Entre 2009 y 2016, la asociación civil, Ciudad de los Niños en Salamanca, a cargo del padre Pedro Gutiérrez Farías, recibió al menos 30 millones 354 mil 995 pesos, según reportes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su reporte de donatarias.
En la denuncia anónima que puso al descubierto las violaciones a los derechos de los menores de edad albergados, también se señala que hay desvío de recursos, pero esto, no ha sido investigado. El estado de Guanajuato carece de un registro de las instituciones de beneficencia que trabajan en favor de menores de edad en la entidad; la situación contraviene la Ley de derechos de niños, niñas y adolescentes.
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Por Kennia Velázquez Carranza
León, Guanajuato, 13 de julio (SinEmbargo/ZonaFranca).– La casa hogar Ciudad de los Niños de Salamanca, a cargo del presbítero Pedro Gutiérrez Farías, recibió en los últimos siete años por lo menos 30 millones de pesos de recursos públicos y privados, de acuerdo con cifras reportadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La institución ha sido señalada por una juez federal como lugar no seguro para los menores que la habitan, quienes están expuestos a riesgo de violencia física, sexual y sicológica.
Por otra parte, en Guanajuato no existe un registro del número total de casas hogares de la entidad, sólo se sabe de aquellas que reciben recurso público, que hasta el año pasado eran 65 en dónde se encontraban albergados 984 niños, niñas y adolescentes.
Esa situación contraviene lo señalado por la Ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes del estado de Guanajuato que responsabiliza a las autoridades: “están obligados a garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como prever, primordialmente las acciones y mecanismos que les permitan un crecimiento y desarrollo integral pleno”.
Según la información solicitada a la Unidad de Acceso a la Información Pública, hasta septiembre de 2016 no se contaba con un padrón de casas de asistencia para menores, el único registro que se tiene es el de la asociaciones beneficiadas dentro del Programa de Fortalecimiento a las Organizaciones de la Sociedad Civil.
En el Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social sólo se encuentran dos casas hogar, un albergue y un espacio de protección a los derechos de los niños en Guanajuato.
Esta falta de regulación ha permitido la existencia de espacios como Ciudad de los Niños en Salamanca, en la que según se informó el martes pasado en Zona Franca además de las graves violaciones a los derechos humanos, carecían de los requisitos mínimos para operar.
MÁS DE 30 MILLONES PARA ASOCIACIÓN
Entre 2009 y 2016, la asociación civil, Ciudad de los Niños en Salamanca a cargo del padre Pedro Gutiérrez Farías recibió al menos 30 millones 354 mil 995 pesos, según reportes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su reporte de donatarias. En la denuncia anónima que puso al descubierto las violaciones a los derechos de los menores de edad albergados, también señala que hay desvío de recursos, pero esto, no ha sido investigado.
En el reporte se detallan los donativos en efectivo y especie, procedentes de recursos nacionales y extranjeros de las asociaciones civiles. Sin embargo, en el año 2015, la asociación del padre Pedro no reportó haber recibido apoyos, cuando existen datos de que obtuvo 132 mil pesos de gobierno del estado de Guanajuato.
Información entregada por Gobierno del Estado indica que se le proporcionaron 4 millones 22 mil 375 pesos a Ciudad de los Niños en Salamanca en un lapso de 5 años.
Mientras que en dos años, el Gobierno Federal le otorgó 624 mil 825 en dos años: 249 mil 825 pesos en 2009 y 375 mil pesos en 2012.
ESTADO INCUMPLIÓ
A pesar de que la asociación civil recibe recursos públicos, no se revisó que contara con los requisitos indispensables para operar ni que se diera buen uso de los mismos. Así queda evidenciado en la resolución del juicio de amparo indirecto número 475/2016-VIII emitida por la juez Karla María Macías Lovera, del juzgado Noveno de Distrito en Irapuato.
En la sentencia, se constata que la A.C. no cuenta con certificado de registro y funcionamiento expedido por el Consejo Estatal de Asistencia Social, ni certificación de registro y funcionamiento de protección civil, ni dictamen de idoneidad expedida por la Procuraduría Social, ni está inscrita en el Patrón de Organizaciones de Asistencia Social. Tampoco cuenta con la certificación de calidad de los servicios de asistencia social que ofrecen a la población, por parte del Sistema Nacional y para el Desarrollo Integral de la Familia, ni con registro en el Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social, violando de esta manera, la Ley de organizaciones de asistencia social para el Estado de Guanajuato.
La juez federal argumenta en el fallo que el hecho de que no cuenten “con los permisos, autorizaciones ni registros necesarios para su funcionamiento, los cuales, como se precisó, resultan idóneos para garantizar el correcto y adecuado funcionamiento de los centros en beneficio de sus residentes”.
Ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes del estado de Guanajuato establece en el artículo 6 que tanto las autoridades estatales, como municipales y los organismos autónomos, “están obligados a garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como prever, primordialmente las acciones y mecanismos que les permitan un crecimiento y desarrollo integral pleno”. En el expediente del amparo, es evidente que funcionarios de la Procuraduría de Derechos Humanos, las secretarías de Educación, de Salud, el DIF, el registro Civil, entre otras, tuvieron conocimiento de algunas anomalías y no solicitaron mayor información.
A lo largo del análisis realizado por la magistrada Macías encuentra que los niños, niñas y jóvenes se les ha transgredido los derechos a la identidad; a vivir en familia; el acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal; a la salud, a la intimidad, a una vida digna y al acceso a la justicia.
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Menciona como ejemplo, que el agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad Especializada en Combate a la Trata de Personas y Corrupción de Menores del Estado de Guanajuato, tras un año de haberse realizado las denuncias, no se ha ejercido acción penal, por lo que considera que se “debe investigar los hechos de manera pronta, exhaustiva, diligente, acuciosa, puntual, ágil, completa, imparcial, objetiva, expedita, independiente, autónoma, objetiva, técnica y profesional”.
Señala la responsabilidad del DIF Guanajuato de ser omiso en la localización y reunificación de la familia con los menores, además de realizar revisiones periódicas a las casas de asistencia social.
También solicita que se investigue si los Oficiales del Registro Civil que permitieron que Pedro Gutiérrez Farías, registrara como sus hijos a 134 personas, pues pudieran tener alguna participación o responsabilidad penal en la probable comisión del delito.
UN AÑO DE CONOCER EL CASO
Aún cuando la juez Karla Macías en el fallo pide que el fiscal dicte de inmediato medidas de protección a favor de todos y cada uno de los menores que viven en las casas hogar y dejarlos a disposición de la Procuraduría de Protección a las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, el gobernador Miguel Márquez, dijo que se está analizando “caso por caso”.
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“Nosotros estamos trabajando en ello ¿eh?, hace como un año se intervino y se ha vuelto a intervenir sobre cada niña, cada niño, en su situación de salud, en todos los sentidos, en las condiciones de la casa y etcétera, hemos estado ahí actuando y trabajando”, mencionó.
No dio más informes sobre los casos que hasta la fecha se han revisado, ni la situación de los niñas, niños y adolescentes. Tampoco habló de la situación legal del padre Pedro.
Apenas el miércoles se dio a conocer que el DIF había intervenido la administración del albergue, tres meses después de que se emitiera la sentencia