Con voto de la mayoría, las y los magistrados del TEPJF confirmaron este miércoles la sentencia emitida por la Sala Especializada el pasado 11 de julio, en donde se destaca que el Presidente de la República violó el Artículo 134 constitucional, pues asegura que, durante las campañas electorales, hubo posiciones del Primer Mandatario que influyeron ante la ciudadanía particularmente desde sus conferencias mañaneras.
Ciudad de México, 17 de julio (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó este miércoles tres sentencias en contra del Presidente Andrés Manuel López Obrador, al afirmar que violó el principio de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral de este año y que, además, usó recursos públicos para influir en la decisión de los electores pues lo hizo desde sus tradicionales conferencias "mañaneras".
La Sala Superior del Tribunal Electoral le dio el visto bueno a los proyectos de sentencia SUP-REP-653/2024, SUP-REP-655/2024, SUP-REP-65y/2024, SUP-REP-662/2024 y acumulados, en donde se acusa al Presidente López Obrador de ser imparcial e influir en la jornada electoral que concluyó el pasado 2 de junio.
Con voto de la mayoría, las y los magistrados confirmaron la sentencia emitida por la Sala Especializada, en donde se plantea que el Presidente violó el Artículo 134 constitucional, pues "del análisis de las expresiones y el contexto en que fueron emitidas [las declaraciones], es posible desprender que, durante las campañas electorales, en una conferencia de prensa se posicionaron de manera positiva frente a la ciudadanía, por lo que es válida la aplicación de sanciones previstas en la normativa electoral".
La primera sanción determinó que el Presidente y la Canciller Alicia Bárcena Ibarra presuntamente difundieron propaganda gubernamental durante la conferencia de prensa del 21 de marzo.
La segunda afirma que durante la conferencia matutina del 22 de marzo, el Presidente López Obrador defendió a la entonces candidata al Gobierno de Veracruz, Rocío Nahle García, así como también mostrar su expreso apoyo al Gobernador de dicha entidad, Cuitláhuac García Jiménez.
La tercera sanción corresponde a la conferencia matutina del 12 de abril, donde se le acusó al Ejecutivo federal de difundir propaganda gubernamental en un periodo prohibido por la Ley electoral.
"Las personas servidoras públicas adscritas a la Presidencia con motivo de sus funciones tienen un deber de cuidado y de revisar y verificar la información difundida en una conferencia de prensa, a fin de que no contenga declaraciones que impliquen una infracción, por lo que es válida su inscripción dentro del catálogo de sujetos sancionados, al no ser esta una sanción, sino un ejercicio de difusión de sentencias", señala el documento que resume los acuerdos discutidos en la Sala Superior del TEPJF.
Al respecto, el Diputado Gerardo Fernández Noroña lamentó este miércoles en el programa “Los Periodistas” –que se transmite por el canal SinEmbargo al Aire, vía la plataforma de YouTube– que los magistrados electorales hayan ratificado su decisión que condena la supuesta intromisión del Presidente López Obrador en el pasado proceso electoral.
“Ahora resulta que las mañaneras y sus declaraciones son una intromisión. Es muy delicado porque no han resuelto, no han dicho nada del #NarcoPresidente, #NarcoCandidata, millones de dólares del exterior y siguen dándole cuerda a la derecha con una presión enorme que hay para que no reconozcan que alcanzamos la mayoría calificada, porque el último reducto del conservadurismo es el Poder Judicial y están aterrados con la idea de que el pueblo elija a las personas juzgadoras”, expuso Fernández Noroña entrevista con Álvaro Delgado y Alejandro Páez.
Noroña consideró que la postura del Tribunal Electoral ”es una afrenta al pueblo de México” y a todos quienes ganaron en la elección del pasado 2 de junio, un resultado que, señaló, ”es un reconocimiento, que les pesa mucho, por el espléndido Gobierno del Presidente, su contribución al proceso de politización y de conciencia”.
“Es muy irresponsable la decisión del Tribunal Electoral y entonces incremente la percepción de que se están dejando doblar por la presión general del Poder Judicial y de los poderes económicos, que yo no veo la posibilidad de que echen atrás la elección, la diferencia es descomunal, el triunfo es contundente, la participación popular innegable, pero manchan un proceso”, afirmó el legislador por el Partido del Trabajo (PT).
