El Gobierno federal aclaró que es falso que la iniciativa pretenda confiscar los ahorros de los trabajadores mexicanos, pues aunque los recursos de estas cuentas inactivas que no fueron reclamados se transferirían al Fondo de Pensiones para el Bienestar seguirán generando intereses y los beneficiarios podrán reclamar la devolución de los recursos en cualquier momento.
Ciudad de México, 19 de abril (SinEmbargo).– El Gobierno federal, a través de los titulares de las secretarías de Gobernación, del Trabajo, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), aclararon que la iniciativa para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar y transferir a éste los ahorros para el retiro y vivienda no reclamados por los trabajadores mayores de 70 años no es una expropiación y explicaron a detalle cómo funciona actualmente el Sistema de Pensiones en México.
La iniciativa para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar, que fue propuesta por el coordinador de la bancada de Morena en la Cámara Baja, Ignacio Mier Velasco, y por la Diputada morenista, Ivonne Cisneros Luján, plantea que los recursos que financiarán este Fondo saldrían de cinco fuentes, una de ellas de los ahorros para el retiro y la vivienda del IMSS de trabajadores de 70 años de edad o más que no han sido reclamados. Se aclara que sólo serían tomados los fondos de cuentas que ya no están activas.
CPM Reforma pensiones, 19abr24En el caso de los trabajadores que hayan cotizado en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la edad a la que se transferirían sus recursos sin reclamar es a los 75 años de edad.
El Fondo de Pensiones será un fideicomiso público en el que el Banco de México (Banxico) actuará como fiduciario y será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), además contará con un comité técnico que deberá emitir las reglas sobre la recepción, administración, inversión, reservas, rendimientos y reversión de los recursos.
¿EL FONDO DE PENSIONES ES UNA EXPROPIACIÓN?
Es falso que la iniciativa pretenda confiscar los ahorros de los trabajadores mexicanos, pues aunque los recursos de estas cuentas inactivas que no fueron reclamados se transferirían al Fondo de Pensiones para el Bienestar seguirán generando intereses y los beneficiarios podrán reclamar la devolución de los recursos en cualquier momento.
La creación de este fondo tampoco implica la eliminación de las Afores (administradoras de fondos para el retiro), éstas seguirán administrando el ahorro de los trabajadores.
En el caso de los trabajadores que cotizan ante el IMSS, garantiza que quienes ganan hasta el salario promedio del Instituto se jubilen con el 100 por ciento mediante un complemento solidario. Es decir, si un trabajador gana 10 mil pesos, se podrá jubilar con la misma cantidad, la cual saldrá de su pensión (6 mil pesos) y del complemento solidario (4 mil pesos).
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA LA REFORMA?
Esta iniciativa de reforma, que sería la segunda en materia de pensiones propuesta en este sexenio, aplicaría a los trabajadores que cotizan ante el IMSS o ISSSTE.
En el caso del IMSS aplicaría a los trabajadores que empezaron a trabajar después de junio de 1997 y se pensionen a partir de la entrada en vigor de la Ley.
En el caso del ISSSTE aplicaría a los trabajadores que se encuentran en el régimen de cuentas individuales y se pensionen a partir de la entrada en vigor de la Ley.
¿CÓMO SE FINANCIARÁ EL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR?
Marath Bolaños López, Secretario del Trabajo y Previsión Social, explicó la manera en cómo se busca financiar ese fondo, que entre otras fuentes, contempla los recursos de las afores no reclamadas e inactivas.
Los recursos para este Fondo de Pensiones para el Bienestar saldrán de cinco partes:
1. Una parte saldrá del 75 por ciento de los ingresos de los bienes incautados por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP).
2. Otra parte saldrá de la liquidación de Financiera Rural.
3. Otra parte saldrá del 25 por ciento de las utilidades del Tren Maya, del Tren del Itsmo de Tehuantepec, de Mexicana de Aviación, entre otras empresas operadas por la Secretaría de Marina y la Sedena.
4. De los adeudos de entres públicos al SAT e ISSSTE.
5. Una última parte saldrá de los ahorros para el retiro y vivienda no reclamados por los trabajadores a las Afores, que es lo que ha generado muchas duda porque algunos dicen que se van a expropiar los recursos de los trabajadores, que les van a robar su dinero, cosa que es totalmente falsa.
¿SE APROPIARÁN DE LAS CUENTAS NO RECLAMADAS ANTE EL IMSS?
Zoé Robledo Aburto, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, explicó a detalle sobre el mito de la “expropiación de las afores”.
La reforma de 2020 estableció que una persona que no reclama su pensión después de 10 años ya no tiene que ir al Poder Judicial para reclamarla, las Afores debían regresar ese dinero al Seguro Social y el Instituto las devolvía a los trabajadores.
