México

Si la salud de una mujer está en riesgo puede abortar, determina Suprema Corte en fallo histórico

15/05/2019 - 5:35 pm

La Primera Sala del Máximo Tribunal del país concedió un amparo a una mujer que reclamó la negativa de diversas autoridades para realizarle la interrupción de su embarazo por razones médicas.

Se trata del caso de Margarita, una mujer que es derechohabiente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y que solicitó a cuya institución le realizara un aborto debido a que su embarazo era de alto riesgo y ponía en peligro su salud.

Ciudad de México, 15 de mayo (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las disposiciones de la Ley General de la Salud pueden prever el acceso a las mujeres al aborto por razones médicas, aunque el Código Penal Federal no lo contemple. El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) destacó que este fallo “marca un precedente positivo para los derechos humanos de la mujer”.

Este miércoles, la Primera Sala del Máximo Tribunal del país concedió un amparo a una mujer que reclamó la negativa de diversas autoridades para realizarle la interrupción de su embarazo por razones médicas.

El GIRE informó que se trata del caso de Margarita, una mujer que es derechohabiente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y que solicitó a cuya institución le realizara un aborto debido a que su embarazo era de alto riesgo y ponía en peligro su salud.

Margarita narró a GIRE que incluso el médico que la diagnosticó le alertó que de continuar con el embarazo ella podría enfrentar problemas graves de salud como preeclampsia, riesgo de diabetes, obstrucción del intestino delgado, trombosis y riesgo de malnutrición.

Sin embargo, le negaron el servicio debido a que la causal salud para la interrupción del embarazo no está contemplada en el Código Penal Federal.

Por ello, la mujer interpuso un amparo ante la Suprema Corte, quien este día resolvió que al negarle el servicio de interrupción del embarazo se incumplieron las condiciones del derecho a la salud de Margarita.

“La Primera Sala estableció que las autoridades impidieron que la mujer tomara una decisión sobre los riesgos de salud que deseaba afrontar y aumentó la posibilidad de que su salud empeorara”, informó la SCJN en un comunicado.

El GIRE destacó, a través de su cuenta de Twitter, que con esta resolución de la Suprema Corte “se podrá avanzar en el ejercicio de los derechos reproductivos pues las instituciones públicas de salud deberán brindar el servicio de interrupción del embarazo a las mujeres que lo soliciten y cuya salud esté en riesgo”.

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