Author image

Pedro Mellado Rodríguez

19/07/2024 - 12:05 am

La tentación del golpe traidor del Poder Judicial

“Las tentaciones golpistas del poder judicial son inadmisibles, pues está al margen de toda lógica que un Poder Designado, como es el caso de Ministros y Magistrados, que deben recibir la anuencia y aprobación de la Cámara de Senadores, pretenda someter y poner de rodillas a dos poderes electos por la mayoría del pueblo”.

Es importante tener siempre presente que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación son dos ramas del mismo árbol envenenado, por lo cual es impostergable una enérgica sacudida para que se caigan todos los frutos podridos.

Tampoco hay que perder de vista que esos dos brazos del Poder Judicial tienen el inocultable interés de poner obstáculos al gobierno de Andrés Manuel López Obrador y a quien está destinada a edificar el segundo piso de la Cuarta Transformación, Claudia Sheinbaum Pardo. Y por supuesto, el Poder Judicial tratará de impedir que las futuras legislaturas de Morena y sus aliados, en las cámaras de diputados y senadores, tengan la mayoría calificada para reformar la Constitución y profundizar un cambio de régimen que privilegie los intereses del pueblo por sobre los malsanos apetitos de una oligarquía privilegiada y depredadora, entreverada con sus cómplices corruptos de los partidos tradicionales, PAN, PRI y PRD.

La tentación de dar un golpe de estado por la vía jurídica está latente, ante la presión de la derecha que pretende impedir que Morena y sus aliados tengan mayoría calificada en las cámaras de diputados y senadores, mediante argucias y leguleyadas que atentan contra la voluntad democrática de la mayoría de los mexicanos, expresada en las urnas el pasado domingo 2 de junio del 2024.

Las acechanzas de la derecha quedaron expresamente documentadas en resoluciones emitidas tanto por la Sala Regional Especializada, como por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Hay que recordar que los magistrados electorales y los ministros de la Suprema Corte están cortados con la misma tijera. El pleno de la Suprema Corte es el que propone las ternas de candidatos a magistrados electorales, de las que el senado nombra a los integrantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación.

El jueves 11 de julio del 2024 la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda; usó indebidamente recursos públicos y programas sociales; coaccionó el voto de la ciudadanía; realizó promoción personalizada y difundió propaganda gubernamental en período prohibido, derivado de expresiones emitidas en las conferencias de prensa conocidas como “mañaneras” realizadas el 9 y 11 de mayo de 2023, en las que hizo alusión al Plan C y a la necesidad de alcanzar una mayoría calificada en las cámaras del Congreso de la Unión para continuar la transformación.

Esas manifestaciones, consideró la Sala Regional Especializada en un comunicado oficial, tuvieron impacto electoral, pues se trató de llamados a votar en favor de una opción política y en contra de otra, con lo cual, pretendió influir en las preferencias de la ciudadanía.

El martes 16 de julio del 2024 respondió la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y denunció que “Magistrados afines a grupos opositores del actual gobierno usan su cargo para restringir al presidente de la República y al pueblo de México el ejercicio del derecho a la libre manifestación de las ideas, a la información y a la libertad de prensa, con lo cual tratan de impedir el desarrollo del sistema de vida democrático que establece el artículo tercero de la Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos”.

El gobierno de la República reprochó, a la Sala Especializada del Tribunal Electoral federal que “en unas cuantas horas, sin hacer una valoración de las manifestaciones y pruebas rendidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, y únicamente apoyándose en lo que dijeron los quejosos, resuelven, en contra del primer mandatario y de otros servidores públicos, 19 quejas sobre 36 conferencias de prensa matutinas”.

El gobierno de la República advirtió que “con argumentos baladíes, los magistrados electorales adjudican a las palabras del presidente una intencionalidad distinta de lo manifestado; se convierten en adivinos de la voluntad del presidente; argumentan que, si mencionó alguna palabra, en realidad ésta se refería a Morena, y que, por tanto, hacía propaganda a favor de ese partido. Sin embargo, el titular del Ejecutivo federal jamás se pronunció a favor o en contra de algún partido político o candidato(a) en esas conferencias, y sólo manifestó libremente sus ideas políticas, derecho que tiene todo ciudadano en un régimen democrático como el nuestro”.

El sesión pública realizada el jueves 18 de julio del 2024, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los criterios de la Sala Regional Especializada emitidos el jueves 11 de julio del 2024, en los cuales atribuyó responsabilidad al presidente Andrés Manuel López Obrador, por presuntamente transgredir principios rectores en la materia electoral, debido a comentarios expresados en tres conferencias mañaneras, realizadas en los tiempos en los que el proceso electoral 2024 ya estaba en curso.

