La negligencia ocurrió cuando la madre de la bebé tenía 39 semanas de embarazo y acudió al nosocomio para que le realizaran un ultrasonido de control prenatal; pero al practicárselo, el médico radiólogo no llevó a cabo un interrogatorio clínico necesario, el cual, de haberlo hecho como era su obligación, habría permitido prevenir el grado de afectación de la niña que estaba por nacer para canalizarla de inmediato a urgencias, pero no lo hizo, según señala la queja de la afectada.
Ciudad de México, 13 de julio (SinEmbargo).- Una bebé nació con daño cerebral debido a la negligencia de un médico radiólogo del Hospital Central Norte Azcapotzalco de Petróleos Mexicanos (PEMEX) de la Ciudad de México que brindó una inadecuada atención médica prenatal a la madre de víctima y durante el parto, determinó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)en una recomendación emitida al director general de la empresa, Octavio Romero Oropeza.
El organismo emitió la recomendación 25/2019 en donde determinó que el Hospital de Pemex vulneró los derechos humanos a la producción a la salud de la madre, y a la integridad personal y al interés superior de la niñez en agravio de la infante: “La bebé nació el 13 de octubre de 2016 con asfixia perinatal y lesiones cerebrales, generadas por la inadecuada atención médica que recibió”, señala un comunicado de prensa.
Los agravios se cometieron, explicó el organismo, cuando la madre de la bebé tenía 39 semanas de embarazo y acudió al nosocomio para que le realizaran un ultrasonido de control prenatal; pero al practicárselo, el médico radiólogo no llevó a cabo un interrogatorio clínico respecto del desarrollo de su embarazo y así calcular las semanas de gestación, ni canalizó de inmediato a la mujer al servicio de urgencias.
De haber realizado el interrogatorio clínico, “habría permitido prevenir el grado de afectación de la niña que estaba por nacer, pero el médico se limitó a preguntar a la madre ‘si se sentía bien’, afirmó que “el bebé era pequeño””, detalla el informe emitido el la CNDH.
En la queja presentada, la madre de la mamá destacó que en ese momento ella preguntó que si habría algún problema con dicha situación, y el médico sólo le dijo que “el bebé era pequeño”, le preguntó a la madre cuándo sería su próxima cita en ginecología, entregó los resultados del ultrasonido y dio por terminada la consulta.
Durante la cita de control en ginecología, cuando la médica obstetra vio los resultados ultrasonido, llamó por teléfono a la extensión del radiólogo y le preguntó si los datos eran correctos; el especialista contestó afirmativamente.
La reacción de la médica alertó a la víctima ya que la doctora le dijo al doctor que “sería su responsabilidad si había complicaciones al no advertir del bajo peso del producto y del cual tuvo conocimiento al momento de realizar dicho estudio”, recordó la víctima en su queja.
La queja también relata que la médica ordenó realizar un nuevo ultrasonido de urgencia y la mujer fue trasladada al área de ultrasonografía, !donde el mismo médico se negó a hacer un nuevo estudio”, explica el organismo.
Otros médicos generales y enfermeras que le dijeron que el caso era de urgencia. Una segunda doctora ordenó que la mujer fuera llevada inmediatamente al quirófano para practicarle la cesárea.
La infante nació por cesaría con solo 39 semanas de gestación, con frecuencia cardíaca baja, asfixia perinatal severa con daño a cerebro, corazón e hígado. La infante pesaba solo 2,260 gramos. La mamá fue dada de alta pero la pequeña duró hospitalizada 26 días, ya que tenía asfixia perinatal severa con daño a órgano blanco, lesión miocárdica hipóxico-isquémica, síndrome colestásico y hematomas cerebrales.
“Madre y padre de la niña informaron también que, posterior a su nacimiento, su hija recibió atención con terapias de neurodesarrollo en dicho hospital, y les dijeron que un equipo médico multidisciplinario diagnosticaría las lesiones que presentaba; sin embargo, esta atención fue interrumpida a los ocho meses, ya que el padre de la niña causó baja en PEMEX”, abundó el organismo en un boletín.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos concluyó que se violaron los derechos humanos de la bebé y su madre y ordenó al Director General de PEMEX a que se repare de manera integral el daño ocasionado a la menor de edad y a sus padres.
Las víctimas deberán quedar inscritas en el Registro Nacional de Víctimas, para que tengan acceso en lo conducente al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y se deberá proporcionar la atención médica de rehabilitación que requiera la niña de forma vitalicia, y psicológica que requieran sus progenitores, e implementar un programa de supervisión para el correcto funcionamiento del equipo médico de dicho hospital, para que garantice el disfrute del derecho a la protección de la salud de los usuarios con calidad y eficiencia.
Además, también instó a que se presente una queja contra el médico radiólogo ante el Órgano Interno de Control en PEMEX; incorporar copia de la Recomendación en su expediente laboral; emitir una circular al personal médico de Radiología e Imagen de ese nosocomio para que entregue copia de la certificación y recertificación que tramite ante los Consejos de Especialidades Médicas, y capacitarlo sobre el derecho a la protección materno infantil, interés superior de la niñez.