El Presidente López Obrador pidió al INAI hacer públicos los ingresos y bienes del periodista Carlos Loret de Mola, una facultad que el instituto no posee ya que viola la Ley de Protección de Datos Personales, coincidieron expertas en temas de transparencia.
Ciudad de México, 15 de febrero (SinEmbargo).– El Presidente Andrés Manuel López Obrador ha difundido en los últimos días información sobre las supuestas ganancias anuales del periodista Carlos Loret de Mola, además de pedirle al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) a través de una carta que investigue el origen de su riqueza, no obstante especialistas en temas de transparencia indicaron que el organismo no tiene facultades para ello.
Expertas consultadas por SinEmbargo coincidieron en que al difundir datos públicos el Presidente atentó contra la protección de datos y la libertad de expresión. Además, alertaron que no se sabe si funcionarios públicos cometieron irregularidades que permitieron la difusión de dichas cifras.
López Obrador difundió desde el 11 de febrero en su conferencia matutina datos que, según afirmó, le hicieron llegar de manera anónima en la Oficina de Atención Ciudadana de la Presidencia sobre el ingreso anual del periodista Loret de Mola en 2021. La exhibición desde Palacio Nacional tuvo lugar 14 días después de la publicación de un reportaje de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) y el medio Latinus donde se reveló que José Ramón López Beltrán y su pareja, Carolyn Adams, ocuparon en 2019 y 2020 una casa cuyo dueño es Keith L. Schilling, ejecutivo de Baker Hughes, empresa beneficiada con un contrato de Petróleos Mexicanos (Pemex) entre esos años.
María Marván Laborde, excomisionada presidenta del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) de 2002 a 2006, explicó que al difundir datos personales sensibles del comunicador se violó la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares porque no es un funcionario público, por ello ni él ni las empresas donde labora están obligados a transparentar sus ingresos anuales.
El derecho a la protección de datos personales también está reconocido en el Artículo 16 de la Constitución mexicana.
La también académica del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM detalló que el INAI sí tiene facultades para pronunciarse e investigar si desde la Presidencia se vulneró el derecho a la protección de datos personales.
“El Presidente tenía la obligación de no publicar esos datos aun cuando los hubiera recibido porque son datos personales sensibles, pero el INAI en un curso normal de las cosas [sin una queja de por medio] no podría hacer nada”, agregó.
El 14 de febrero el Consejo Consultivo del INAI recomendó a dicho instituto iniciar un procedimiento de oficio por la exhibición de los datos de Loret de Mola y le pidió que emitiera medidas cautelares y de apremio “ante un daño inminente o irreparable en materia de privacidad”.
Recomendamos al @INAImexico iniciar procedimientos de oficio para garantizar el derecho a la protección de los datos en caso de #LoretdeMola y cualquier otro similar, y la adopción de medidas cautelares y de apremio ante un daño inminente o irreparable en materia de privacidad pic.twitter.com/m8rIhk18wE
— Consejo Consultivo INAI (@ConsejoConINAI) February 15, 2022
Este martes, el Presidente difundió una carta dirigida a Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada presidenta del INAI, donde pidió que el instituto realice “una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes y el origen de la riqueza que de Carlos Loret, sus socios y familiares”.
Marván Laborde enfatizó que el INAI “no tiene absolutamente ninguna facultad para investigar cuánto gana y qué propiedades tiene un particular, bajo ninguna circunstancia. Quien puede investigar esto es la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), sólo si hay una razón fundada, como en el supuesto de que se investigue a alguien por ilícitos”.
CPM Presidente AMLO carta INAI, 15feb22La protección de los datos personales también está definida en el artículo 6 de la Constitución donde se diferencian dos derechos: 1) El acceso a la información pública, es decir, la que está en poder de las autoridades, como los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; 2) El derecho a la protección de datos personales y la vida privada.
En la conferencia de prensa de este lunes, el Presidente mencionó que los medios tienen que transparentar su información porque “tienen que ver con lo público, todos, son entidades de interés público, son concesiones que otorga el Estado”, dijo.
Marván Laborde explicó que las empresas privadas dueñas de medios no deben publicar los sueldos de sus empleados:
“En México hay medios públicos y privados, los medios que él está citando son privados y en ninguna parte, en la Ley de Medios y en ninguna otra ley está establecido que los emolumentos que reciben los funcionarios sean públicos”, opinó.
"Yo no sé por qué se alebrestaron tanto porque señale aquí una información sobre lo que gana Loret de Mola"
Son las primeras declaraciones del presidente @lopezobrador_ después de exhibir el supuesto sueldo de un ciudadano a nivel nacional.
