Por un lado, la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a cargo de Santiago Nieto Castillo, ha bloqueado cuentas de sospechosos de lavado de dinero por más de 3 mil millones de pesos; por el otro, jueces han ordenado el descongelamiento de las 31 cuentas de los dueños de Grupo Hidrosina y las dos de Ismael Figueroa, el polémico líder sindical de los bomberos en la Ciudad de México, basados en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo declaró inconstitucional, a menos que provenga de una orden de un organismo internacional. Ante ello, el partido Morena ya impulsa una iniciativa en el Congreso para permitirlo.
Ciudad de México, 14 de abril (SinEmbargo).– La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda ha congelado cuentas por más de tres mil millones de pesos por lavado de dinero en delitos de corrupción, tráfico de drogas y robo de hidrocarburos, y ha presentado 38 denuncias ante la Fiscalía General de la República (FGR), para avanzar en sentencias condenatorias, ya que solo se tienen 22 hasta el momento frente a los 50 mil millones de dólares que se lavan de manera anual, de acuerdo con su titular Santiago Nieto Castillo.
Sin embargo, jueces han ordenado el descongelamiento de 31 cuentas en el caso de la empresa gasolinera Hidrosina, en el marco del combate al robo de hidrocarburos, y dos del líder sindical de bomberos de la Ciudad de México, Ismael Figueroa Flores, investigado por venta de plazas, basados en una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) entorno al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito que los legisladores de Morena han propuesto modificar para desobstaculizar la labor antilavado.
La facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera para congelar cuentas a sospechosos de cometer lavado de dinero en el ámbito nacional fue declarada inconstitucional por la SCJN desde octubre de 2017, pues estaría invadiendo las atribuciones del Ministerio Público a menos que la orden provenga de algún organismo internacional al que pertenezca México como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en razón de que no hay una garantía de audiencia en el ámbito local.
Pese a ello, la Jueza federal Alma Delia Aguilar Chávez Nava negó la solicitud de desbloqueo de tres cuentas al ex jefe de la Subdirección de Salvaguarda Estratégica de Pemex, Eduardo León Trauwitz, quien fue señalado por presunto robo de combustible, porque “significaría permitir que se verifiquen conductas posiblemente constitutivas de hechos ilícitos”. También el Juez federal Óscar Herrera Perea no dio la suspensión definitiva a la Universidad Autónoma de Hidalgo contra el bloqueo de sus cuentas por sospecha de lavado de al menos 150 millones de dólares provenientes de Suiza.
“Vamos a seguir con el congelamiento de cuentas, vamos a seguir mandando mensajes de autoridad, pero es importante que lo hagamos siempre dentro del ámbito del Estado de Derecho y las disposiciones de carácter general establecen una garantía de audiencia”, aseguró el titular de la UIF, Santiago Nieto, al recibir la medalla Ignacio L. Vallarta por parte del Consejo Nacional de la Abogacía el jueves pasado.
Por ello planteó la necesidad de que la garantía de audiencia de las personas señaladas esté plasmada a nivel legal, como lo propuso Morena en el Senado, para que no quede en disposiciones de carácter general y se llegue a los amparos que exijan el descongelamiento.
“Si se acredita que las operaciones son con recursos de procedencia ilícita –a menos que se hubiera dado un aseguramiento a nivel ministerial o hubiera una denuncia que siguiera su curso a la FGR o fiscalías locales– no habría razón para no revocar ese tipo de decisiones”, afirmó Nieto.
Dos días después, anunció junto con la Procuradora de la Ciudad de México Ernestina Godoy Ramos el congelamiento de cuentas de siete personas físicas y siete personas morales, y de Ignacio N, presunto líder de la red de trata de personas “Zona divas” tras detectar seis empresas de publicidad, construcción y servicios de consultoría en administración de la Ciudad de México y Quintana Roo, donde presuntamente desarrollaban las operaciones de lavado de dinero.
“Respecto a la decisión de la Suprema Corte de Justicia hay que decir que en un Estado constitucional de Derecho las sentencias se acatan, no se discuten. Pero lo que ha señalado la SCJN es que el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito puede ser considerado inconstitucional cuando el procedimiento no tiene un sustento de carácter supranacional derivado de las obligaciones del Estado mexicano”, reiteró Nieto.
“Esto ha llevado a que la fracción parlamentaria de Morena en el Senado de la República haya presentado una iniciativa para establecer una garantía de audiencia a nivel legal para efecto de brincar o eliminar cualquier duda respecto a la constitucionalidad. Creo que es importante que esa iniciativa de reforma constitucional que ha probado el Senado y se encuentra en la Cámara de Diputados siga el cause legislativo”, agregó.
El 5 de marzo, el pleno del Senado modificó la Ley de Instituciones de Crédito para fortalecer el mecanismo de bloqueo de cuentas a personas señaladas por presunto lavado de dinero, al dar derecho de audiencia ante la Secretaría de Hacienda a quienes sean incluidos en la “lista de personas bloqueadas” para que ofrezcan pruebas a su favor. El dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados.
De aprobarse por los diputados, la Unidad de Inteligencia Financiera deberá fundamentar la inclusión del interesado en la lista de personas con recursos bloqueados, y si procede o no su eliminación del listado.
“Muy importante para el combate al lavado de dinero y delitos relacionados, incluidos los de corrupción, la iniciativa aprobada por el Senado de la República para reformar la Ley de Instituciones de Crédito en materia de lista de personas bloqueadas (congelamiento de cuentas)”, celebró Nieto Castillo en Twitter.
EL OBSTÁCULO CONTRA LA UIF
El congelamiento de cuentas a sospechosos de cometer lavado se implementó en México desde el 2014, tras la recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre inmovilizar activos de delincuentes de forma inmediata.
