El INE temdrá que modificar la convocatoria para la elección interna de Morena para garantizar la paridad de género, así como analizar de manera individual la solicitud de personas que no han podido acreditar su militancia en el proceso de elección interna.
Ciudad de México, 15 de septiembre (SinEmbargo).– El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE modificar los lineamientos y la convocatoria para la elección de la dirigencia de Morena a través de encuesta porque no cumple con el principio de paridad de género.
El Tribunal determinó hoy que la convocatoria debe asegurar la designación paritaria de personas candidatas.
“Deberá implementar los mecanismos apropiados para asegurar la designación paritaria de las personas en los cargos de dirección, como la presidencia del partido y la secretaría general”, detalló en un comunicado.
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El #TEPJF ordena al INE modificar aspectos de la convocatoria para la elección interna de Morena.?El pleno de la Sala Superior aprobó que se hagan cambios al documento en rubros como el relativo a garantizar la paridad de género. pic.twitter.com/OYlPfahIDi
— TEPJF (@TEPJF_informa) September 16, 2020
El TEPJF también otorgó al Instituto Nacional Electoral (INE) 72 horas para argumentar por qué aprobó la realización de una primera encuesta que defina a seis personas candidatas para dirigir Movimiento Regeneración Nacional (Morena), y que luego se realice otra encuesta para elegir quién de ese grupo encabezará el partido.
El Consejo General del INE aprobó el 31 de agosto los lineamientos rectores de la encuesta a través de la cual se definirá la Presidencia y Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional de Morena. Estableció que el 26 de septiembre se realizaría la encuesta y finalizará el 2 de octubre, los resultados se darían a conocer al partido el 4 de octubre para que al día siguiente pueda registrar ante el organismo sus nuevas dirigencias.
Además, el órgano electoral aprobó 71 candidaturas para la elección interna. De esas, 36 son para la Secretaría General y 35 para la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional.
El INE detalló el 12 de septiembre que fueron recibidas 105 solicitudes, una fue extemporánea y 33 no cumplieron con ser militantes del partido, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos fue la encargada de revisarlas.
Las empresas BGC, Ulises Beltrán y asociados, S.C.; Covarruvias y Asosiados, D.C. y Parametría, S.A. de C.V. se encargarán de realizar las encuestas para la elección del partido después de ser elegidas mediante sorteo.
ACREDITACIÓN DE MILITANCIA
Esta tarde, las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF se pronunciaron sobre la participación de personas que no han podido acreditar su militancia en el proceso de elección interna de Morena. Determinaron que el Consejo General del INE deberá permitir que quienes quieran participar presenten las pruebas que consideren necesarias para que se compruebe su militancia.
“El Consejo General del INE deberá interpretar el numeral I, de la base segunda de la convocatoria, en el sentido de que la pertenencia a un padrón de militantes -incluido el del propio INE- sólo genera un indicio inicial de que esa persona se encuentra afiliada al partido, lo que no impide que se puedan aportar las pruebas que el solicitante considere pertinentes a efecto de acreditar la calidad de militante”, precisó el tribunal electoral.
La determinación del TEPJF obliga al Consejo General del INE a estudiar de manera individual cada solicitud.
Las magistradas y los magistrados de la Sala Superior analizaron hoy 11 medios de impugnación presentados por militantes de Morena, entre ellos el de Alfonso Ramírez Cuellar, presidente nacional del partido, y Antonio Attolini, candidato a secretario general.