Las tentaciones golpistas del poder judicial son inadmisibles, pues está al margen de toda lógica que un Poder Designado, como es el caso de Ministros y Magistrados, que deben recibir la anuencia y aprobación de la Cámara de Senadores, pretenda someter y poner de rodillas a dos poderes electos por la mayoría del pueblo, que deposita en ellos su soberanía, como son el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, que cuentan con el voto directo de los ciudadanos.

Los imperativos que impone el Artículo 39 constitucional no son simples enunciados, son la esencia misma de la democracia, cuando advierten, sin lugar a equívocos que “la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”. Y esa soberanía, ni remotamente está depositada en un Poder Judicial ensoberbecido, cuya designación e integración pasa, obligadamente, en el caso de los Ministros de la Suprema Corte, por las propuestas que formula el Poder Ejecutivo, el presidente de la República, que somete a consideración del Senado la aprobación de los Integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La aprobación del Senado de la República se basa en la premisa de que siendo los senadores representantes de las 32 entidades del país en el Pacto de la Unión, por delegación de la voluntad soberana del pueblo, validan la integración de un tercer poder al servicio de la nación, al que se le confiere la delicada encomienda de interpretar la ley y administrar justicia en favor del pueblo.

Está en proceso la asignación de las 200 diputaciones de Representación Proporcional, conocidas como Plurinominales, que deberá realizar el Instituto Nacional Electoral, una vez que el Tribunal Electoral resuelva las impugnaciones presentadas contra esos comicios. En la misma circunstancia está pendiente la asignación, por parte del INE, de 32 senadores de Lista Nacional que tendrán que repartirse proporcionalmente con base en los porcentajes nacionales que los partidos políticos hayan obtenido en la contienda para la Cámara Alta.

En el proceso rumbo a la calificación de la elección presidencial hay dos fechas clave definidas en el  Artículo 58 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral que establece que “los juicios de inconformidad de las elecciones de diputados y senadores deberán quedar resueltos el día 3 de agosto y los relativos a la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a más tardar el 31 de agosto, ambas fechas del año de la elección”. En tanto que la Fracción Segunda del Artículo 166 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala que una vez resueltas “las impugnaciones sobre la elección de Presidenta o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos […] la Sala Superior, a más tardar el 6 de septiembre del año de la elección, realizará el cómputo final, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de Presidenta o Presidente Electo respecto de la persona candidata que hubiese obtenido el mayor número de votos”.

El mandato de los mexicanos es muy claro. Aún sin la asignación de los 200 diputados Plurinominales y los 32 senadores de la lista nacional, Morena logró en la contienda por los legisladores de Mayoría más de los dos tercios de curules y escaños que representarían Mayoría Calificada. Es decir, desde sus triunfos por Mayoría Relativa, Morena y sus aliados superan los dos tercios de las posiciones que estuvieron en juego el pasado domingo 2 de junio del 2024.

Vea usted, en el caso de los 300 diputados de Mayoría Relativa, Morena y sus aliados ganaron 256 curules, el 85.33 por ciento. Dicho de otra manera, de esos 300 diputados de Mayoría Relativa, la mayoría calificada de dos tercios serían 200 legisladores y de entrada Morena y sus aliados tienen 256 representantes populares.

Con respecto al senado de la República, el domingo 2 de junio se compitió por 64 escaños de Mayoría Relativa y 32 de Primera Minoría. En total, 96 escaños estuvieron en juego. Morena y sus aliados ganaron 60 senadurías de Mayoría Relativa y 5 de Primera Minoría para un total de 65. De estos escaños de elección directa, el pueblo le dio a Morena y sus aliados el 67.70 por ciento. Los dos tercios de esas 96 posiciones en en el Senado de la República son 64 legisladores. De entrada, por el voto directo y la voluntad del pueblo, Morena suma 65.

Sobre esta base, lo lógico es que a Morena y sus aliados le correspondan más legisladores en las cámaras de diputados y senadores. Y reside en ellos la voluntad mayoritaria de la población, que les faculta para llevar adelante las reformas constitucionales que establezcan las bases para un nuevo régimen en el cual se privilegien los intereses mayoritarios del pueblo, sobre los privilegios abusivos de un puñito de ricos privilegiados. Entonces ¿por qué le resulta tan violentamente difícil al Poder Judicial entender que la mayoría de los mexicanos ya decidieron y que su voluntad soberana tiene que acatarse en una reforma profunda en los espacios de la impartición y la administración de justicia?

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante más de cuatro décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace casi cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad jesuita de Guadalajara.

Los contenidos, expresiones u opiniones vertidos en este espacio son responsabilidad única de los autores, por lo que SinEmbargo.mx no se hace responsable de los mismos.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video

más leídas

más leídas