No entiende que no entiende 🙄 pic.twitter.com/lWpFOa1R0d
— Ruido en la Red (@RuidoEnLaRed) February 14, 2022
INVESTIGACIÓN SOBRE UN CONFLICTO DE INTERÉS
Entre las acusaciones por las supuestas ganancias millonarias de Loret de Mola, un tema que pareció quedarse atrás en las últimas semanas es si las autoridades agotarán las líneas de investigación que podrían relacionar a funcionarios federales con un conflicto de interés por la casa que el hijo del Presidente ocupó en años pasados.
La abogada Adriana Greaves, cofundadora de Tojil, explicó que la Secretaría de la Función Pública (SFP) podría iniciar una investigación para descartar algún conflicto, pero si se encontrara un delito la Fiscalía General de la República tendría que intervenir para buscar sanciones.
Estefania Medina Ruvalcaba, también de esta organización, reconoció que aunque hay poca información sobre el tema, la SFP tendría que abrir un caso.
“Con la información periodística que se tiene actualmente sería crucial en estos momentos que la función pública pudiera investigar si efectivamente estamos frente a un caso complejo que involucre tráfico de influencias. Ante la duda y ante los datos que se han ventilado, es importante se genere esa investigación”, expuso.
Luego de ser señalado junto a su esposa Carolyn Adams de vivir en una casa en Houston, Texas, propiedad del empresario de una compañía relacionada con Pemex, José Ramón López Beltrán aseguró el domingo por la noche que “no hubo ni habrá” conflicto de interés sobre su situación contractual, ya que no tiene injerencia en el Gobierno del país.
Mi situación laboral actual: https://t.co/s7oLSmee5P
— José Ramón López Beltrán (@_30JR40_) February 14, 2022
La mañana de este martes López Obrador se refirió al tema dijo estar orgulloso de cómo sus hijos “resisten” desde hace años al espionaje y el acoso por su actividad política.
“Entonces ya ellos saben qué es esto. Me da mucho orgullo que resistan y se han portado bien, aunque saben que una cosa es lo familiar y otra cosa es el servicio público. Lo saben perfectamente”, expresó.
Por su parte, legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) han presentado dos denuncias ante la SFP por el posible conflicto de interés en el que incurrió López Beltrán al habitar la casa en Texas y por su relación laboral con KEI Partners, una firma en Estados Unidos que tiene como socios a Karla Wiedemann e Iván y Ericka Chávez, hijos de Daniel Chávez Morán, fundador de Vidanta, quien supervisa las labores de supervisión del Tren Maya.
¿DE DÓNDE VINO LA INFORMACIÓN?
Para las abogadas Adriana Greaves y Estefania Medina los datos exhibidos por el Presidente López Obrador también son preocupantes porque no se sabe de dónde los obtuvo o si son verídicos, el mandatario solo ha asegurado que los conoció de manera anónima. Por ello, destacaron que la Fiscalía General de la República tendría que iniciar una investigación para averiguar de dónde vino y, en su caso, deslindar responsabilidades.
Adriana Greaves explicó que solo la UIF, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Comisión Nacional Bancaria de Valores pueden tener acceso a datos sobre ingresos y cuentas bancarias.
Las excepciones al secreto bancario, una obligación definida en la Ley de Instituciones de Crédito, establecen que el Ministerio Público podría obtener información sobre las cuentas bancarias de un particular si estuviera haciendo una investigación, y para ello tendría que pedir una autorización al juez; de igual forma si el SAT realizara una investigación en términos de comprobación física, o la UIF otra en términos de lavado de dinero
“Pero ninguno de estas autoridades o ninguna otra tiene el derecho de compartir eso, ni al público en general, ni tampoco con otros funcionarios que no tengan que ver con esa labor específica que se está desarrollando. Entonces, cualquier información que se obtenga a través de estos medios legales y se dé a conocer evidentemente se está incurriendo en un delito o en una falta administrativa. La pregunta es cuál fue la fuente de la que se obtuvo [la información sobre Loret de Mola]”, expuso Estefania Medina.
Las abogadas insistieron en que la FGR debe investigar quién proporcionó esa información. “Si se pide esa investigación podríamos conocer de manera mucho más detallada de dónde se obtuvo y que se generen en su caso responsabilidades al respecto y se sancione a funcionarios que han generado o dado conocer de manera irregular esa información”, agregó la cofundadora de Tojil.