El Infonavit refiere que solamente puede retirar el dinero de la Subcuenta de Vivienda una persona pensionada que nunca usó su crédito hipotecario, para ello se debe contar con una Resolución de Pensión emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Ciudad de México, 16 de septiembre (SinEmbargo).– Si una persona nunca utilizó su dinero de la Subcuenta de Vivienda y ya se pensionó o está apunto de hacerlo, por Ley este ahorro no puede perderse y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o la Afore debe regresarlo.
Así lo explicó Sergio González, delegado del Infonavit en Aguascalientes, en entrevista para el programa “Usted, yo y otros como yo”, el cual se transmite todos los lunes por el canal de YouTube de Estudio B.
Infografiìa+DSSV“Si tú cotizaste durante un tiempo en Infonavit y no utilizaste tu dinero por cualquier razón, es posible recuperar ese dinero, se le llama Devolución del Saldo de la Subcuenta de Vivienda o básicamente devolución de tus ahorros del Infonavit, pero solamente hasta que te pensiones, no hay manera de obtenerlos antes”.
El delegado detalló que si tienes un empleo formal y estás inscrito al Infonavit, durante tu vida laboral has acumulado un ahorro que forma parte de tu patrimonio y puedes aprovecharlo de diferentes maneras, pero se debe tener cuidado con las personas que ofrecen recuperar este dinero a cambio de una comisión.
“Es común que encuentres despachos y agencias que te ofrezcan recuperar ese dinero. ¡Mucho cuidado! Puede tratarse de un fraude, ya que este dinero tiene usos limitados y sólo tú puedes decidir qué hacer con él”, dijo.
¿CÓMO RETIRAR EL DINERO DE MI SUBCUENTA DE VIVIENDA?
El Infonavit refiere que solamente puede retirar el dinero de la Subcuenta de Vivienda una persona pensionada o que está por hacerlo y que nunca usó su crédito hipotecario, para ello se debe contar con una Resolución de Pensión emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Esta resolución puede ser por vejez o cesantía en edad avanzada, por invalidez o incapacidad total o parcial igual o mayor al 50 por ciento.
El retiro de tus recursos se realizará considerando la normativa del régimen de la Ley del Seguro Social en el que te encuentres, el cual se determina según la fecha en que empezaste a cotizar al IMSS, pudiendo ser Ley 73 o Ley 97.
–Ley 97: La suma de tus recursos disponibles en la Subcuenta de Vivienda 92 y 97, más los rendimientos generados hasta el momento en que los solicites, serán enviados a la Afore en la que estás registrado, donde se agregará al saldo total que determinará tu pensión.
Bajo este régimen, la devolución del Saldo de la Subcuenta de Vivienda la debes solicitar en tu Afore.
Si además cuentas con recursos disponibles en el Fondo de Ahorro 1972–1992, aportaciones extraordinarias o en la Subcuenta de Vivienda Solo Infonavit, la devolución de estos recursos deberás solicitarla directamente en el Infonavit.
–Ley 73: Bajo este régimen recibes tus recursos en una sola exhibición y tienes la opción de solicitar su devolución tanto en el Infonavit como en tu Afore.
¿CÓMO SOLICITAR EL DINERO DEL INFONAVIT SI SOY BENEFICIARIO?
En caso de ser beneficiario, único o múltiple, de una persona derechohabiente que contaba con saldo en el Fondo de Ahorro 72-92, debes ingresar al servicio de Devolución de Fondo de Ahorro y seguir las instrucciones que ahí se indican.
Para realizar este trámite es necesario que cuentes con un laudo o resolución judicial donde se determina la sentencia a tu favor como beneficiario para el pago de estos recursos.
Para la devolución de la Subcuenta de Vivienda 1992 y 1997 y si eres beneficiario reconocido ante el IMSS, no requieres la designación de beneficiarios emitida por los tribunales federales en materia laboral.
Para tramitarlo, solo debes ingresar al servicio de Devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda y seguir las indicaciones.
En caso de que no seas beneficiario legal (cónyuge, descendiente, ascendiente o concubino) y no cuentes con dictamen de pensión del titular finado, para que acredites que eres beneficiario puedes presentar una resolución de designación de beneficiarios emitida por los tribunales federales en materia laboral.
¿CÓMO SE INTEGRA EL AHORRO DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA?
El ahorro que tienes en tu Subcuenta de vivienda es la suma de los recursos que fuiste recibiendo de las aportaciones de parte de tu(s) empleador(es) y se clasifican de acuerdo con la fecha en que los recibiste, como se muestra a continuación:
1. Fondo de Ahorro 1972-1992: Si entre mayo de 1972 y febrero de 1992 recibiste de tu empleador aportaciones por el 5 por ciento sobre tu salario diario integrado, cuentas con Fondo de Ahorro.
2. Subcuenta de Vivienda 1992: Si entre marzo de 1992 y junio de 1997 recibiste de tu empleador aportaciones por el 5 por ciento sobre tu salario diario integrado, cuentas con ahorro en tu Subcuenta de Vivienda.
3. Subcuenta de Vivienda 1997: Si de julio de 1997 a la fecha has recibido aportaciones de tu empleador por el 5% sobre tu salario diario integrado, cuentas con ahorro en tu Subcuenta de Vivienda 1997.
Dependiendo de las fechas en que estuviste cotizando para el IMSS y el Infonavit, puedes tener recursos en uno, dos o los tres conceptos.