzgado cerca de la capital salvadoreña cuando un juez exoneró a Evelyn Beatriz Hernández, una joven de 21 años señalada por homicidio agravado tras sufrir un aborto extra hospitalario en 2016.
El caso atrajo la atención internacional debido a que El Salvador es uno de los pocos países de América Latina que penaliza cualquier forma de aborto.
Evelyn ya había cumplido 33 meses de una primera condena de 30 años cuando, por faltas de pruebas, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revocó el fallo en su contra en febrero y ordenó un nuevo juicio con otro juez. Nunca antes se había repetido un juicio por un caso de aborto en el país, que persigue de forma agresiva en los tribunales a las mujeres que han sufrido abortos espontáneos y urgencias obstétricas, acusándolas de asesinato.
Al salir de los juzgados, Evelyn se dirigió a las decenas mujeres que la esperaban y dijo: “Gracias, Dios, se hizo justicia. También doy gracias a ustedes que han estado aquí presentes”.
Visiblemente emocionada, además reconoció el apoyo a los representantes de misiones diplomáticas extranjeras que le dieron seguimiento al juicio. “También le doy gracias a los países internacionales que nos han estado apoyando”.
Por su parte, la abogada defensora Bertha María Deleón dijo que “consideramos que el juez ha sido bastante justo en su resolución, ha dicho que no había formar de probar el delito y por eso la absolvió”.
Evelyn sostuvo que ignoraba haber estado embarazada producto de una violación. Sólo recordaba que un día de 2016 salió a un retrete exterior en su pobre comunidad rural con fuertes dolores abdominales. Al agacharse, dijo, el bebé debió caer al fondo del tanque séptico. Su madre argumentó que había encontrado a su hija desvanecida y que paró una camioneta descubierta para llevarla a un hospital cercano.
Las dos mujeres insistieron en que no sabían que había un bebé en el tanque séptico, pero la fiscalía nunca les creyó. El feto tenía 32 semanas, cerca del término del embarazo, y los forenses no pudieron determinar si había fallecido en el útero o en el pozo. La causa de la muerte sigue sin estar clara.
Josefina, su madre, estaba el lunes acompañada de familiares y amigos y observaba cómo felicitaban a su hija después de que el juez la exonerara. Con palabras entrecortadas dijo: “se estaba cometiendo una injusticia, ella es inocente, mi hija no cometió ningún delito”.
A poco metros estaba Domingo Ascencio, un hombre de 60 años que compareció como testigo y que compartió con AP el testimonio de como auxilió a Evelyn.
“Me llamó la mamá. Yo estaba como a un kilómetro y llegué corriendo. La encontré tirada, desmayada, bien pálida, eran chorros de sangre. La tomé en mis brazos y subí hasta la carretera donde encontramos el transporte. Ella no hizo nada malo, han sido tres años de sufrimiento para esta pobre gente”, manifestó.
Pese a que en su resolución el máximo tribunal en materia penal afirmó que no existían pruebas de que Evelyn hubiera actuado intencionalmente para acabar con la vida del recién nacido, el Ministerio Público no cedió en sus intenciones de mandarla a la cárcel y pidió al juez una condena 40 años de prisión alegando comisión por omisión, es decir, que el bebé habría fallecido porque ella omitió realizar una acción de protección.
The Associated Press sólo identifica por nombre a víctimas de supuestos abusos sexuales si éstas hacen públicas su identidad y acusaciones.
“La justicia para Evelyn fue postergada y negada por demasiado tiempo, pero hoy los tribunales han determinado lo que sabíamos que era verdad: Evelyn es inocente”, afirmó a través de un comunicado Paula Ávila Guillé, directora de Iniciativas para América Latina del Women´s Equality Center.
“Esta es una victoria rotunda para los derechos de las mujeres en El Salvador. Reafirma que ninguna mujer debe ser acusada injustamente de homicidio por el simple hecho de sufrir una emergencia obstétrica “, dijo a su vez Erika Guevara-Rosas, directora de América de Amnistía Internacional.
Guevara-Rosas pidió a El Salvador que deje de “criminalizar a las mujeres de una vez por todas al revocar de inmediato las draconianas leyes antiaborto del país”.
El abogado Arnau Baulenas, otro de los defensores, afirmó tras la sentencia que “hoy tenemos una evidencia de que no había delito alguno, no había delito que perseguir porque simplemente fue un resultado no deseado y ojalá este caso nos sirva a futuro para no criminalizar a las mujeres que sufren partos extra hospitalarios”.
Deleón resaltó que en su resolución el juez confirmó que “fue un parto complicado” como el de muchas mujeres que están presas, mujeres que desde hace más de 10 años están en prisión por un hecho que no es delito y vamos a vamos a seguir luchando, estamos esperanzadas y con toda las fuerzas”.
Por su parte Morena Herrera que dirige el Colectivo Feminista que ayudó a Evelyn, dijo que “este es un fallo muy importante porque abre la esperanza de la recuperación de todas las mujeres que están condenadas en este momento y están privadas de libertad”.
La legislación salvadoreña penaliza todas las formas de aborto, incluso el terapéutico, y de realizarlo, tanto las mujeres como los médicos serían juzgados en los tribunales de justicia. De ser culpables podrían ser enviados a la cárcel de dos a ocho años. No obstante, en casos como en el de Evelyn, si el delito se cambia a homicidio agravado, aquel provocado en razón de parentesco de la víctima y victimario, estas mujeres pueden ser condenadas entre 30 y 40 años de cárcel.
Activistas han señalado que en El Salvador las mujeres procesadas son amas de casa, empleadas domésticas, estudiantes, obreras o vendedoras ambulantes.