Violeta Vázquez-Rojas Maldonado
12/02/2024 - 12:04 am
La Reforma Indígena: deuda impostergable
“El considerar a los pueblos indígenas como entidades de interés público les resta la capacidad de tomar sus propias decisiones y éstas quedan en manos del Estado, cuya obligación es protegerlos”.
Hace exactamente una semana que Andrés Manuel López Obrador presentó 20 iniciativas de reformas, 18 constitucionales y dos legales, con las que intenta afianzar el cierre de su mandato. Han habido diversas reacciones e interpretaciones del mensaje que el Presidente quiso mandar con estas iniciativas, y también críticas a algunas de ellas en específico. Si bien las iniciativas se presentan apenas a unos meses del siguiente proceso electoral, difiero de quienes piensan que tienen fines meramente mediáticos o electoreros. Al revisar los contenidos generales de cada una, es evidente que, en conjunto, presentan aspectos medulares del proyecto de país impulsado por la llamada Cuarta Transformación, y que giran en torno a tres conceptos: soberanía, Estado de bienestar y reconocimiento de derechos, y austeridad. Se podrá estar en contra o a favor de la viabilidad jurídica, financiera o política de cada una de las propuestas; se podrán encontrar mejorables unas o descartables otras, pero lo cierto es que no se puede acusar al paquete completo de ser ideológicamente inconexo o políticamente irrelevante.
Entre todas las propuestas, me interesa destacar la primera iniciativa que presentó el Presidente el pasado 5 de febrero: la correspondiente a la Reforma en Materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicano. Me parece que no es una casualidad que esta iniciativa abriera la lista. Tampoco es casualidad que, en el debate posterior, haya sido una de las menos difundidas. Y me atrevería a decir, sin matices, que se trata, de todas, de la más urgente, la más importante y la más absolutamente impostergable. Y ahora procedo a explicar por qué.
La propuesta consiste en una reforma al Artículo segundo constitucional para reconocer a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicano como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Algunos lectores pensarán que esto no es necesario, pues las personas indígenas son ya sujetos de derechos, como cualquier ciudadano o ciudadana de este país. Pero hay que estar atentos al fraseo: lo que se propone en esta iniciativa es que los pueblos y las comunidades, es decir, las entidades colectivas, sean reconocidas como sujetos de derechos y no únicamente, como lo están hasta ahora, como entidades de interés público.
La diferencia entre estas dos figuras la explica, en una entrevista para esta columna, el abogado Hugo Aguilar, Coordinador de Derechos Indígenas del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI): “Todo lo que es definido en la Ley o en la Constitución como «de interés público» implica que el Estado y el Gobierno deben de protegerlo. El carácter de interés público denota una visión de que aquello a lo que se protege es casi un objeto, es materia de tutela”. En ese tenor, el considerar a los pueblos indígenas como entidades de interés público les resta la capacidad de tomar sus propias decisiones y éstas quedan en manos del Estado, cuya obligación es protegerlos.
En cambio, continúa Aguilar, “el sujeto de derecho público se reconoce plenamente con la capacidad de entendimiento, de discusión y de toma de decisión. Eso es fundamental porque es indudable que los pueblos tienen mecanismos para tomar sus decisiones en los asuntos propios y esas decisiones tienen valor al interior de los propios pueblos, pero no son respetados por el resto de instancias, dependencias y autoridades. Y ahora, -continúa Aguilar- con este reconocimiento, el acuerdo de asamblea, la decisión de una comunidad… cualquier decisión o cualquier documento que se emita por un sujeto de derecho tendría por sí mismo ya un nivel de autoridad, tiene validez y debe ser respetado por todas las autoridades y órdenes de Gobierno”.
La demanda de que los pueblos y comunidades indígenas sean reconocidos como sujetos de derecho público no es nueva: de hecho, es la principal demanda de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, firmados entre el Gobierno mexicano y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional el 16 de febrero de 1996. (Este viernes van a ser 28 años).
Durante 28 años, los acuerdos han permanecido incumplidos o cumplidos sólo parcialmente. En 2001 se reformó el Artículo 2o de la Constitución para reconocer algunos derechos de los pueblos indígenas, y en 2019 una nueva reforma a este mismo artículo reconoce a los pueblos afromexicanos como parte de la composición pluricultural de México. Crucialmente, la demanda de que los pueblos indígenas y afromexicano sean reconocidos como sujetos de derecho público en la Carta Magna no ha sido cumplida hasta el momento. Esta iniciativa de reforma salda esa deuda fundamental.
