México

El Senado de la República aprueba la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

14/12/2021 - 7:11 pm

Dicha ley fue aprobada con la finalidad de reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por accidentes viales, y de dar prioridad al desplazamiento de las personas, particularmente de grupos en situación de vulnerabilidad.

Ciudad de México, 14 de diciembre (SinEmbargo).- El Senado de la República aprobó este martes en lo general y en lo particular la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la cual fue turnada a la Cámara de Diputados para su discusión.

Con 104 votos a favor y dos abstenciones, los senadores avalaron los mecanismos y acciones para la gestión de factores de riesgo que permitan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por accidentes viales.

Asimismo, el nuevo ordenamiento da prioridad al desplazamiento de las personas, particularmente de grupos en situación de vulnerabilidad, así como de bienes y mercancías, con base en una jerarquía de movilidad que disminuya los impactos negativos en materia económica, salud y medio ambiente.

Así, el Senado definió los límites de velocidad a nivel nacional de la siguiente manera: 50 kilómetros por hora dentro de zonas urbanas y  en avenidas primarias sin acceso controlado; 30 kilómetro por hora en calles secundarias y calles terciarias; y tanto en carriles centrales de avenidas de acceso controlado como en carreteras estatales fuera de zonas urbanas, 80 kilómetros por hora.

Y en autopistas y carreteras federales del país, el máximo de velocidad para automóviles particulares será 110 kilómetros por hora; 95 para autobuses y 80 kilómetros para camiones y tráileres

En cuanto a lo particular, la asamblea aceptó una modificación al artículo 44, presentada por el Senador Gilberto Herrera Ruiz, de Morena, para que estados, municipios y demarcaciones territoriales provean de transporte público gratuito a niñas, niños y adolescentes, en las localidades rurales e insulares.

El legislador explicó que se trata de evitar que las y los menores caminen más de 30 minutos o un kilómetro para asistir a la primaria, y alrededor de 60 minutos o tres kilómetros para acudir a la secundaria o al nivel media superior.

Además, el pleno rechazó las reservas a los artículos 7, 8, 48, 49, 50, 52, 54, 60, 62, y las adiciones del artículo 53 y del artículo 54 Bis, así como de un sexto transitorio, presentadas por la Senadora Nancy de la Sierra Arámburo y Emilio Álvarez Icaza Longoria, del Grupo Plural; Xóchitl Gálvez Ruíz, Víctor Oswaldo Fuentes Solís y Damián Zepeda Vidales, del Partido Acción Nacional (PAN), por lo que dichas disposiciones quedaron en los términos del dictamen, con 75 votos a favor y 23 en contra.

Cabe destacar que la asamblea aprobó eliminar el artículo 7 de dicha Ley sobre la responsabilidad subjetiva en el tránsito de las y los usuarios de vehículos motorizados y medios no motorizados.

Esta ley busca reducir las muertes y lesiones ocasionadas por accidentes viales. Foto: Crisanta Espinosa, Cuartoscuro.

La presidenta de la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad, Patricia Mercado, aseveró que la suma de voluntades que fortalecieron este proyecto, será necesaria en el futuro para que la ciudadanía conozca este ordenamiento legal, se apropie de él e incida en su aplicación por parte de las autoridades.

En tanto, la Senadora de Movimiento Ciudadano reveló que se avanzó en dos componentes: la regulación y la planeación, pues modificar las conductas y cultura vial no sólo requiere poner límites, sino una visión de la movilidad incluyente.

“Concebimos esta Ley para fortalecer el desarrollo de ciudades más humanas, para que coexistan diversos tipos de movilidad, dejando atrás viajes complicados y riesgosos”; el núcleo de este ordenamiento, y agregó, “está en darle prioridad a las personas peatonales y a usuarias más vulnerables de las vías”.

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