Aunque el 4 de octubre de 2017, a partir del caso de una empresa que promovió el amparo 1214/2016, los ministros de la Primera Sala declararon inconstitucional el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, en la parte en que se autoriza a la UIF a emitir una “lista de personas bloqueadas” que les impide hacer uso de los servicios financieros.
Los ministros consideraron que contraviene a lo establecido en el artículo 21 constitucional, al invadir las facultades del Ministerio Público, ya que el bloqueo de cuentas bancarias únicamente puede ser procedente mediante control judicial y a petición del Ministerio Público. Ante ello, el Departamento de Estado de Estados Unidos expuso en un informe sobre control de narcóticos que “un fallo de la Suprema Corte de octubre del 2017 puede afectar la capacidad del Gobierno federal para congelar las cuentas vinculadas a actividades ilícitas”.
El 21 de febrero de 2018, los ministros de la Segunda Sala consideraron que la UIF solo puede bloquear cuentas cuando sea realizado en cumplimiento a una petición expresa de un Estado miembro de alguno de estos grupos internacionales como el GAFI o a la resolución de un organismo internacional.
“¿La UIF puede emitir una ‘lista de personas bloqueadas’ y ordenar el congelamiento de esas cuentas bancarias? La respuesta de la Segunda Sala de la Corte es sí, pero únicamente cuando este bloqueo sea en acatamiento a una resolución internacional o atienda a una solicitud expresa de un Estado miembro de los grupos internacionales de los que México forma parte. De otra manera, el bloqueo estaría basado en una norma que no se encuentra relacionada con procedimiento alguno, ya sea jurisdiccional o administrativo”, explicó el abogado de la Universidad Anáhuac, Alfonso Cruz Sotomayor en un texto de la revista Nexos.
Pero no considera que esta determinación favorezca la comisión o impunidad de delitos económicos y financieros, ya que “el Ministerio Público, en ejercicio de sus facultades investigadoras, puede válidamente utilizar la información recabada por la UIF para armar sus carpetas de investigación e iniciar un procedimiento penal”.
EL AMPARO DE HIDROSINA
Durante el inicio del combate al huachicoleo, la Unidad de Inteligencia Financiera ordenó bloquear 31 cuentas bancarias de los hermanos Jesús Gabriel, William Jorge y Paul Karam Kassab de la empresa gasolinera Hidrosina, por lo que, basados en lo señalado por la Suprema Corte, el 28 de enero iniciaron un juicio de amparo contra la medida.
Grupo Hidrosina fue la primera marca alterna a Petróleos Mexicanos (Pemex) que comenzó a vender combustible en junio de 2016 y tiene 210 estaciones, sobre todo en la Ciudad (60) y Estado de México (41), que concentra la mayor venta de gasolinas a nivel nacional.
El Juez federal Francisco Gorka Migoni Goslinga les concedió la suspensión provisional para que las cuentas sean desbloqueadas, ya que los empresarios argumentaron no haber sido sancionados en materia financiera por alguna autoridad extranjera o algún organismo multilateral internacional y “se llegaría al extremo de la posible quiebra”, expusieron en el amparo.
Ante ello, la UIF interpuso un recurso de queja para que un Tribunal Colegiado deje sin efectos la suspensión provisional que permitió el desbloqueo de las cuentas bancarias.
William Jorge Karam Kassab, el dueño de Hidrosina, ha sido relacionado con uno de los prestanombres del ex Gobernador de Veracruz Javier Duarte de Ochoa y con el ecocidio en el Manglar de Tajamar.
La UIF y la entonces Procuraduría General de la República (PGR) detectaron en noviembre de 2016 una empresa en la que Moisés Mansur Cysneiros, identificado por la autoridad como el prestanombres deDuarte, tenía como socio al gasolinero Karam Kassab, en una sociedad denominada Servicios Profesionales Jura, en el Estado de México.
Además, entre las 22 empresas que pretendían edificar en el Manglar Tajamar, y devastaron el área, estaba Inmobiliaria Moka, que tiene como representante al empresario William Jorge Karam Kassab.
EL LÍDER SINDICAL DE BOMBEROS
En marzo, la Unidad de Inteligencia Financiera bloqueó dos cuentas del Sindicato del Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México, a nombre de Ismael Figueroa Flores, su dirigente desde hace 11 años, quien ha sido denunciado ante la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México por venta de plazas en 250 mil pesos, acoso laboral y acoso sexual.
Sin embargo, esta semana el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa concedió la suspensión definitiva al líder del Sindicato de Bomberos de la Ciudad de México contra del congelamiento de las cuentas bancarias.
Días antes el Décimo Primer Tribunal Colegiado Administrativa concedió una suspensión provisional tras el amparo promovido por Figueroa Flores contra la UIF. “El ejercicio de la facultad de ordenar el bloqueo de cuentas bancarias, en términos del Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, ha sido declarado inconstitucional por la Corte”, resolvió el Tribunal.
Un bombero de la Ciudad de México, quien pidió el anonimato por temor a represalias, aseguró en entrevista que ese descongelamiento de cuentas no lo exime de otras “fechorías” que le investigan.
“A parte de enriquecimiento ilícito, también tiene venta de plazas, acoso laboral, acoso sexual, robo, falsificación de firmas”, acusó el vulcano basado en la serie de denuncias penales ante la Procuraduría de la Ciudad de México.
El líder sindical Ismael Figueroa les ha condicionado su equipo de trabajo y los beneficios del Contrato Colectivo de Trabajo a cambio de su apoyo, y comenzó la venta de plazas entre 200 y 250 mil pesos, acusó.
“Hay un caos en el cuerpo de bomberos”, dijo. “Estamos confiando muchos bomberos en que se logre su pronta detención. Nosotros sabemos que es un delincuente”.