"Dentro de las obligaciones que deben cumplir los residentes en el extranjero proveedores de servicios digitales en el país, se encuentra la de emitir comprobantes de las retenciones efectuadas", informó el SAT.
La dependencia exhortó a las plataformas digitales a cumplir oportunamente con sus obligaciones fiscales.
Ciudad de México, 12 de mayo (SinEmbargo).- El posible aumento de los precios de las plataformas digitales no está relacionada con el impuesto derivado de las modificaciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). El SAT informó que el impuesto por la importación de servicios digitales, aprovechados en México, ya se causaba y se tenía que pagar.
El 1 de junio entrará en vigor la modificación de la LIVA referente a los servicios digitales, como las plataformas de streaming Netflix, HBO, Amazon Prime o los servicios de transportación y entregas como Uber y Rappi.
La reforma a la retención de impuestos a residentes extranjeros que prestan servicios digitales sin domicilio fiscal en el país se publicó el 9 de diciembre de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, después de su aprobación por el Congreso de la Unión. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que los cambios buscan hacer obligatoria la retención y el informe del IVA por parte de las plataformas digitales que se utilizan en el país.
"Este impuesto ya se causaba y, por tanto, su obligación de pago ya existía en la Ley del IVA (Art. 24, fracción V LIVA). Es importante mencionar que la posibilidad de que los servicios digitales aumenten de precio no está relacionada con un nuevo tributo", informó el SAT en un comunicado este martes.
El organismo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recordó que a las empresas digitales se les concedió un periodo de transición para prepararse ante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. En enero, Hacienda extendió el plazo para que las empresas digitales comenzaran a pagar impuestos para cumplir con las disposiciones legales en materia de economía digital.
La dependencia aseguró a principios de año que buscaba "hacer cada vez más simple el pago de impuestos y acercar la administración tributaria a los contribuyentes".
El SAT apuntó que el 28 de diciembre de 2019 se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal de este año, en la que se incluyó un nuevo título (Título 12), denominado "De la prestación de servicios digitales". En el apartado se estableció la regulación detallada de la retención (del 16 por ciento) que este sector de la economía debe cubrir, de acurdo con la LIVA.
"Se destaca que dentro de las obligaciones que deben cumplir los residentes en el extranjero proveedores de servicios digitales en el país, se encuentra la de emitir comprobantes de las retenciones efectuadas que, si bien no son CDFI, podrán ser utilizados para efectos fiscales en los casos que proceda", explicó el SAT.
De conformidad con la Miscelánea Fiscal de 2020 las plataformas digitales residentes en el extranjero sin domicilio fiscal en territorio nacional que proporcionen servicios digitales el país deben emitir y enviar, de forma electrónica y en formato PDF, el comprobante de pago de las contraprestaciones con el traslado de IVA expresamente y por separado, mediante el cual se puedan amparar.
El procedimiento de pago se deberá realizar de acuerdo con las regulaciones aplicables en el territorio donde residan.
El SAT exhortó a las plataformas digitales a cumplir oportunamente con sus obligaciones fiscales e invitó a "las y los contribuyentes a que se informen a través de canales oficiales respecto de las implicaciones fiscales de las disposiciones que entrarán en vigor a partir del mes de junio del presente".
El viernes pasado Arturo Herrera, Secretario de Hacienda y Crédito Público, explicó que las medidas tributarias sobre la economía digital, "no representan impuestos nuevos o aumento en tasas".
"Estas medidas tienen como objetivo hacer operativamente más fácil el cumplimiento en el pago de impuestos existentes, como el IVA", afirmó el funcionario en su cuenta de Twitter y puntualizó que "el acuerdo de ahora es que las plataformas retengan el IVA al que están obligados a pagar los usuarios, pero para el cual no existía un esquema operativo".
Sin embargo, esa misma semana algunos servicios de movilidad y plataformas de entretenimiento como Netflix, Uber, Airbnb, Amazon Prime, Xbox Live o iTunes informaron un aumento de precios en México debido a la aplicación del 16 por ciento del IVA, contemplado en las reformas fiscales dispuestas por el Gobierno Federal.