El Diputado defendió a Félix Salgado Macedonio, a quien se le impidió ser candidato a la gubernatura de Guerrero, pues tenía tres denuncias de abuso sexual.
Ciudad de México, 12 de septiembre (SinEmbargo).- El Diputado Gerardo Fernández Noroña arremetió este día en contra del Instituto Nacional Electoral (INE) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por proponer que las personas que sean acusadas de violencia política de genero queden inhabilitadas de por vida de la actividad política pública.
En un video compartido en sus redes sociales, Fernández Noroña negó que las sanciones por violencia política de género hayan erradicado la violencia.
“Desde que se hizo la legislación con el eufemismo de violencia política de género, alerté, que era una herramienta que iba a tener una utilización perversa en contra de compañeros y compañeras”, dijo.
“Las compañeras celebraron que era un gran avance, pero no se ha erradicado nada de la violencia, nada en contra de las mujeres. Ahí están las cifras, la violencia monstruosa desde casa, trabajo, los feminicidios, pero han ido avanzando en aparente protección legal, donde lo que han ido consolidando es sacar del camino compañeras y compañeros”, agregó.
Asimismo, recordó que el Presidente Andrés Manuel López Obrador ha sido acusado por violencia política de género, así como la Gobernadora Layda Sansores San Román, y hasta él mismo.
“La derecha, a mí y a muchos compañeros y compañeras del movimiento, nos quiere sacar de por vida de la actividad política pública”, criticó.
A las 10 de la mañana, haré una declaración política muy importante por Facebook y YouTube. Les adelantó que me quieren dejar fuera de la actividad política de por vida.
— Fernández Noroña (@fernandeznorona) September 12, 2023
De igual manera defendió a Félix Salgado Macedonio, acusado tres veces de abuso sexual, pues “nunca hubo sentencia ni nada y lo retiraron de la vida política pública”.
El Diputado del Partido del Trabajo (PT) explicó que la medida debería funcionar como cualquier otra falta, de cumplir el tiempo de sanción y volver a reintegrarse al ámbito laboral.
“El INE y el Tribunal Electoral pretenden que porque haya sido sancionado por violencia política de género, quedas de por vida inhabilitado. […] Si te acusaron por violencia política de género, fuiste sancionado, te inscribieron en el padrón, pasó el tiempo, pues pretende el INE y el Tribunal Electoral, que aunque ya haya pasado el tiempo de tu sanción, por el sólo el hecho de que te hubieren sancionado, ya no tienes derechos políticos de por vida”, se quejó.
“Es una decisión política, disfrazada de decisión jurídica. Es equivalente al desafuero que le hicieron al compañero Presidente, multiplicado por las decenas de miles de militantes, a quienes les van a aplican esto”, añadió.
¿QUÉ ES LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO?
De acuerdo con el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las mujeres en razón de género, la violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. La violencia política contra las mujeres puede incluir, entre otras, violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.
La violencia política de género es se dirige a una mujer por ser mujer. Es decir, cuando las agresiones están especialmente orientadas en contra de las mujeres por su condición de mujer y por lo que representan en términos simbólicos, bajo concepciones basadas en estereotipos.
Guia_Prevencion_Violencia_PoliticaLa legislación nacional aplicable establece un listado de conductas que configuran la violencia política de género, en las se establece un supuesto general que refiere a cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de un cargo político, público, de poder o de decisión, que afecte sus derechos políticos electorales.
Entre las conductas se encuentran:
-Realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género que reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad o discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos políticos y electorales.
-Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen pública o limitar o anular sus derechos.
-Divulgar imágenes, mensajes o información privada de una mujer candidata o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad o habilidades para la política, con base en estereotipos de género.