El Senado busca castigar la "Pornovenganza" en Internet con hasta 5 años de cárcel

29/03/2015 - 12:04 am
 con 100 días de multa o cinco meses de cárcel a quien exhiba videograbaciones íntimas o sexuales de parejas o exparejas sin su consentimiento. Foto: Ariana Pérez, SinEmbargo
La iniciativa busca imponer sanciones de 100 días de multa o cinco meses de cárcel a quien exhiba videograbaciones íntimas o sexuales de parejas o exparejas sin su consentimiento. Foto: Ariana Pérez, SinEmbargo

Ciudad de México, 29 de marzo (SinEmbargo).– Basta tener una computadora con acceso a la Internet, tiempo suficiente y paciencia para encontrar sitos que se anuncian con sugestivos nombres, como GF Revenge, Real Amateurs y My Ex Girlfriend, por mencionar sólo algunos títulos genéricos. Se trata de páginas de pornografía dedicadas a mostrar a mujeres “reales” en situaciones “reales”.

De ahí, a unos cuantos clicks, se llega a páginas similares, como Texxxan, YouGotPosted y WinByState, conocidos sitios que han sido obligados a cerrar en Estados Unidos por ser parte del fenómeno mundial conocido como “Pornovenganza” o Revenge Porn, como se conoce en inglés.

La “Pornovenganza” consiste en utilizar fotografías y videos tomados en la intimidad para publicarlas sin consentimiento a través de redes sociales o páginas de Internet, como una forma de venganza de la persona vulnerada. Su carácter es revanchista, a diferencia del sexting que opera con el envío de cualquier tipo de contenido erótico o pornográfico a través de smartphones.

Los sitios web con “Pornovenganza” exhiben fotografías o videos de desnudos o actos sexuales, sólo para exponer públicamente a la ex pareja; a menudo se publica el nombre de la persona, su información de contacto y perfil de Facebook, junto con otros datos personales.

Recientemente este tema se puso sobre la mesa de debate, luego que el Senado de la República dio entrada a la iniciativa de la Senadora Mónica Arriola Gordillo, del Partido Nueva Alianza (Panal), que propone reformar el Código Penal Federal para castigar con 100 días de multa o cinco meses de cárcel a quien exhiba videograbaciones íntimas o sexuales de parejas o ex parejas sin su consentimiento.

“Los muchachos toman este tipo de fotografías y videos vulnerando la decisión del implicado”, afirmó la Senadora Arriola en entrevista para SinEmbargo.

“¿Qué quiere decir esto? Que pueden estar de novio con alguien y se les hace muy fácil grabarse o fotografiarse y subirlo a la Red. Al subirlo a la Red no se dan cuenta de que la imagen quedará allí, incluso después de haber terminado el noviazgo, y no se dan cuenta de que la reacción al día siguiente puede ser muy riesgosa para la persona”, precisó.

En Internet existe mucha pornografía que se anuncia como real, gratuita y como una oportunidad de venganza está al alcance de todo el mundo. “Disfruta de estos excelentes vídeos de ex-novias que fueron grabadas por sus novios y han puesto estos vídeos en internet para vengarse. Sexo GRATIS” son los llamados para enganchar a los internautas.

Las páginas muestran un cúmulo de videos y fotografías de atractivas mujeres mostrando parte de su cuerpo en selfies, ya sea de forma disimulada o completamente expuestas mostrando senos y vaginas. También hay imágenes de relaciones sexuales casuales en automóviles, habitaciones de hotel o en la calle.

La mayoría de las imágenes se observan de alta calidad e incluso se pueden reconocer a estrellas del cine porno en sus inicios. Sin embargo, también existen videos e imágenes que son subidos de forma anónima y sin consentimiento de uno de los implicados.

NO ES UN JUEGO, ES UN PROBLEMA DE VIDA O MUERTE

Felicia Gracía se suicidó luego de que circularan en la red sus fotos con el torso desnudo: Foto: Facebook
Felicia Gracía se suicidó luego de que circularan en la red sus fotos con el torso desnudo: Foto: Facebook

Aunque pareciera un asunto trivial o hasta inocente, la “pornovenganza” junto con otras novedosas conductas como el sexting o el camfecting, en donde un hacker infecta con un virus una computadora personal para sustraer las imágenes tomadas con su cámara, han generado problemas físicos, sicológicos y sociales entre las víctimas.

