Frente a esta polémica y discordia por los Plurinominales la pregunta es obligada: ¿Llegó el momento de desaparecer los 200 diputados de Representación Proporcional para que solamente sean electos 300 de Mayoría Relativa, como lo propone el presidente Andrés Manuel López Obrador en la iniciativa de reforma constitucional que entregó en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el pasado 5 de febrero del 2024?
Ciudad de México, 16 de agosto (SinEmbargo).- En estos días el debate político más intenso, entre la oposición y la coalición electoral oficialista es con respecto a la asignación de los diputados de Representación Proporcional: ¿Deben acreditarse con base en los porcentajes de votación correspondientes a cada partido en lo individual o tomando como referencia los porcentajes que haya obtenido la coalición respectiva, Sigamos Haciendo Historia, de Morena, PT y PVEM, o Fuerza y Corazón por México, de PAN, PRI, PRD?
El acuerdo tomado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, desde el 7 de diciembre del 2023 es que la base de referencia para la asignación de diputados de Representación Proporcional, los llamados Plurinominales, debe ser la votación que cada partido político, en lo individual, obtuvo en los comicios del pasado domingo 2 de junio del 2024, en las votaciones para legisladores de Mayoría Relativa. Así se hizo en el 2018 y en el 2021, y así se hará en el 2024.
Frente a esta polémica y discordia por los Plurinominales la pregunta es obligada: ¿Llegó el momento de desaparecer los 200 diputados de Representación Proporcional para que solamente sean electos 300 de Mayoría Relativa, como lo propone el presidente Andrés Manuel López Obrador en la iniciativa de reforma constitucional que entregó en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el pasado 5 de febrero del 2024?
El papel de los diputados y los senadores Plurinominales es sumamente discutido y criticado por la sociedad, pues considera que son de poca utilidad para la República a pesar de que, directamente, nadie ha votado por ellos. A diferencia de los legisladores de Mayoría Relativa en ambas cámaras, que sí reciben el apoyo o el rechazo directo de los ciudadanos en las urnas. Otro elemento importante es que la reducción de los integrantes en ambas cámaras, también contribuiría a hacer menos oneroso el financiamiento del Poder Legislativo, que ha experimentado un incremento en el gasto para los contribuyentes del 342 por ciento entre el año 2000 y el 2024.
La iniciativa del presidente López Obrador, que podría se dictaminada durante agosto en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, plantea que “la crisis de representación política es una de las principales características de las llamadas democracias contemporáneas. En México, desde hace décadas, se cuestiona la legitimidad de las personas legisladoras en general, pero marcadamente de las plurinominales. En la presente iniciativa se propone un método de elección que busca mejorar la representación ciudadana depositada en las Cámaras del Congreso de la Unión con la reducción del número de sus integrantes y su elección mediante el sistema de mayoría relativa uninominal, votados de manera directa y secreta por la ciudadanía en cada uno de los distritos electorales”.
Las reformas constitucionales que impulsa el presidente de la República podrían ser votadas y aprobadas por la renovada Cámara de Diputados en septiembre próximo. Proponen: “La Cámara de Diputados quedaría conformada por 300 curules, es decir, se eliminarían 200 diputaciones plurinominales; aunque en ningún caso la representación de una entidad federativa puede ser menor de dos diputados. Por su parte, el Senado de la República quedaría integrado por 64 escaños; la mitad de los que actualmente tiene. De igual modo, serían elegidos de manera directa y secreta por la ciudadanía mediante el sistema de mayoría relativa por entidad federativa, correspondiendo dos escaños por cada estado. Asimismo, se propone que los Congresos de las entidades federativas se integren por diputadas y diputados electos de manera directa y secreta conforme al sistema de mayoría relativa”.
LOS PRIMEROS 100 PLURIS
La primera gran apertura de la Cámara de Diputados a la Representación Proporcional ocurrió durante el gobierno del priista José López Portillo y Pacheco, estando al frente de la Secretaría de Gobernación Jesús Reyes Heroles. El 6 de diciembre de 1977 se publicó la reforma el artículo 52 constitucional que definió la integracioón de la Cámara de Diputados de Congreso de la Unió con 300 diputados de Mayoría Relativa y 100 de Representación Proporcional.
AUMENTAN A 200 LOS PLURIS
Fue hace 38 años, el 15 de diciembre de 1986, en pleno frenesí de los llamados gobiernos tecnócratas, rebautizados por Andrés Manuel López Obrador como gobiernos neoliberales, cuando se volvió a reformar el artículo 52 de la Constitución General de la República, para aumentar los diputados de Representación Proporcional de 100 a 200. De tal manera que junto con los 300 de Mayoría Relativa, suman los 500 legisladores que actualmente despachan en el Palacio Lergislativo de San Lázaro. Era Presidente de la República el priista Miguel de la Madrid Hurtado y secretario de Gobernación Manuel Bartlett Díaz (actual director de la Comisión Federal de Electricidad).
SENADORES DE PRIMERA MINORÍA
El 3 de septiembre de 1993, durante el gobierno del priista Carlos Salinas de Gortari (1988-1994) se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que dio origen a los senadores de representación proporcional, con la reforma al artículo 56 constitucional. Esta norma no se había modificado desde el año de 1874, cuando fue instalado por primera vez el Senado de la República en nuestro país.
SENADORES PLURIS
El jueves 22 de agosto de 1996, durante el gobierno del priista Ernesto Zedillo Ponce de León, el Diario Oficial de la Federación publicó una nueva reforma al artículo 56 constitucional en el que se establecía una nueva conformación de la Cámara de Senadores, que estaría integrada por 128 legisladores, de los cuales, en cada Estado y en la Ciudad de México, dos serían elegidos según el principio de Mayoría Relativa y uno sería asignado a la Primera Minoría. Para estos efectos, los partidos políticos tendrían que registrar una lista con dos fórmulas de candidatos.
Adicionalmente, los partidos políticos tendrían que presentar una lista de 32 aspirantes a Senadores de Representación Proporcional. Los 32 senadores Plurinominales serían distribuidos entre los partidos políticos, con base en el porcentaje de votación nacional que sumara cada uno de ellos en el país.