El político cuestionó, por ejemplo, que a Xóchitl Gálvez Ruiz, la ahora excandidata presidencial de la derecha, sólo la hayan multado con 30 mil pesos por usar indebidamente el logotipo del Instituto Nacional Electoral (INE) en promocionales en donde aseguraba que ganara quien ganara se quedarían los programas sociales. “Las aseveraciones que hacen son temerarias, sin una sola prueba de que se haya utilizado, porque no se usaron, recursos públicos en el proceso”, dijo.
"TEPJF DESTRUYE LA DEMOCRACIA": CONSEJERÍA
Apenas ayer, 16 de julio, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República acusó que magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación “atentan contra el sistema democrático” del país, esto luego de la resolución de la Sala Regional Especializada con respecto a la presunta imparcialidad del Presidente Andrés Manuel López Obrador en el proceso electoral.
A través de un comunicado, la Consejería Jurídica planteó que las y los magistrados de la Sala Regional del TEPJF “usan su cargo para restringir al Presidente de la República y al pueblo de México el ejercicio del derecho a la libre manifestación de las ideas, a la información y la libertad de prensa”, hecho que apuntó que impide el desarrollo del sistema de vida democrático.
“En unas cuantas horas, sin hacer una valoración de las manifestaciones y pruebas rendidas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, y únicamente apoyándose en lo que dijeron los quejosos, resuelven, en contra del primer mandatario y de otros servidores públicos, 19 quejas sobre 36 conferencias de prensa matutinas”, argumentó.
La Consejería afirmó que, a pesar de tratarse de “un procedimiento caducado”, los magistrados electorales Luis Espíndola Morales, Rubén Lara Patrón, y la Magistrada en funciones, Mónica Lozano Ayala, resolvieron infraccionar al Presidente por “expresar sus ideas, informar a la población y dar respuesta a las preguntas de la prensa en las conferencias de prensa de los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2023”, hecho que calificaron como arbitrario y violatorio de los derechos reconocidos, no sólo en la Constitución, sino en tratados internacionales.
“Con argumentos baladíes, los magistrados electorales adjudican a las palabras del Presidente una intencionalidad distinta de lo manifestado; se convierten en adivinos de la voluntad del Presidente; argumentan que, si mencionó alguna palabra, en realidad ésta se refería a Morena, y que, por tanto, hacía propaganda a favor de ese partido”, denunció.
Sin embargo, el titular del Ejecutivo jamás se pronunció a favor o en contra de algún partido político y/o candidato en dichas conferencias, alegó la Consejería, sino que únicamente “manifestó libremente sus ideas políticas, derecho que tiene todo ciudadano en un régimen democrático como el nuestro”.
Magistrados electorales de la Sala Regional Especializada del TEPJF atentan contra el sistema democrático de nuestro país.
El 4 de julio declararon presunta violación al principio de imparcialidad, atribuida al presidente de la República, sin importar que… pic.twitter.com/jaUlYabQTp
— Gobierno de México (@GobiernoMX) July 16, 2024
Además, calificó a los mencionados magistrados de “olvidadizos”, pues recordó un caso en 2012 cuando el Tribunal Electoral resolvió que, a pesar de que el entonces Presidente Felipe Calderón Hinojosa, hizo mención expresa en pleno periodo electoral a favor de Josefina Vázquez Mota, candidata presidencial de aquel año por el Partido Acción Nacional (PAN), dichas expresiones eran “de índole natural que no implicaron llamados expresos al voto”.
“Ahora, resuelven que las expresiones de Andrés Manuel López Obrador, a pesar de que nunca se refirieron a candidato(a) alguno(a) de su partido, sí son violatorias del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ¿Qué les hace cambiar de opinión? Tal vez, el hecho de que estén en contra de la política humanista del Presidente, con la cual no concuerdan”, remató la Consejería.
Ante dichas acciones, la Consejería Jurídica promovió un recurso de revisión ante la Sala Superior del TEPJF en esperar de que dicha entidad revoque la sentencia de los magistrados de la Sala Regional Especializada.