México

El TEPJF multa a Xóchitl

La Sala Superior confirma sanción contra Gálvez por uso indebido de la imagen del INE

10/07/2024 - 8:54 pm

La sanción procede luego de que la exaspirante del frente opositor utilizó el logotipo, los colores y la tipografía de la autoridad electoral para promover una propuesta de campaña.

Ciudad de México, 10 de julio (SinEmbargo).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles una multa contra la excandidata presidencial Xóchitl Gálvez Ruiz por el uso indebido de la imagen del Instituto Nacional Electoral (INE).

Con un voto dividido, los magistrados ratificaron la decisión de la Sala Especializada afirmando que la resolución estuvo debidamente fundamentada y justificada.

La Sala Especializada había determinado que se trataba de propaganda gubernamental con el objetivo de promover la postura de la exabanderada de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) en relación con el uso de programas sociales con fines electorales.

La candidata Xóchitl Gálvez publicó una propuesta de espectaculares pero empleando la imagen institucional del INE. Fotos: X @XochitlGalvez

“Indebidamente incluyó el logotipo del INE para promocionarla, circunstancia que generó confusión en la ciudadanía, sobre quien emitió la comunicación”, señaló en su momento.

Por lo anterior, este día los magistrados reafirmaron que la excandidata presidencial y los partidos “vulneraron las reglas establecidas en materia de propaganda electoral”.

Gálvez Ruiz tendrá que una multa de 21 mil 714 pesos; mientras que el PAN, PRI y PRD deberán pagar 54 mil 285 pesos.

Xóchitl Gálvez fue la excandidata presidencial con menos eventos públicos registrados ante el INE. Foto: Prensa Xóchitl Gálvez.

El 30 de mayo pasado, la Sala Especializada del Tribunal Electoral confirmó la multa de 21 mil 714 pesos por usar la imagen del INE en sus redes sociales como propaganda electoral.

El Tribunal Electoral agregó que dicho proyecto constituye una violación a las reglas de propaganda electoral, debido a que sus elementos vulneran la intención de exponer el posicionamiento propagandístico de la candidata a la presidencia.

Anteriormente, Gálvez Ruiz libró una primera infracción luego de que la Sala Especializada determinó que la candidata opositora no violó la Ley electoral con la publicación que incluía el logo del INE, por lo que se ordenó un nuevo análisis del caso.

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