Derechos Humanos en Tabasco emite 26 recomendaciones por agua

29/10/2015 - 6:24 pm

Villahermosa, 29 Oct (Notimex).- La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió hoy 26 recomendaciones relacionadas con la mala calidad de agua potable que se suministra en Tabasco, que involucra a organismos operadores y a la Secretaría de Salud estatal.

En un comunicado, mencionó que el incumplimiento de diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) derivó en la falta de control y vigilancia de la calidad de agua entubada que llega a comunidades del estado.

Las recomendaciones son para la Secretaría de Salud (SS), la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento (CEAS), operada por el gobierno del estado, y al Sistema de Agua y Saneamiento (SAS), por el ayuntamiento de Centro –Villahermosa-.

Precisó que de acuerdo con un análisis de laboratorio solicitado al Instituto Politécnico Nacional (IPN), en la unidad habitacional Fovissste II, en Villahermosa, el líquido, a cargo del SAS, excede en turbiedad, cloro libre, aluminio y coliformes fecales.

En cuanto a la planta potabilizadora “Chilapa”, ubicada en el municipio costero de Centla, a cargo de la CEAS, el análisis señala que la turbiedad es excesiva, la cloración es libre y el agua contiene aluminio en diversos grados por litro.

“De tal forma, la CEDH acreditó que el SAS suministra agua potable insalubre y carece de laboratorios debidamente acreditados para el análisis de la calidad del líquido, lo mismo que carece de mecanismos eficaces para la vigilancia y control del fluido”, dijo.

La CEAS, por su parte, apuntó, suministra agua potable insalubre, carece de mecanismos eficaces para la vigilancia y control del líquido, del cual acusa desabasto en el suministro.

En lo que corresponde a la Secretaría de Salud estatal, precisó que carece de mecanismos eficaces de vigilancia y control de la calidad del agua potable, además de laboratorios debidamente acreditados para el análisis del líquido.

Detalló que en las siete recomendaciones al secretario de Salud, Juan Filigrana Castro, está la integración de brigadas médicas en las secciones primera y segunda de la ranchería Buenavista, Centro, para identificar en la población posibles casos de enfermedades relacionadas con el uso y consumo de agua con características no salubres.

“Particularmente con alta concentración de aluminio, cloro, yodo, fierro, turbiedad, así como coliformes totales y fecales, debiendo brindar atención médica y medicinas que requieran, de manera gratuita, a quienes presentes enfermedades compatibles con la mala calidad del líquido que se suministra en esas comunidades”, argumentó.

Propuso un muestreo y análisis de la calidad del agua para uso y consumo humano en las plantas potabilizadoras operadas por la CEAS y el SAS, a través de un laboratorio certificado.

Recomendó que, si como resultado de los análisis a la calidad del agua, se detectan datos y valores por encima de los límites máximos permisibles, se realicen sin demora las acciones necesarias para abatir la deficiencia.

Del mismo modo, que se adecúe o cree un protocolo para el monitoreo de la calidad del agua, y recomendó a la Secretaría de Salud contar con laboratorios acreditados en materia de análisis de la calidad del agua.

Incluso, sugirió que servidores públicos de Salud participen en cursos de capacitación en torno de la aplicación y observancia de la norma respectiva en materia de salud ambiental y agua para consumo humano.

Además el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento de agua para uso personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Para la CEAS, añadió, fueron ocho recomendaciones para que realice las acciones necesarias para garantizar el suministro de agua potable de manera permanente, suficiente y salubre a los habitantes del estado que se surten de las plantas del organismo.

De la planta “Chilapa”, dijo que se debe evitar incurrir en desabasto, que ponga en riesgo la salud de la población.

Recomendó a la CEAS a participar jurídicamente en la identificación de normas a las que debe sujetarse el personal operativo, para la debida prestación del servicio público de agua potable, particularmente en lo que respecta a la vigilancia y control de calidad.

La CEAS deberá hacer las acciones necesarias para establecer coordinación institucional con Salud y demás entidades relacionadas para que en el ámbito de sus respectivas competencias coadyuven con ese organismo operador para la debida prestación del servicio público de agua potable.

La CEAS ha sido recomendada para que a la brevedad realice un muestreo y análisis de la calidad del agua para uso y consumo humano que se procesa en sus plantas, iniciando con la planta “Chilapa”.

Además, crear un programa operativo para el control de la calidad del agua, que contenga por lo menos realizar muestreos y análisis del agua de manera periódica, conforme a los parámetros de la NOM respectiva.

Trabajadores de la CEAS también deberán participar en cursos de capacitación en torno del Derecho Humano al acceso, disposición y saneamiento de agua para uso personal y doméstico, en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

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