El pasado 6 de noviembre, el Consejo General del INE avaló, con mayoría de votos, que los partidos políticos deberán postular al menos a siete mujeres en las 15 entidades donde se realizarán elecciones durante 2021.
Ciudad de México, 11 de noviembre (SinEmbargo).– El Senado de la República impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el acuerdo de paridad que otorgó el Instituto Nacional Electoral (INE) para las elecciones del 2021.
Eduardo Ramírez Aguilar, presidente de la Cámara Alta, fue quien entregó el recurso y argumentó que el INE extralimitó sus facultades, además de que estableció lineamientos que restringen de derechos a los hombres.
“Pido a esta Sala Superior del Tribunal que estudien y resuelvan el fondo de la impugnación, pues lo que se recurre es esa falta de competencia y facultades del INE para emitir las medidas de paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas”, se lee en el recurso de impugnación.
El líder del Senado refirió que con la declaración del Instituto Electoral se “pone en juego el federalismo electoral”.
Por su parte, los legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) expusieron que el INE intenta ejercer la misma “paridad horizontal” que se lleva a cabo en diputaciones federales y senadurías.
“Los criterios de paridad horizontal se refieren a cargos de elección popular distintos colegiados y no unipersonales. La naturaleza representativa de las gubernaturas, como titulares de los ejecutivos locales de entidades federativas libres y soberanas, unidas en una federación que conforman la República Mexicana, no pueden, bajo ninguna circunstancia, ser concebidas como una circunscripción electoral, como lo hace el acuerdo que por esta vía se impugna”, aclararon.
Por ello, alegaron que el INE estaría atentando contra la legislación al no contraponer “la naturaleza jurídica de las entidades federativas, que como soberanía, son libres, unidas bajo un pacto federal”.
El PAN insiste en que la ley establece el quién, dónde y cuándo de una situación jurídica general, y el reglamento elaborado por una autoridad secundaría, en este el INE, sólo debe establecer el cómo lo aplica.
Sin embargo, los consejeros, amparados en subsanar las omisiones de legislador, que no ha legislado sobre cómo garantizar la paridad en las gubernaturas, se tomaron una atribución que al final resulta un acto discriminatorio.
El pasado 6 de noviembre, el INE aprobó el acuerdo con el que se ratificó la paridad de género en las candidaturas a los gobiernos estatales.
El Consejo General del INE avaló, con mayoría de votos, que los partidos políticos deberán postular al menos a siete mujeres en las 15 entidades donde se realizarán elecciones durante 2021.
Esta iniciativa tiene como objetivo que en un futuro existan 16 entidades federativas gobernadas por una mujer, como lo establece la reforma Igualdad en todo que se firmó durante 2019.
Un plan pasado, que el INE modificó, planeaba que ocho mujeres fueran gobernaturas, pero se terminó reduciendo a siete.
El documento planteó, que los partidos políticos sólo habían implementado la paridad en los puestos de elección popular relacionados a los órganos colegiados, como lo son las cámaras legislativas a nivel federal y estatal.
También se señaló que hasta el momento, en los puestos unipersonales, como son las gobernaturas de los estados, históricamente habían sido ocupados por hombres.