Ciudad de México, 18 de marzo (SinEmbargo).– En medio del debate por la iniciativa sobre la nueva Ley General de Aguas, que a juicio de los rectores y especialistas de las principales universidades del país pretende la privatización del vital líquido y "atenta contra el derecho humano al agua, la conservación del ambiente y el desarrollo sustentable de nuestro país", una publicación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) admite las consecuencias que puede tener el fracking para el abasto y el consumo de agua. Lo anterior, a pesar de que esta práctica fue aprobada hace más de un año en la Reforma Energética.
El reconocimiento de la Semarnat se da también cuando aún no concluye la reparación del daño causado al medio ambiente y a los habitantes de siete municipios de Sonora, quienes aún padecen enfermedades por beber agua contaminada, luego del derrame de 40 mil metros cúbicos de ácido sulfúrico de la mina Buenavista del Cobre, propiedad de Grupo México, al Río Sonora el año pasado, y que fue calificado por las propias autoridades como "la mayor tragedia ambiental en la historia de la minería en México.
El agua se ha convertido en el centro de un debate nacional que se ha ido polarizando paulatinamente. La iniciativa enviada por el Presidente Enrique Peña Nieto ya fue aprobada en comisiones de la Cámara de Diputados, pero por ahora se encuentra detenida su discusión en el Pleno. De acuerdo con académicos y científicos, esa legislación no sólo privatiza su operación y abasto, sino que limita incluso el desarrollo de la investigación en la materia y hasta la penaliza, lo que favorece la concentración innecesaria de información en pocas manos y dificulta la transparencia en la toma de decisiones y en el proceso de rendición de cuentas.
En este contexto, la llamada “Guía de Criterios Ambientales para la Exploración y Regulación de Hidrocarburos Contenidos en Lutitas”, realizada por la Semarnat, reconoce que el método de la fractura hidraúlica –contenido y aprobado en la Reforma Energética– puede provocar competencia por el agua, contaminación de los mantos acuíferos, contribución al calentamiento global, contaminación del suelo, contaminación atmosférica, así como pérdida de la biodiversidad.
La Reforma Energética impulsada por el Gobierno federal y aprobada por el Congreso contempla la extracción de gas shale a través de la fractura hidráulica del subsuelo, conocida también como fracking, técnica prohibida en distintos países por los riesgos ambientales que representa, según han alertado organizaciones civiles como la Alianza Mexicana Contra el Fracking.
Países como Alemania, Bulgaria, Francia, Irlanda y en algunos estados de la Unión Americana, entre otros, han prohibido esta técnica de extracción por los riesgos ambientales que representa, mismos que ahora reconoce la autoridad ambiental en México. En el mundo se han realizado más de un millón de fracturaciones de pozos, según el documento.
A la fecha se han identificado reservas de aceite y gas contenidos en lutitas en los estados de Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí, Querétaro, Veracruz, Hidalgo, Puebla, Oaxaca, Tabasco y Chiapas.
Petróleos Mexicanos (Pemex) estimó, en 2012, un recurso técnicamente recuperable que puede variar entre 150 y 459 billones de pies cúbicos. Sin embargo, en 2013, la Energy Information Administration (EIA) del gobierno estadounidense publicó una evaluación a nivel internacional, que estima que en las cuencas de México existe un recurso técnicamente recuperable de 545 billones de pies cúbicos de gas y 13 billones barriles de aceite contenido en lutitas.
Sin embargo, de acuerdo con lo que reconoce la Semarnat, su explotación implicará una serie de riesgos, pues “de no hacerse bajo condiciones de protección ambiental, puede provocar diversos impactos; entre éstos, los más relevantes son: competencia por el agua, contaminación de los acuíferos, contribución al calentamiento global, contaminación del suelo, contaminación atmosférica, afectación a la infraestructura carretera y habitacional, así como pérdida de la biodiversidad”.
También puede provocar cuatro tipos de contaminación: del suelo, por radioactividad, de los acuíferos y del aire.
Además, plantea el documento, puede representar también un riesgo para las zonas habitadas y para las carreteras ante el intenso tránsito de camiones de cargo que se requieren para acarrear todos los materiales necesarios para la perforación de pozos y “los trabajos de reinyección de fluidos pueden ocasionar movimientos telúricos”.
"Debido a que se requieren de 9 a 29 millones de litros para la fractura de un sólo pozo, en función de la profundidad, extensión y permeabilidad del yacimiento, cuando se perforan varios pozos en una región determinada, se compite por el agua para otros usos, comprometiendo el derecho humano al agua, es decir al agua para consumo doméstico, así como el agua destinada para la producción agrícola y el sostenimiento de ecosistemas", dice el análisis publicado el 4 de marzo en el punto 1.2 referente al impacto ambiental.
