México

"Es un hecho histórico"

AMLO y Alcalde celebran que TEPJF validara elección presidencial donde ganó Claudia

13/08/2024 - 10:27 am

La Sala Superior declaró ayer como improcedentes las impugnaciones presentadas por Xóchitl Gálvez Ruiz y por los partidos de oposición.

Ciudad de México, 13 de agosto (SinEmbargo).– El Presidente Andrés Manuel López Obrador celebró este martes que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmara la validez de la elección presidencial del pasado 2 de junio, lo que consideró como un “hecho histórico”, al igual que Luisa María Alcalde Luján, titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), quien detalló la determinación de la autoridad electoral.

Desde Palacio Nacional, el Presidente destacó que la deliberación del Tribunal Electoral ratifica que la elección fue “legal y legítima”, luego de analizar las impugnaciones de la excandidata presidencial Xóchitl Gálvez y los partidos de oposición.

“Ya el Tribunal Electoral ha calificado la elección presidencial. Es un hecho histórico, importante. Desde luego falta la ceremonia oficial, pero ya se llevó a cabo la reunión de deliberación entre los magistrados del Tribunal y ya resolvieron sobre la legalidad de la elección presidencial. Es algo muy importante”, dijo.

“Es una elección legal, legítima y todas las impugnaciones que se presentaron fueron desechadas por distintos motivos que aquí va a informar la Secretaria de Gobernación. Para la Nación, para México, para el país, es un ejemplo de cómo se puede llevar a cabo una transición pacífica, democrática, con apego a la Constitución, a las leyes y con la resolución de órganos electorales, nacionales”, agregó.

Por su parte, Alcalde Luján informó que ayer el TEPJF declaró, por unanimidad, la validez de la elección, pues ya resolvió todos los juicios promovidos por Gálvez Ruiz, y los juicios de inconformidad de los partidos de oposición.

La Secretaria de Gobernación detalló las decisiones del Tribunal al señalar que se desechó la demanda por Xóchitl Gálvez por carecer de interés jurídico “en virtud de que la excandidata no solicitó de forma expresa la nulidad de la elección”; que calificó como infundados los agravios expresados por la oposición; y que sobre la supuesta existencia de violencia generalizada o la incidencia del crimen organizado en la elección, se consideró que se trató de situaciones de violencia aislada o focalizada en lo municipal o local que no incidieron en los resultados de la elección presidencial.

“Respecto a los agravios expresados por los partidos políticos, se calificaron como infundados en virtud de que no acreditaron de forma alguna sus pretensiones, ya que las pruebas que se ofrecieron fueron insuficientes para poder acreditar la nulidad de la elección”, expresó.

“Por el otro lado, resolvieron como infundado el alegato consistente en la supuesta intervención sistemática e indebida de diversos sindicatos en favor de la candidata Claudia Sheinbaum al tratarse de un argumento genérico, en donde no se aportaron las circunstancias ni de modo, ni de tiempo, ni de lugar”, indicó.

Además, compartió que las y los magistrados establecieron que “los quejosos no acreditaron la existencia del uso indebido de programas sociales, ni la coacción, ni compra de votos, puesto que el material probatorio, consistente en notas periodísticas y publicaciones de redes sociales, no fueron en ningún caso medios que generaran convicción”.

“Sobre la pretensión de la nulidad de la votación recibida en casillas, la misma fue inoperante, ya que no ofrecieron pruebas para su acreditación. Siendo así, con todos estos argumentos, que fueron los que se expusieron en las diferentes impugnaciones, es que el Tribunal decide por unanimidad de votos validar la elección presidencial”, apuntó.

“Una transición pacífica, democrática, en paz que es finalmente resuelta por el máximo órgano en materia electoral y sin lugar a dudas pues un momento histórico para nuestra democracia”, concluyó.

El TEPJF desechó el lunes las quejas presentadas por la oposición para buscar la nulidad de la elección presidencial, por lo que consideró como válido el triunfo de Claudia Sheinbaum Pardo.

La Sala Superior declaró ayer como improcedentes las impugnaciones presentadas por la aspirante presidencial opositora, Xóchitl Gálvez Ruiz, al afirmar que no hubo una vulneración directa en los derechos político-electorales.

Los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, ponentes del proyecto de sentencia, argumentaron que las quejas presentadas contaban con “deficiencias probatorias”, pues sostuvieron que se limitaron a presentar mil 480 enlaces hacia notas periodísticas para supuestamente acreditar que existiera una campaña para beneficiar a una fuerza política.

Al respecto, el Magistrado Felipe de la Mata cuestionó si es posible anular una elección con una ventaja de 30 puntos respecto al segundo lugar con la mera aportación de enlaces. “Cuestionar la voluntad ciudadana con la exclusiva presentación de vínculos electrónicos no alcanza para acreditar los presuntos hechos”, añadió.

Durante la intervención de la Magistrada Claudia Valle, se señaló la gravedad de la consideración de la nulidad de la elección, hecho que ha buscado la oposición, pues consideró que dichos actores políticos debieron probar sus dichos con mayores elementos y no únicamente con notas periodísticas.

A pesar de que el Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón reconoció la supuesta existencia de malas prácticas que “no cumplen la integridad electoral”, éstas no constituyen la anulación de la elección presidencial, pues aceptó que el Instituto Nacional Electoral (INE) cumplió con su tarea y, por su parte, la ciudadanía votó y, en consecuencia, dio el triunfo a Claudia Sheinbaum.

Los magistrados recordaron la última decisión que puede tomar el TEPJF es la nulidad de una elección, la cual la Ley establece que sólo podrá ser declarada así por violaciones graves y dolosas. Asimismo, insistieron en que declarar nulos los comicios sólo sería posible cuando existiera una diferencia menor al cinco de votación entre el primer y segundo lugar.

El pasado 8 de agosto, la Sala Superior del TEPJF aprobó la votación de la elección presidencial del 2 de junio, sin anular ninguno de los 35 millones 924 mil 519 votos que recibió en las urnas Claudia Sheinbaum. La resolución se dio al estudiar 233 juicios de inconformidad presentados por la oposición en contra de los cómputos de la elección presidencial.

En la sesión del TEPJF participó por primera vez la Magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien fue convocada ante la falta de los integrantes que requiere la Ley para efectuar la calificación de la elección.

Los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Claudia Valle fueron quienes plantearon desestimar los juicios promovidos por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC). En contraste, los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón se pronunciaron por la nulidad de 66 casillas de las 170 mil por ser integradas por personas no autorizadas.

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