La escritora zapoteca Irma Pineda nos explica en una entrevista: “El que [los pueblos indígenas] sean sujeto de derecho (…) en términos sencillos es como reconocer su mayoría de edad, porque tradicionalmente a los pueblos indígenas siempre se les ha visto como menores de edad, siempre tutelados por el Estado y el que sean reconocidos es como reconocer la posibilidad que tienen de tomar decisiones respecto a su propio destino y en particular lo que tiene que ver con su desarrollo y bienestar”.
La iniciativa presentada por el Presidente no se hizo de la noche a la mañana. Entre 2019 y 2021 hubo un intenso proceso de consulta, convocado por el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y la Secretaría de Gobernación. En él, se realizaron 54 foros regionales en 27 estados de la República, en los que participaron más de 27 mil personas, de las cuales más de 14 mil fueron autoridades y representantes de los 68 pueblos indígenas y el afromexicano. El 28 de septiembre de 2021, las autoridades Yaquis le entregaron al Presidente López Obrador la propuesta de iniciativa de Reforma Constitucional que proponía la modificación de 16 artículos constitucionales, en particular el 2 y 115. Desde ese momento hasta ahora, la iniciativa se encontraba “en análisis por las instancias competentes”.
El documento que presentó el Presidente el 5 de febrero contiene en lo sustancial las propuestas de aquella iniciativa de reforma, pero no incluye los derechos relativos al territorio y la representación política. Aún así, a decir de Hugo Aguilar: “contiene los elementos cruciales que nosotros recibimos en el proceso de consulta que llevamos a cabo en 2019 a 2021, entonces creo yo que es una reforma de avanzada, el aspecto central que hay que destacar es el reconocimiento de los pueblos y las comunidades como sujetos de derecho público”.
Le preguntamos a Irma Pineda a qué se debe que las reformas por los derechos de los pueblos indígenas, sean legales o constitucionales, suelen quedarse “congeladas” o, como bien recuerda ella, se aprueban en una cámara, pero no se discuten o no se aprueban en la otra: “En temas indígenas” -contesta Pineda “varias propuestas afectan intereses económicos. Por ejemplo en la que el INPI entregó al Presidente se proponía que los pueblos indígenas tuvieran mayor control sobre sus tierras y por lo tanto sobre los recursos naturales que hay ahí. Y eso implica que empresas, por ejemplo, que se dedican a la explotación del agua o la minería tengan que realizar consultas a los pueblos indígenas. Y como empresas, sabemos que nos les conviene, y presionan, hacen cabildeo, para que no se aprueben este tipo de iniciativas. Sí me parece que hay intereses económicos que se ven afectados cuando hay propuestas de cambios y esos intereses económicos determinan todavía muchas cosas en este país, desafortunadamente”.
Para Aguilar, la posibilidad de que la actual iniciativa se apruebe es más que una cuestión política una cuestión de principios y congruencia. “Es una iniciativa que busca superar las situaciones de injusticia. Una situación de injusticia que ha sido aceptada por todos los actores políticos, yo he escuchado a actores políticos de todos los colores decir que hay una deuda histórica con los pueblos.”
En efecto, en YouTube, por ejemplo, hay un video del 11 de febrero de 2021 en el que la entonces Senadora Xóchitl Gálvez considera que la reforma del 2001 fue insuficiente al no haber reconocido a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio. Y acusa que los gobiernos del PRI, del PAN y ahora de Morena “no han concretado en la Constitución los derechos establecidos en los acuerdos de San Andrés, ni los establecidos en tratados internacionales de la OIT y de la declaración Universal de las Naciones Unidas, muchos de ellos comprometidos en los discursos del Gobierno actual”.
Parece, pues, que no habría pretexto ni encono partidista alguno que pudiera impedir que los legisladores de todas las bancadas, y de ambas cámaras del Congreso de la Unión, así como los de los congresos locales, aprueben a la brevedad la iniciativa de reforma propuesta el 5 de febrero. Como bien recuerda Hugo Aguilar, aquí se verá si cuando los actores políticos aceptan la “deuda histórica” lo hacen sinceramente. “Yo creo que negar el respaldo, el voto a esta iniciativa, dice Aguilar, pues es confirmar que solamente es pose política, es solamente eslogan político, decir que los pueblos están viviendo situaciones de injusticia o decir que hay una deuda con los pueblos indígenas. La manera en que se puede materializar el apoyo y la convicción de tener una sociedad más justa, pues es mediante la aprobación y el apoyo a esta iniciativa. Y ahora está en manos de los legisladores”.
El papel de la sociedad, el que nos toca a nosotros, es estar atentos a que los legisladores permitan al Estado mexicano cumplir la palabra que empeñó en San Andrés Larráinzar hace 28 años.
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