La Guía refiere además que existen más de 750 tipos diferentes de químicos en el fluido de perforación, entre los cuales algunos se consideran cancerígenos, otros pueden afectar al sistema endócrino, causar daños en el sistema nervioso, o provocar alergias.
"Es importante tomar en consideración que, además de los químicos citados arriba, el líquido de perforación se combina en el proceso de fractura con sustancias disueltas en el sedimento de la lutita, como son metales pesados, metaloides, y metano lo que provoca reacciones químicas imprevistas de naturaleza nociva para la salud humana y de otros organismos. Por último, esta mezcla se encuentra en riesgo de entrar en contacto con elementos radioactivos presentes en la profundidad de las rocas, como es el caso del radón", precisa el documento.
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) dijo que los criterios establecidos en la Guía son "suficientes y necesarios para prevenir, evitar y atenuar los impactos negativos" del fracking "como son la disminución de disponibilidad de agua, la contaminación de acuíferos, suelos y aire".
Sin embargo, el grupo civil exhortó a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) a generar un marco regulatorio de la fractura hidráulica que genere certeza jurídica a todos los actores. "Asimismo, le instamos a que retome el esfuerzo realizado por la Semarnat al haber elaborado esta guía, de manera que convierta los criterios ahí esbozados en requisitos vinculantes, vigile su observancia y sancione su incumplimiento", refirió el Cemda.
De acuerdo con la Guía elaborada por la Semarnat junto a los riesgos existentes por el uso y contaminación del agua, existe la posibilidad de contaminación por radiactividad de aguas de retorno en los procesos de extracción de hidrocarburos a partir de fractura hidráulica.
"La mezcla utilizada en pozos de fractura hidráulica es reutilizada en el mismo pozo en múltiples ocasiones. En el subsuelo, entra en contacto con el agua milenaria que se encuentra en la roca, así como con otras substancias de este estrato geológico, altamente corrosivas o radioactivas, las cuales se mezclan y empiezan a cambiar la conformación de la mezcla inyectada, pudiendo llegar a concentraciones elevadas. Cuando estas aguas contienen altas concentraciones de bromuro y son tratadas en las plantas de tratamiento comunes, construidas para las aguas residuales domésticas, al entrar en contacto con el cloro de las últimas etapas del tratamiento, éste reacciona creando trihalometanos, un químico que causa cáncer y aumenta el riesgo de que los seres humanos en contacto con este líquido presenten problemas reproductivos y de desarrollo", precisa el documento.
Asimismo señala que la explotación del gas y aceite de lutitas puede contribuir a la aceleración del cambio climático debido a las emisiones de gas metano, carbón negro y bióxido de carbono, que se producen por ineficiencias en la extracción, procesamiento, almacenamiento, traslado y distribución.
En cuanto a la pérdida de la biodiversidad, dice que "el desmonte de grandes áreas, la construcción de caminos, el intenso tráfico de vehículos, el polvo, el ruido e intensidad lumínica, pueden afectar a las especies vegetales y animales inhibiendo su capacidad reproductiva, de alimentación, de resistencia a condiciones adversas y a depredadores naturales".
LA CONTAMINACIÓN EN SONORA
Mientras la Semarnat reconoce que esta práctica, uno de los principales pilares de la Reforma en materia de energía, puede contaminar los mantos acuíferos, habitantes del Río Sonora, víctimas del derrame de 40 mil metros cúbicos de ácido sulfúrico de la mina Buenavista del Cobre de Grupo México, en Sonora, el año pasado aseguraron que todavía hay niños enfermos en los siete municipios afectados por beber agua contaminada.
El lunes, un contingente de alrededor de mil 500 personas, entre habitantes del río y afiliados a la Sección 65 del Sindicato Minero Nacional, se congregó y tomó las instalaciones de la Planta de Bombeo de la Empresa Minera Buena Vista del Cobre, ubicada en la Carretera Cananea a Agua Prieta y conocida como “Los Patos”, en protesta por la falta de atención a sus demandas tras el derrame del año pasado.
La toma de la mina se dio después de que el gobierno aseguró que resarció los daños de todos los afectados. Sin embargo, no se sabe a quién entregó el dinero del Fideicomiso Río Sonora, porque la información fue congelada por 12 meses. Los pobladores afirman que fue un reparto entre políticos.
“En Aconchi hay niños afectados, algunos los están atendiendo, pero cada día salen más niños con ampollas en la piel, dolor de estomago, de hueso, irritación en los ojos, dolor de cabeza, porque toman agua de la llave en la escuela”, dijo a SinEmbargo Francisca García, una habitante de Aconchi, quien se encuentra en protesta en Cananea.