Se ha detectado que las víctimas de acoso por Internet sufren ataques de ansiedad y pánico en algunos casos. Otras presentan síntomas de anorexia nerviosa y depresión. Investigadores han encontrado que la ansiedad de víctimas de acoso cibernético crece con mayor severidad con el paso del tiempo.

En algunos casos, jóvenes han llegado a quitarse la vida, por no poder soportar el acoso o bullying generado en su contra.

El primer caso conocido en Estados Unidos fue el de Amanda Todd de sólo 15 años, quien se suicidó tras sufrir acoso y depresión. Tres años antes se había fotografiado el torso desnudo en su webcam. Alguien uso la imagen para intentar extorsionarla.

Finalmente el “desconocido” subió las fotos a las redes y la joven sufrió bullying en su escuela por parte de sus amistades, se mudó de ciudad pero seguía siendo perseguida por las redes sociales. Tras un fallido intento de suicidio finalmente se quitó la vida el 10 de octubre de 2012

Otro caso es el de Felicia García, una joven de origen latino de 15 años que fue grabada mientras tenía relaciones con cuatro chicos del equipo de futbol de su escuela. Los jóvenes utilizaron la grabación para extorsionarla, insultarla y acosarla.

Felicia escribió en su cuenta de Twitter “I cant, im done, I give up” (No puedo, ya está, me rindo). Dos días después se arrojó a las vías del tren delante de sus compañeros de clase.

Los casos se han multiplicados desde entonces.

La iniciativa cita un estudio realizado por integrantes de la Universidad de Maryland Francis King Carey: la Universidad de Yale, la Escuela de Leyes de Stanford y la Universidad de Miami, para demostrar los alcances de este delito en las víctimas, particularmente en mujeres.

En el estudio realizado a mil 244 personas, más del 50 por ciento de las víctimas informaron que sus fotos aparecieron junto a su nombre completo y perfil social de red; más del 20 por ciento de las víctimas informó que sus direcciones de correo electrónico y números de teléfono aparecieron con las fotos.

“Al publicar imágenes desnudas junto a la información de contacto de una persona, a menudo alienta a extraños confrontar a la persona fuera de línea. Muchas víctimas de la pornografía no consensual se ven acechadas por la realización de llamadas anónimas y correos remitentes que implican demandas sexuales. El miedo en las víctimas puede ser profundo; no existe seguridad al abandonar su hogar”, se cita del estudio.

El problema parece que se agravará en futuro debido a que algunos estudios calculan que en los próximos cinco años el número de dispositivos electrónicos duplicará la población mundial.

Es decir, se estima que existirán alrededor de 15 mil millones de notebooks, smartphones y tablets con acceso a Internet para cerca de siete mil 200 millones de personas.

Dentro de la nube de Internet, las redes sociales acapararan gran parte del tráfico informático y se han convertido en partes importante de millones de personas. Se calcula que en un solo día, se generan más de 250 millones de tuits y 800 millones de actualizaciones en Facebook.

LA INICIATIVA CONTRA LA PORNOVENGANZA

Mónica Arriola Gordillo renunció a la presidencia del Panal el 21 de noviembre de 2013. Foto: Cuartoscuro
Mónica Arriola Gordillo promueve la iniciativa para castigar la llamada "pornovenganza". Foto: Cuartoscuro

La iniciativa que se encuentra en análisis en las comisiones unidas de Justicia y de Estudios legislativos contempla imponer una pena de dos a cinco meses de prisión y hasta cien días de multa, es decir siete mil 10 pesos (7,010.00) a quien cometa el delito de abuso por divulgación de imágenes sexuales sin consentimiento del afectado.

Será acreedor a la sanción “toda persona que fotografíe o grabe, mediante cualquier método, la imagen desnuda, parcial o total, de una persona y, subsecuentemente, distribuya la imagen a cualquier medio, virtual o impreso, de divulgación pública, sin su consentimiento”, se lee en el artículo 267 de la iniciativa de reforma.

“También se considera que comete el delito referido en el párrafo anterior, la persona que, sin haber capturado la imagen, la distribuya a cualquier medio, virtual o impreso, de divulgación pública, sin el consentimiento previsto”, continúa el texto propuesto.

