A partir del 19 de enero se inicia el periodo denominado Intercampaña, que terminará el jueves 29 de febrero del 2024. Un espacio para que los partidos políticos, de cara a la Jornada Electoral del próximo 2 de junio, resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de sus candidatos a los diferentes cargos de elección popular.
Ciudad de México, 18 de enero (SinEmbargo).- Hoy terminan las precampañas de los precandidatos a la Presidencia de la República y la aspirante de la coalición Sigamos Haciendo Historia, Claudia Sheinbaum Pardo, cierra con una ventaja de por lo menos 30 puntos porcentuales de ventaja sobre la precandidata de la coalición Fuerza y Corazón por México, la senadora panista Xóchitl Gálvez Ruiz, rumbo a los comicios del domingo 2 de junio del 2024.
También a partir de mañana empieza el periodo llamado Intercampaña, del 19 de enero al 29 de febrero, en el que ni partidos, ni candidatos, podrán hacer propaganda para solicitar el voto a los ciudadanos.
Este jueves se publica una encuesta de la consultora De las Heras Demotecnia en la cual aparece la precandidata de Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde, con 63 por ciento de votos potenciales, contra 33 por ciento de la abanderada de PAN, PRI, PRD.
Son 30 puntos de diferencia entre primero y segundo lugar. Aparece por primera en una encuesta el aspirante presidencial de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, con un 4 por ciento de respaldo. Además, en términos del conocimiento que la gente tiene sobre los precandidatos, Claudia aparece con un 78 por ciento; Xóchitl con 66 por ciento y Jorge con 12 por ciento.
La plataforma agregadora de encuestas denominada Oraculus, hace su primera ponderación del mes de enero y pone a Claudia Sheinbaum con un 64 por ciento de respaldo mientras que le atribuye a Xóchitl Gálvez el 29 por ciento, para una distancia de 35 puntos porcentuales entre primero y segundo lugar en la contienda rumbo a la Presidencia de la República.
A partir de mañana viernes 19 de enero se inicia el periodo denominado Intercampaña, que terminará el jueves 29 de febrero del 2024. Un espacio para que los partidos políticos, de cara a la Jornada Electoral del próximo 2 de junio, resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de sus candidatos a los diferentes cargos de elección popular, en tanto que el Instituto Nacional Electoral tendrá tiempo para revisar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones.
En el periodo de Intercampaña sí se permite la difusión de propaganda política, la cual tiene como finalidad presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o bien, invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo, con el objeto de promover su participación en la vida democrática del país o incrementar el número de sus afiliados.
Tal circunstancia implica que este tipo de publicidad esté focalizada en la imagen del partido político y en sus postulados esenciales, contenidos en sus documentos básicos, como la Declaración de Principios y el Programa de Acción, así como la manifestación de ideas o críticas propias del contexto político para propiciar el debate en esta materia.
De igual forma se permite la difusión de cuestionamientos o logros de la actividad gubernamental. En tal caso, el promocional no debe hacer mención ni identificar a una candidatura o partido político, a fin de posicionarlo de forma negativa o positiva.
Durante el periodo Intercampaña, es válido que en los promocionales de radio y televisión se incluyan referencias a temas de interés general y con carácter informativo, siempre y cuando no se haga explícito llamado a votar, a favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas del partido político que difunde el promocional. La alusión genérica al cambio o continuidad de una política pública no supone una afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral, en tanto que no sea un llamamiento al voto.
ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
Para que una acción constituya un acto anticipado de campaña durante el periodo de Intercampaña, se deben cumplir tres requisitos:
a).- Un elemento personal: que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos;
b).- Un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas;
c).- Un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener el sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.
Durante este periodo está salvaguardada en todo momento la libertad de expresión de los precandidatos, así como de las candidaturas, al igual que el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas. Los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.