Los ministros de la SCJN determinaron que era válido que existiera la posibilidad de reelección del Fiscal General tamaulipeco, así como que el Gobernador estuviera facultado para removerlo por las causas graves previstas en la Ley, siempre y cuando fuera con aprobación de al menos dos terceras partes de los miembros del Congreso local.
Por Carlos Álvarez Acevedo
Barrios Mojica –quien tendría que permanecer en el cargo hasta 2027— fue designado desde el 2018 por el Congreso local, durante el Gobierno encabezado por Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
Por unanimidad, el pleno del máximo Tribunal constitucional validó el decreto publicado el 30 de septiembre de 2021, que establece el procedimiento para la remoción del Fiscal tamaulipeco y ciertos fiscales especializados.
Los ministros de la SCJN determinaron que era válido que existiera la posibilidad de reelección del Fiscal General tamaulipeco, así como que el Gobernador estuviera facultado para removerlo por las causas graves previstas en la Ley, siempre y cuando fuera con aprobación de al menos dos terceras partes de los miembros del Congreso local.
#LaCorte determinó que es válido que exista la posibilidad de reelección del fiscal general de #Tamaulipas, así como que el gobernador esté facultado para removerlo por causas graves previstas en la ley, con aprobación de al menos 2/3 partes del Congreso https://t.co/2YhvCuQlkW pic.twitter.com/QVVNDsnKVk
— Suprema Corte (@SCJN) August 8, 2023
El pleno de la SCJN también validó el procedimiento para la remoción de los titulares de las fiscalías especializadas de la FGJET, el cual se realizaba por determinación del Fiscal General, aunque también con la validación del Poder Legislativo tamaulipeco.
“Es claro que el legislador tamaulipeco dotó de mayor solidez en el cargo a los fiscales locales al optar por crear un sistema más rígido para removerlos de su cargo; sin embargo, ello no impide o hace ilusoria la posibilidad de controlar su actuación ante una eventual comisión de faltas graves”, dijo el Ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá.
Según el fallo del pleno de la SCJN, los preceptos de la reforma no afectaban de manera directa algún derecho fundamental, sino que se trataba de un aspecto orgánico.
Alcántara Carrancá indicó que el procedimiento de remoción no desnaturalizaba el sistema de pesos y contrapesos entre los poderes del Estado, además de que garantizaba que la función de procuración de justicia se realizara con autonomía e independencia
Según la SCJN, para los procedimientos de nombramiento y remoción de esos servidores públicos, existía libertad de configuración legislativa, que consistía en garantizar las funciones de procuración de justicia, con base en los principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad, profesionalismo, responsabilidad y respeto a los derechos humanos.
En septiembre de 2021, el Congreso de Tamaulipas reformó el artículo 125 de la Constitución local, para modificar el proceso para el nombramiento del Fiscal estatal y establecer requisitos adicionales para su remoción.
Barrios Mojica Fiscal es Licenciado en Derecho por el Centro Universitario México y cuenta con Maestría en Sistemas Penales y Problemas Sociales, por la Universidad de Barcelona, España. Asimismo, es Doctor en Ciencias Penales y Política Criminal, por el Instituto Nacional de Ciencias Penales de México.
Se ha desempeñado como asesor jurídico y ha ocupado cargos tanto en el Poder Judicial del Distrito Federal, así como en el Poder Judicial de la Federación. En la ahora extinta Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fue Auditor Encargado en el Área de Responsabilidades de la Contraloría Interna.
En la entonces Procuraduría General de la República (PGR), fue Agente del Ministerio Público de la Federación, Director de Asuntos Internacionales, Coordinador General, encargado del despacho de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Contra la Salud.
Así como titular de la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, todos ellos en la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (antes SIEDO, ahora SEIDO). También ocupó el cargo, de Subprocurador de Investigación Especializada en Delitos Federales.