Los magistrados de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que uno de los promocionales utilizados por Miguel Barbosa podría confundir al electorado al no mostrar claramente a los partidos que integraban la coalición "Juntos Haremos Historia en Puebla", con la cual competía.
Ciudad de México, 17 de abril (SinEmbargo).- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso una multa de 42 mil 245 pesos a Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por el uso indebido de la pauta de radio y televisión durante el proceso electoral por la gubernatura de Puebla.
Durante la sesión realizada este miércoles, los magistrados de la Sala Regional determinaron que uno de los promocionales utilizados por el candidato morenista Miguel Barbosa podría confundir al electorado al no mostrar claramente a los partidos que integraban la coalición "Juntos Haremos Historia en Puebla", con la cual competía.
Dicha resolución se da debido a que en el spot únicamente se hacía referencia a Morena, a pesar de que la alianza con la que buscaba ganar la gubernatura de Puebla también estaba conformada por el Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de México y el Partido Encuentro Social. Esta omisión fue denunciada ante el Tribunal por el Partido Acción Nacional (PAN).
#JusticiaCercana | Compartimos las sentencias de los asuntos que se resolvieron en la sesión pública: pic.twitter.com/AbMWTGZC0W
— Sala Especializada (@TEPJF_Esp) April 17, 2019
Los magistrados recordaron que la Ley General de Partidos Políticos los obliga a identificar claramente la coalición que postuló al candidato que aparece en los spots de radio y televisión.
En otras resoluciones relacionadas con las elecciones poblanas, la Sala Regional Especializada resolvió que el aspirante a la candidatura para Gobernador en Puebla, Alejandro Armenta, no incurrió en actos anticipados de campaña ni en uso indebido de recursos públicos a pesar de ser denunciado por las declaraciones que hizo luego de registrarse como precandidato el pasado 22 de febrero.
Según los magistrados de la Sala Regional, Armenta está posibilitado para competir por un cargo de elección popular debido a que tiene la dualidad de Senador y militante de Morena; además de que se comprobó que no erogó recursos del Senado de la República entre el 10 y el 26 de febrero, por lo que no es posible que hiciera uso indebido de recursos públicos.
Además, la Sala Especializada del TEPJF determinó que la participación de la entonces precandidata de Morena a la gubernatura de Puebla, Nancy de la Sierra, en un evento organizado por el Ayuntamiento de San Pedro, Cholula en conmemoración del Día Internacional de la Mujer, no constituyó actos anticipados de campaña ni uso indebido de recursos públicos.