Leopoldo Maldonado
14/06/2024 - 12:02 am
La Corte que necesitamos
Esperemos que la reforma a la justicia no se limite a lo anunciado y se discuta la necesidad de cambiar de fondo a las fiscalías también. Esperemos, también, que no resulte contraproducente para avances importantes en materia de derechos humanos que se dieron por la vía judicial.
No cabe duda de que hace falta reformar al Poder Judicial. O, mejor dicho, a los poderes judiciales, incluyendo a los estatales. Pero no hay nada peor que perseguir buenas acciones por los peores motivos, y parece que eso nos pasa con la reforma constitucional que está por aprobarse.
El sentimiento de injusticia es prácticamente compartido por toda la población. Hay un consenso -en eso sí- sobre la necesidad de erradicar el pacto de impunidad y el de silencio que le acompaña. Dichos acuerdos entre poderes de fáctico y formales, legales e ilegales, han provocado una terrible crisis de inseguridad y violencia que está lejos de resolverse.
Por ello es sesgado culpar al Poder Judicial como únicos responsables de este mal que ya ha provocado 187 mil personas muertas en el último sexenio y 116 mil personas desaparecidas desde la segunda mitad del siglo XX. Cabe recordar que lo que hoy se conoce como gobernanza criminal requiere de políticos, empresarios, policías, fiscales y jueces corruptos. De hecho, el cuello de botella son las fiscalías, que no pueden llevar ante jueces ni el 15 por ciento de los casos investigados.
Pero cuidado en pensar que la impunidad es leitmotiv de la reforma. En realidad, la reforma “en materia penal” es muy limitada y de corte punitivista: poner en prisión preventiva oficiosa a quien cometa extorsión, narcomenudeo, delitos fiscales, producción y tráfico de fentanilo. De las fiscalías, nada. Estas se mantendrán tal como están, es decir, como brazos ejecutores de presidentes y gobernadores en turno y espacios cooptados por intereses criminales, políticos y empresariales.
Entonces ¿por qué la reforma judicial es tan urgente para el Presidente saliente si no es para revertir la impunidad? Porque la SCJN invalidó el Plan B (reforma electoral vía legislación secundaria) y el traspaso definitivo de la Guardia Nacional a SEDENA. O porque declaró inconstitucional el decreto presidencial que reservaba información de sus mega-obras por motivos de “seguridad nacional”. O debido a que perfilaba declarar la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa, por mencionar algunos.
Amén que el fin de la gestión de Arturo Zaldívar como presidente de la SCJN y del Consejo de la Judicatura, cerró la posibilidad de “coordinar” tareas y temas de interés para este Gobierno.
Por eso no es casual que como parte de la propuesta de modificación al artículo 105 de la Constitución, se establezca la prohibición de suspender la norma tildada de inconstitucional mientras se resuelve una controversia constitucional o una acción de inconstitucionalidad. Por su parte, se propone en el cambio al artículo 107 que las sentencias de amparo contra normas generales no tengan efectos generales.
Pero vayamos al centro de la reforma ¿Qué decir de la elección popular de los operadores y operadoras de justicia? En realidad, es un salto al vacío que ni los defensores más duros de la llamada 4T defienden con la vehemencia acostumbrada. Las referencias a Bolivia no ayudan mucho para el experimento por el cual vamos a transitar.
La otra idea, en principio buena, es quitar el control del Consejo de la Judicatura a la propia presidencia de la SCJN. El problema es la solución propuesta: un Tribunal de Disciplina Judicial a la par del órgano de Administración de Justicia. Dichas entidades son susceptibles de convertirse en mecanismos (aún más) politizados de revisión y sanción del quehacer judicial.
Por ello, cuando menos, la reforma que viene genera incertidumbre… y mucha. Podemos discutir sobre la fuente de la legitimidad de los poderes judiciales. Si la obtienen de sus resoluciones tomadas con base en deliberación y argumentación sólidas. O si es por su capacidad de contener a las mayorías tomando como base los derechos, principios y valores constitucionales como “núcleo duro” inderogable. Pero a lo que vamos dista de ser mejor: una nueva captura política de quien imparte justicia. Pareciera que el problema real no era la parcialidad y la captura del pasado, sino la reticencia a ser capturados en el presente.
Mientras tanto vemos a una SCJN dando tumbos en temas de libertad de expresión. Preocupa el reciente aval a las reformas a la legislación de derechos de autor como probados medios de censura digital, o el aval a los llamados “delitos de halconeo” (en Aguascalientes) que en realidad buscan criminalizar la labor de búsqueda de información sobre temas de seguridad (cualquiera). Llama la atención porque la doctrina de libertad de expresión había sido la más consistente en clave de progresividad. Otro tema crucial, la prisión preventiva oficiosa y el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana, fue puesto en la congeladora dentro en la SCJN.
Es decepcionante que en momentos donde más necesita acreditar su compromiso con los derechos, la Corte deje pasar estas oportunidades. Ojalá eso no ocurra en los asuntos por venir. Es ahora el momento en que debe reivindicar los destellos importantes de protección de derechos para muchos colectivos y sectores (mujeres, infancias, personas con discapacidad, comunidad LGBTTI+, víctimas, pueblos indígenas).
Esperemos que la reforma a la justicia no se limite a lo anunciado y se discuta la necesidad de cambiar de fondo a las fiscalías también. Esperemos, también, que no resulte contraproducente para avances importantes en materia de derechos humanos que se dieron por la vía judicial.
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