El Tribunal Electoral confirmó la resolución del INE para dar a Encuentro Solidario el registro como partido político, la organización surgió del extinto PES.
Ciudad de México, 14 de octubre (SinEmbargo).– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aceptó dar a la organización política del Partido Encuentro Social (PES) su registro como partido político, pese a una larga discusión que se centró en si ese organismo incurrió en violaciones al principio de laicidad por parte de varios ministros de culto. Además, magistrados otorgaron el registro de Redes Sociales Progresistas.
Con ello, el TEPJF confirmó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) que, a inicios de septiembre pasado, concedió el registro a Encuentro Solidario, el supuesto nuevo PES, una organización con ligas religiosas y que perdió el registro luego de la elección federal de julio de 2018; esta organización, además, apoyó al entonces candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador.
Antes de la discusión de esta noche, el proyecto de la Magistrada Janine Otálora Malassis propuso con claridad dictar sentencia “en el sentido de revocar lisa y llanamente la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral identificada con la clave INE/CG271/2020”.
“A juicio de este Tribunal Electoral, la violación al principio de laicidad (…) genera una afectación de especial intensidad al proceso de constitución de partidos políticos que no es reparable con la simple anulación de las asambleas en que se acreditó la intervención de dirigentes y personas investidas de una ministratura en asociaciones religiosas”, planteó el proyecto de la Ministra.
Esta noche, la mayoría de los magistrados de la Sala Superior consideraron que la presencia de ministros de culto en el proceso de integración de este nuevo PES “no invalida su registro como partido político”.
Aunque en el largo debate se insistió en el riesgo de injerencia de líderes evangélicos en esta organización –se documentó la presencia de 15 ministros de culto en seis asambleas que fueron anuladas–, al final sólo la Ministra Otálora votó en contra de que se le registrara como partido.
Durante su intervención, el Magistrado Indalfer Infante Gonzales recordó que se acreditó la asistencia de 15 ministros de culto en 10 asambleas distritales, entre ellas 11 personas estaban afiliadas, 12 fungieron como secretarias para recabar apoyo, siete personas ocuparon cargos en el desarrollo de las asambleas estatales, tres recabaron apoyos por medio de la aplicación del INE con 647 registros y cuatro personas realizaron aportaciones económicas por 34 mil 226.50 pesos.
Sin embargo, opinó que “estas conductas no son de una gravedad que conlleven necesariamente a la negativa del registro”.
REDES SOCIALES PROGRESISTAS
La Sala Superior del TEPJF también aprobó el registro como partido político de la organización Redes Sociales Progresistas, con lo que revocó la resolución que el INE emitió en septiembre.
La organización está ligada a la exdirigente sindical Elba Esther Gordillo a través de su yerno, Fernando González.
Sin embargo, el Tribunal rechazó que se vuelva a realizar el proceso de fiscalización como se propuso.
“No existe determinación alguna en la que se sustenten las irregularidades que consideró el Consejo General como premisas fácticas para negar la solicitud de registro, aunado a que se encuentran firmes el resto de las consideraciones en las que se justificó el cumplimiento de los diversos requisitos legales”, establece el proyecto avalado por el TEPJF.
El día de hoy es un día histórico, el @TEPJF_informa nos ha dado la razón y ha fallado a nuestro favor!!
Hoy triunfa la democracia y nacemos como fuerza política en #Mexico una nueva opción ciudadana para las elecciones del 2021. #YaSomosPartidoRSP#JuntosAdelante pic.twitter.com/472ix9uNIU
— José Fernando González Sánchez (@JFernandoGS) October 15, 2020
El TEPJF ordenó al Consejo General del INE emitir una nueva resolución y otorgar el registro como partido político nacional a la organización luego de validar las asambleas estatales realizadas en Morelos, Chiapas, la Ciudad de México, Durango, Guerrero, Puebla, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Yucatán, las cuales se habían cancelado.
El tribunal no acreditó la intervención de organizaciones sindicales en la celebración de dichas asambleas.