La Senadora Mónica Arriola consideró que esta definición implica tanto las imágenes sexualmente gráficas obtenidas con consentimiento de otra persona en el contexto de una relación privada, como la pornografía obtenida mediante métodos insidiosos, por ejemplo, grabaciones ocultas.

“Queremos generar que de alguna u otra forma, si una persona no está de acuerdo con el material que se está subiendo a las redes y quiera bajarlo se baje inmediatamente, si no es bajado habría esta pena”, afirmó la Senadora.

El delito se fundamenta esencialmente en la extrema violación a la privacidad de una persona, afectando su reputación, su integridad, su moral, su desarrollo psicosexual y su entorno familiar, laboral o social.

Para evitar que se castigue solo al que captura la imagen, sino también a terceros que pudieran distribuirla, la iniciativa plantea anteponer el derecho a la privacidad de la víctima.

Para garantizar que se continúe con la comisión del delito, el medio virtual o impreso de divulgación pública que haya publicado las imágenes, deberá removerlas de forma inmediata a petición de la víctima.

De no hacerlo se le impondrán trescientos días de multa, alrededor de 21 mil pesos.

“La iniciativa fue recibida con buenos ojos por parte de las organizaciones civiles porque desde un principio hay una carencia, hay un vacío legal con respecto a este tema”, apuntó la legisladora.

¿SON SANCIONES JUSTAS?

Israel, Filipinas, Japón y más de 15 estados de Estados Unidos han emitido ya disposiciones legislativas criminalizando el revenge porn o pornovenganza.

La falta de comprensión acerca de la gravedad de este delito, la indiferencia histórica y hostilidad a la autonomía de la mujer así como la velocidad con que crece este problema han dificultado que más legislaciones hayan penalizado esta conducta.

Sólo recientemente las víctimas de “pornovenganza” han dado la cara para describir los graves daños que han sufrido, incluyendo el acoso, la pérdida de oportunidades profesionales y educativas, así como daños psicológicos. Sin embargo, a decir de la Senadora Mónica Arriola quienes se han atrevido a denunciar se han encontrado con diversos topes legales.

“La Ley es muy abierta. Ese es el tema que no hay una regulación para este tipo de condicionantes, salvo que sea que sea un asunto de un niño o de un menor de edad, no puedes hacer esto no puedes emitir ninguna imagen de un niño que no esté su padre o tutor informado y con más razón si se trata de asuntos sexuales, eso está penado”, dijo.

Al ser cuestionada sobre el tamaño de las sanciones, la legisladora aseveró que se buscó equipararla a castigos que actualmente contienen otras legislaciones en el mundo.

“O iba a ser muy agresiva para algo muy nuevo y no iba a pasar o simplemente iba a ser como irrisorio. Lo que se está buscando es poner la primera piedra para empezar a legislar en el tema. Pueden ser sanciones mucho más agresivas, pero tenemos que empezar con esto”, recalcó.

Este que es un delito que sí puede llegar a ser una complicación, si se tipifica no debe de alcanzar una pena muy elevada, porque es una conducta que sí puede ser grave pero que finalmente puede ser reparable el daño que se causa.

El doctor Gilberto Santa Rita Tamés, investigador y académico de la Universidad Iberoamericana aseveró que hay detalles que deben analizarse con mayor cuidado en la iniciativa.

El académico observó que la “pornovenganza” se coloca como un delito sexual cuando lo adecuado sería que fuera en el apartado de delitos contra el honor, como la difamación o la calumnia. De entrada detectó que podría ser un inconveniente equiparar como un delito sexual la publicación de una foto en una situación comprometida

“No es un delito sexual sino que se afecta el honor de una persona. Si esto no se hace con cuidado puede ser anticonstitucional y no protegería a las personas que pretende proteger”, recalcó.

Sin embargo, recordó que este apartado desapareció por una mala decisión de los legisladores en un intento por proteger el ejercicio periodístico. Pero según el doctor Santa Rita eso no era necesario, bastaba con colocar en el apartado que el ejercicio periodístico no sería sujeto a temas de difamación o de calumnia.

“De esta manera generaron un vacío tremendo que ahora está volviendo a replantearse con las redes sociales, pero como no se puede colocar donde debe de ir, se le toma como un delito de naturaleza sexual”, enfatizó.

Sostuvo además que el caso en que se condiciona no subir estos materiales a la red a cambio por ejemplo de dinero, eso ya está regulado y se llama extorsión.

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