Contrario a lo que la Ley disponía anteriormente, ahora serán únicamente las instituciones de crédito quienes tengan la responsabilidad de notificar a usuarios cuando sus cuentas han sido bloqueadas por operaciones supuestamente con recursos de procedencia ilícita.
Ciudad de México, 15 de febrero (SinEmbargo).– La Cámara de Diputados aprobó con 266 votos a favor, 219 en contra y cero abstenciones una reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, con la cual eliminaron la obligación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de notificar a los usuarios que sus cuentas fueron bloqueadas por operaciones de supuesta procedencia ilícita.
La reforma al Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito, que previamente fue aprobada en el Senado de la República, establecen que sea la institución de crédito quien tenga la responsabilidad de notificar al cuentahabiente sobre el congelamiento de sus cuentas.
#ÚltimaHora El Pleno aprueba reformar la denominación del Título Quinto y adicionar un capítulo V a dicho título de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de garantía de audiencia de personas incluidas en la lista de personas bloqueadas. Se turna al Ejecutivo federal. pic.twitter.com/Aij90pv3u5
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) February 15, 2022
Los cambios a la fracción I del artículo 116 Bis 2, establecen que “previa solicitud del interesado [ante la UIF], se le otorgará audiencia para que, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al que la institución de crédito correspondiente le hubiera notificado los fundamentos, causa o causas de su inclusión en la lista de personas bloqueadas y manifieste por escrito o de manera verbal lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos”.
La Diputada por Morena, Aleida Alavez, indicó que la modificación busca "simplificar" la obligación de notificar a todos los usuarios porque la institución gubernamental no cuenta con suficientes recursos materiales y humanos para hacerlo.
“Se trata de simplificar. La obligación para notificar, a todos los usuarios que se incluyan en la lista de personas bloqueadas, por la Unidad de Inteligencia Financiera es materialmente imposible de atender, toda vez que no tiene los recursos humanos y materiales para atender la disposición como se había planteado, mientras que los bancos sí la tienen, y operativamente está demostrada su eficiencia”, indicó durante la sesión de este martes.
El dictamen será enviado al Poder Ejecutivo federal para ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.