El titular del IMSS dio datos sobre el dinero que las Afores debieron regresar al IMSS por este concepto, que asciende a más de 34 mil millones de pesos, pero sólo regresaron 946 millones de pesos.
Las Afores que más dinero se han quedado son Banorte, que regresó al IMSS 284 millones cuando el monto total era de 9 mil 360 millones, y Azteca, que entregó 19.7 millones cuando la suma era de mil 847 millones.
¿QUIÉN ADMINISTRARÁ EL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR?
El Fondo de Pensiones será un fideicomiso público en el que el Banco de México actuará como fiduciario y será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Este Fondo contará con un comité técnico que deberá emitir las reglas sobre la recepción, administración, inversión, reservas, rendimientos y reversión de los recursos.
Los recursos del Fondo de Pensiones para el Bienestar no podrán ser usados para el equilibrio presupuestario, es decir, para financiar un déficit público, y tampoco puede usarse para gastos que no estén relacionados con las pensiones.
¿CÓMO SABER SI TENGO UNA CUENTA DE AFORE?
Julio César Cervantes Parra, presidente de la Consar, destacó que no importa si estás comenzando a trabajar o llevas algunos años activo en el mercado laboral, el proceso es el mismo y cuentas con tres opciones:
–Por internet: Ingresa a la página www.e-sar.com.mx, ahí podrás ubicar la sección “Localiza tu AFORE”. Una vez dentro deberás escribir en los campos correspondientes tu Número de Seguridad Social (NSS) o bien tu CURP, además de un correo electrónico al que te será enviada la respuesta a tu consulta.
–Por teléfono: Llama sin costo a SARTEL (el número es 55 1328-5000), una vez estés en la llamada deberás ingresar a la opción 2 (localiza tu AFORE) y tener a la mano tu CURP o Número de Seguridad Social.
–A través de la app Afore Móvil: Sólo necesitas descargar la app “Afore Móvil” (está disponible para los principales sistemas operativos de teléfonos móviles) y registrarte.
¿CUÁNTAS AFORES HAY EN MÉXICO?
Actualmente existen 10 Afores que manejan el dinero para el retiro de los trabajadores en México, una de ellas es del Gobierno (Pensionissste) y otra es copropiedad del Gobierno y una empresa privada (Afore XXI Banorte).
–Profuturo
–Inbursa
–Pensionissste
–Sura
–Afore XXI Banorte
–Principal
–Azteca
–Coppel
–Citibanamex
–Invercap
¿CÓMO FUERON LOS CAMBIOS DEL MODELO DE PENSIONES?
Luisa María Alcalde Luján, Secretaria de Gobernación, explicó a detalle cómo funcionaba en México el modelo de pensiones antes de la reforma de 1997, con la cual se crearon las Afores y los trabajadores ya no pudieron jubilarse con el 100 por ciento de su último salario.
Las características del modelo de pensiones de 1973 eran:
–Modelo solidario donde la pensión estaba en función del salario.
–Las pensiones estaban a cargo del IMSS, donde los trabajadores se podían jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización. Por ejemplo, un trabajador que ganaba 10 mil pesos mensuales se jubilaba con la misma cantidad.
El 1 de noviembre de 1995 se presentó una iniciativa por parte del entonces Presidente Ernesto Zedillo, la cual aumentaba las semanas de jubilación y un trabajador, con salario de 10 mil pesos, se jubilaba con 3 mil pesos.
La reforma, que fue avalada en su mayoría por el PRI, entró en vigor en 1997.
Las características de esa reforma son:
–Se cambió de un sistema solidario a cuentas individuales administradas por las Afores.
–Incrementó las semanas de cotización para pensionarte y pasó de 10 a 25 años, es decir, de 500 a 1,250 semanas de cotización.
–La pensión se otorgaría en función del ahorro, no del salario. Por ejemplo, un trabajador que ganaba 10 mil pesos mensuales se jubilaba con 2 mil 700 pesos al mes.
Luego llegó la reforma de 2007 que aplicó sólo a los trabajadores del ISSSTE, la cual consistió en introducir el requisito de edad (65 años) para jubilarse y el monto de la jubilación pasa a fijarse en función de lo que el trabajador ahorre en sus cuentas individuales, no de su salario. Por ejemplo, una maestra que ganaba 10 mil pesos mensuales, su jubilación sería de 6 mil 400 pesos.
En el Gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador se presentó una iniciativa el 29 de septiembre de 2020 en la que se pone ya un freno a los cobros de las Afores y la disminución de las semanas de cotización.
En esta reforma se incrementó la aportación patronal del 15 al 13 por ciento; se disminuyó las comisiones de las Afores, previo a la reforma, las 10 Afores que operan en México cobraban 0.98 por ciento de comisión, como mínimo, y a partir de 2022 bajó a 0.57 por ciento con la entrada en vigor de la legislación.