Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Magistrado del Tribunal Eelctoral del Poder Judicial de la Federación, realizó un proyecto de sentencia en el cual propone que el Senado y el INE reanuden los preparativos para el proceso electoral del Poder Judicial de la Federación (PJF) de 2025.
Ciudad de México, 16 de noviembre (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) hizo público un proyecto de sentencia elaborado por el Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, mediante el cual se propone facultar al Senado de la República y al Instituto Nacional Electoral (INE) para que reanuden los preparativos para el proceso electoral del Poder Judicial de la Federación (PJF) que se realizará en 2025.
En su proyecto, el Magistrado del TEPJF estableció que es “inconstitucionalmente inviable suspender los actos” relacionados al desarrollo de los procedimientos que el Senado, el INE y otras autoridades competentes deben realizar para que la elección de jueces, ministros y magistrados pueda concretarse.
Asimismo, señaló que el proyecto de sentencia es resultado de demandas presentadas por Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, y la Secretaría del Consejo General del INE, quienes solicitaron a la Sala Superior del TEPJF emitir “una medida de
protección provisional tendente a garantizar la continuidad del proceso electoral extraordinario”.
#Boletín | Hace público el #TribunalElectoral un proyecto de resolución.
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— TEPJF (@TEPJF_informa) November 16, 2024
El desarrollo de dicho proceso electoral, iniciado de manera formal el 23 de septiembre de este 2024, se ha visto impedido a raíz de suspensiones provisionales y otros recursos admitidos por jueces de distrito.
Ante ello, los representantes del Senado y el INE decidieron acudir ante el TEPJF, pues loa jueces “carecen de competencia para pronunciarse sobre actos aprobados por el Senado de la República” y también sobre aquellos de materia electoral, lo cual compete únicamente al TEPJF.
Fuentes Barrera indicó estar de acuerdo con tal argumento en su proyecto de sentencia, en el cual resaltó que “no es procedente el amparo en controversias de carácter electoral”, ya que ello intervendría con el derecho al que tiene la ciudadanía de elegir a las autoridades y participar en procesos electorales.
“En el caso, por mandato constitucional, el senado, INE y otras autoridades competentes tienen la alta encomienda y responsabilidad de llevar a cabo la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación, conforme al procedimiento previsto en el artículo 96 de la Constitución general, cuya actuación se debe ajustar al calendario electoral que para tal efecto se formule, con base en los plazos expresamente previstos en la normativa constitucional y legal”, apuntó el Magistrado.
Tras darse a conocer, el proyecto de sentencia deberá ser discutido y votado en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.