La iniciativa aplazada busca que con cuatro votos de las y los ministros de la Suprema Corte pueda declararse una reforma como vigente y sin posibilidad de presentar amparos, a pesar de no alcanzar los ocho necesarios para considerarlo inconstitucional.
Ciudad de México, 13 de febrero (SinEmbargo).- La bancada de Morena en la Cámara de Diputados aceptó el aplazamiento de la discusión en comisiones del dictamen que pretendía “blindar” las reformas que pudieran ser objeto de impugnaciones ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La iniciativa propuesta por el Diputado Juan Ramiro Robledo, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, originalmente iba a ser discutida este jueves en la Comisión de Justicia; sin embargo, legisladores llegaron a un acuerdo con la oposición para aplazar su debate.
“No me doblaron la mano”, aseguró Ignacio Mier Velasco, coordinador de la bancada guinda, la cual tenía contemplada una reunión con diputados y diputadas del Partido del Trabajo (PT) ante la Comisión de Justicia con el fin de aprobar el proyecto de dictamen.
Dicho movimiento dio como resultado dos consideraciones: la primera, es que la iniciativa en cuestión será integrada a los foros de discusión programados entre febrero y abril para las 18 de 20 reformas presentadas por el Presidente López Obrador; y la segunda, es que dicha reforma, junto con la de la reducción a la jornada laboral a 40 horas, serán integradas al paquete de propuestas del mandatario, por lo que la discusión de dicho cúmulo de iniciativas subirá de 20 a 22.
Mier Velasco confirmó que fue él mismo quien dio la propuesta para se dieran esos términos.
“Estamos haciendo la propuesta, pero con la idea de que los mexicanos sepan de qué estamos hablando, es que se incorpora esta iniciativa en la agenda que forma parte de los diálogos nacionales”, añadió.
Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) en San Lázaro, el panista Jorge Romero Herrera, confirmó el movimiento de la discusión en la Comisión de Justicia.
“Si quieren a tirabuzón meter esta iniciativa antiamparo, la Ley Antiamparo de Morena, es evidente que así la vamos a debatir, así haga falta llegar hasta las seis de la mañana, que por supuesto la vamos a votar en contra, y estamos convencidos de que la pueden pasar”, señaló en conferencia de prensa.
La propuesta del Diputado Ramiro Robledo pretende que, con solamente cuatro votos de los 11 ministros de la Suprema Corte, se pueda declarar en automático la constitucionalidad de alguna reforma impugnada y, por lo tanto, sea incontrovertible.
Establece que, cuando el pleno de la SCJN no sea capaz de declarar la inconstitucionalidad de una reforma tras no alcanzar los ocho votos necesarios que la Constitución exige, en automático se declare válida y, por lo tanto, no se pueda proceder juicio o recurso alguno.
Asimismo, supone dejar sin efecto los amparos en trámite a reformas que no pudieron declararse inconstitucionales que no alcanzar los ocho votos de 11 ministros.
Actualmente, la Ley establece que deben de existir esos ocho votos necesarios para declarar una reforma inconstitucional; sin embargo, si estos no se alcanzan, no se invalida la iniciativa, pero también se permite la presentación de recursos legales para apelarlo, hecho que busca eliminar la propuesta del morenista.
Listado de ComunicadosDicha iniciativa responde al reciente caso del pasado 31 de enero, cuando la Suprema Corte declaró inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, propuesta por el Presidente López Obrador, ya que consideró que “vulnera los principios de competencia, libre concurrencia y desarrollo sustentable”.
A través de un comunicado, la Segunda Sala de la SCJN informó que determinó que la reforma a la LIE, mediante la cual se decide qué centrales generadoras de electricidad inyectan primero su energía a la red nacional, prioriza a quienes pueden celebrar contratos con compromiso de entrega física, es decir, a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas, lo que “genera una alteración en el mercado eléctrico”.
“La Sala resolvió que el hecho de que, en virtud de la reforma legal reclamada, las centrales del Estado (CFE) puedan a acceder a la asignación de un contrato de cobertura eléctrica (para la compraventa de energía) mediante un contrato de interconexión, quedando relevadas de acudir a las subastas como la forma que las empresas privadas están obligadas a satisfacer al efecto”, determinó la SCJN.
De acuerdo con la SCJN, escenario en que las empresas privadas deban acudir a las subastas y la CFE, o plantas asociadas a ésta no, implicaría un “trato diferenciado y privilegiado que elimina el ámbito de una de una sana competencia”.