México

El TEPJF determina que AMLO vulneró la Ley electoral en 5to aniversario de su triunfo

12/01/2024 - 10:28 pm

El Tribunal Electoral resolvió que son existente la promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.

Ciudad de México, 12 de enero (SinEmbargo).- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este viernes que el Presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró la equidad en el proceso electoral durante su discurso en la celebración del quinto aniversario de su triunfo electoral, el pasado 1 de julio en el Zócalo de la Ciudad de México.

En sesión pública, los magistrados resolvieron que el titular del Ejecutivo incurrió en distintas infracciones electorales al realizar promoción personalizada y haber usado recursos públicos en su mensaje por un año más de su Gobierno, en el que habló sobre sus logros y promesas para generar simpatía y adhesión de la ciudadanía.

“Son existentes la promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, atribuidos al preside la República, conforme a las consideraciones desarrolladas en la determinación”, avaló por mayoría de votos el pleno de la Sala Especializada.

Los magistrados resolvieron que el titular del Ejecutivo incurrió en distintas infracciones electorales. Foto: Gobierno de México

Asimismo, el TEPJF manifestó que el mandatario federal se pronunció contra las “fuerzas políticas distintas a aquellas que lo postularon para ocupar la titularidad del Ejecutivo federal, conducta que pudo influir en las preferencias electorales”.

Otra transgresión a la ley electoral que señalaron fue que utilizó indebidamente los recursos públicos para la organización de su informe porque para su desarrollo y función, se emplearon recursos financieros, humanos y materiales.

No obstante, el Tribunal Electoral determinó que el Presidente López Obrador no incurrió en actos anticipados de precampaña y campaña al no haber expresiones en las que solicitara el voto a la ciudadanía en favor o en contra de personas que aspiren a un cargo de elección popular.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador llega al Zócalo de la Ciudad de México para dar su Informe de Gobierno después de encabezar la marcha que partió del Ángel de la Independencia. Foto: Edgar Negrete Lira, Cuartoscuro.

La sesión de hoy, ocurre luego de que la Senadora con licencia Kenia López Rabadán, del Partido Acción Nacional (PAN), interpusiera una denuncia contra el titular del Ejecutivo tras considerar que el discurso del mandatario federal fue contrario a derecho por haber promocionado su imagen y logros de su administración, externar su apoyo a Morena y atacar a la alianza opositora a meses de las elecciones.

La Sala Especializada ya había analizado previamente el caso, y en su momento determinó la inexistencia de las infracciones a la normativa electoral; sin embargo, su sentencia fue impugnada ante la Sala Superior, que la revocó parcialmente.

Además, el titular del Ejecutivo no puede ser sancionado por infracciones electorales, ya que solamente se declara su responsabilidad en atención a criterios fijados por la Sala Superior del TEPJF.

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