Luego de haber analizado los datos de prueba aportados por el agente ministerial, un Juez determinó la vinculación a proceso penal contra María Guadalupe. Asimismo, ordenó prisión preventiva por seis meses como medida cautelar.
Ciudad de México, 18 de julio (SinEmbargo).- Una mujer identificada como María Guadalupe “N”, de 22 años de edad, fue vinculada a proceso penal por haberle provocado quemaduras con agua hirviendo a su hijo de dos años de edad. Los hechos ocurrieron en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, en Jalisco.
Mediante un comunicado, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Jalisco informó que un Juez determinó vincular a proceso a la mujer después de que personal de la Unidad de Investigación de Delitos Cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes de la Fiscalía del Estado aportó los datos de prueba que presumen de la comisión del delito de maltrato infantil.
La agresión ocurrió el pasado 8 de julio en un domicilio ubicado en el fraccionamiento Villa Fontana Aqua, en dicho municipio, cuando la mujer comenzó a verter agua sobre el menor.
#CorteInformativo Señalada de agredir físicamente a su hijo de dos años de edad, una mujer fue vinculada a proceso penal por un Juez, gracias a los datos de prueba aportados por la Fiscalía del Estado.
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— Fiscalía del Estado de Jalisco (@FiscaliaJal) July 17, 2021
Al ver que éste lloraba, vecinos llamaron al 911 y reportaron que María Guadalupe “N” maltrataba al menor, por lo que momentos después llegó una unidad de la policía municipal.
Al arribar al lugar, los elementos observaron salir a la mujer de su domicilio con el menor quien presentaba quemaduras en el brazo derecho y pecho, por lo que fue detenida y presentada ante el agente del Ministerio Público.
Posteriormente, María Guadalupe “N” fue puesta a disposición del Juez quien analizó los datos de prueba aportados por el agente ministerial, y tras el desahogo de la audiencia, el juzgador dictó auto de vinculación a proceso por el delito de maltrato infantil. Además, ordenó prisión preventiva justificada por la temporalidad de seis meses como medida cautelar.