En su localidad, recordó García, los padecimientos habituales desde hace años son el cáncer y la enfermedades de la glándula tiroides. Pero a raíz del derrame el problema de tiroides en la población se agravó, aunado a las escoriaciones en la piel.
Por su parte, Carla Duarte, habitantes de Topahue, una comunidad que pertenece al municipio de Hermosillo, ubicada muy cerca de la presa El Molinito, afectada por la contaminación del río, dijo que el gobierno encendió los pozos, sin avisarle a la población de los riesgos que traería en la salud por utilizar el líquido.
“No tuvieron la decencia de preguntarnos si estábamos de acuerdo. La presa El Molinito está muy contaminada y hay muchas enfermedades: salen ronchas en los brazos, el cuello, comezón en la espalda y hay mucho dolor de estómago entre la gente”, indicó.
LA LEY DE AGUAS
El pasado 4 de marzo, mismo día en que se dio a conocer la Guía, la Cámara de Diputados aprobó en comisiones la propuesta para la nueva Ley General de Aguas; sin embargo, luego de diversas críticas tanto de los partidos de oposición como de organizaciones civiles y ciudadanos en general, los legisladores pospusieron la discusión.
Los rectores de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), de la Universidad de Guadalajara (UdeG) y de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), se pronunciaron el lunes por la organización de un debate amplio, plural e incluyente sobre la iniciativa de la Ley de Aguas.
En un pronunciamiento dirigido a las cámaras de diputados y senadores del Congreso de la Unión, comunidad universitaria y opinión pública, los rectores José Narro Robles, Tonatiuh Bravo Padilla y Salvador Vega y León, solicitaron que se escuchen las voces de todos los sectores del país, “a fin de que las resoluciones a las que se llegue garanticen el cabal cumplimiento del derecho humano al agua, la conservación del ambiente y el desarrollo sustentable de nuestro país”.
Recordaron que los integrantes de las comunidades universitarias han expresado su preocupación sobre algunos contenidos de la iniciativa que limitan el desarrollo de la investigación en la materia, que, aseguran, “penalizan la realización de proyectos de investigación, favorecen la concentración innecesaria de información y que dificultan la transparencia en la toma de decisiones y en el proceso de rendición de cuentas”.
Por su parte, organizaciones como Greenpeace han alertado que la propuesta que se pretende aprobar está “vacía de contenido sustantivo los derechos humanos que implican factores de disponibilidad, calidad, asequibilidad, sustentabilidad, accesibilidad física, sin discriminación y acceso a la información, y simula su inclusión reduciéndolos a un mal entendido mínimo vital”.
La organización internacional incluso expuso que para ser una legislación de vanguardia, la Ley General de Aguas tendría que prohibir el uso de sustancias peligrosas y el uso de aguas nacionales para fracking o fractura hidráulica, y la minería tóxica. Además cancelaría las concesiones de empresas contaminadoras.
En la fracción 56 del Artículo 10, de la Ley se plantea como uso industrial del agua a la aplicación de aguas nacionales en la extracción, conservación o transformación de materias primas y para cualquier proceso de transformación.
La sociedad civil ha alertado que dentro la definición del uso del fracking cabe sin problemas la fracturación hidráulica, a pesar de todas las alertas internacionales sobre los fuertes impactos de esta técnica tanto en la disminución de la disponibilidad del agua como en la contaminación irreversible.
En su Artículo 49 la Ley de Aguas plantea que el derecho humano al agua comprende la obligación de la autoridad competente de garantizar a los asentamientos humanos, en términos de esta Ley: el mínimo vital, que se otorgará con la periodicidad que permita la dotación equivalente a 50 litros diarios por persona.
Diversas organizaciones y activistas han denunciado que este artículo reduce “a un mal entendido” mínimo vital del agua, cuando de acuerdo con organismos internacional este mínimo por persona debe ser de cien litros diarios.
En el artículo 129 propone que la Conagua pueda otorgar concesiones totales o parciales para lograr la promoción y fomento de la participación de los particulares en el financiamiento, construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica federal.
Este artículo –han criticado diversas organizaciones– favorece más la visión de mercantilización del agua con una mayor la intervención de la iniciativa privada en infraestructura y servicios; además alertan que este artículo permitiría concesionar megaobras hidráulicas en torno a grandes ciudades, como es el caso del acueducto Monterrey VI.
Según lo que plantea la fracción 26 del Artículo 267, la Conagua sancionará a quienes realicen “obras de exploración, estudio, monitoreo, reinyección y remediación sin contar con el permiso correspondiente”.
En la Guía se señala que para determinar la existencia de acuíferos no identificados por la Conagua, el operador petrolero puede realizar exploración geofísica 3D, realizar registros geofísicos de pozos y caracterizar el subsuelo desde la superficie hasta la profundidad total de la perforación, para conocer la estratigrafía, la litología y la estructura geológica.