General Gallardo
10/07/2018 - 12:01 am
Mando civil en la Defensa Nacional
En entrevista pasada Andrés Manuel López Obrador, al ser cuestionado sobre quiénes estarán al frente de la Secretaría de la Defensa Nacional y de Marina, dijo “se están analizando dos propuestas, los secretarios de Defensa y de Marina, van a ser nombrados de acuerdo a la tradición que hay en la SEDENA. Y agregó: estamos en muy buena relación con las Fuerzas Armadas y siempre vamos a actuar con mucho respeto”.
En entrevista pasada Andrés Manuel López Obrador, al ser cuestionado sobre quiénes estarán al frente de la Secretaría de la Defensa Nacional y de Marina, dijo “se están analizando dos propuestas, los secretarios de Defensa y de Marina, van a ser nombrados de acuerdo a la tradición que hay en la SEDENA. Y agregó: “estamos en muy buena relación con las Fuerzas Armadas y siempre vamos a actuar con mucho respeto”.
¡El relevo en los mandos de las fuerzas armadas cedido a los militares, es un ritual que arrastra prácticas tradicionales de un Estado autoritario, sostenido por un partido hegemónico!
Decía en entregas anteriores, ante la grave situación de inseguridad que vive nuestro país, ante el colapso del gobierno, es necesario apelar a una PLANEACIÓN ESTRATÉGICA NACIONAL, que incluya la reestructuración del Estado, la creación de nuevos mecanismos para llegar al poder, el fortalecimiento del orden institucional, y romper rituales y parámetros que simbolizan a un Estado autoritario.
El objetivo. Devolver al Estado su potestad del uso de la violencia legítima. Desmilitarizar a la sociedad y los espacios públicos. Empoderar a los ciudadanos en sus derechos constitucionales.
Uno de estos rituales y parámetros que simbolizan a un Estado autoritario en México, es la liturgia en la sucesión de los mandos de la Secretaría de la Defensa Nacional y de Marina, que asegura la autonomía de facto del Ejército, basada en la política del secreto como una relación con el Estado/sociedad, la impunidad de las cadenas de mando y la no rendición de cuentas. ¡El relevo de los mandos en las fuerzas armadas, es un pacto de impunidad, solapado históricamente por la clase política nacional!
Romper estas tradiciones que tienen que ver cuotas entre grupos de poder dentro del Ejército, ha llevado a crear una clase militar que, debido a la gratitud nacional, ascensos y privilegios han podido influir en forma preponderante en la vida política y social del país, mediante pronunciamientos e intromisiones en los asuntos políticos, que agravan el orden legal y el funcionamiento institucional del Estado mexicano. El Ejército se arroga manejos como una sociedad aparte del Estado mexicano y del escrutinio social. ¡Como si fueran paridos por la providencia!
Erradicar estas prácticas, terminar de tajo con este enraizamiento antidemocrático, forma parte de la metodología para regresar al ejército a sus cuarteles, someterlo al poder civil del Estado, y anclarlo en su función primordial de defensa nacional.
¡Complicado! Pues sí, porque toca intereses de los altos mandos militares y rompe una estructura de corrupción e impunidad que frena el desarrollo democrático de la nación.
Las sociedades civilizadas se han planteado históricamente el problema derivado de la existencia de una organización armada: el ejército, dentro de una sociedad desarmada porque confió sus armas a dicha institución. Tal situación, ya desde entonces, engendraba una doble y peligrosa posibilidad. Por una parte, que esa entidad armada se pusiera al servicio de un sector social determinado, utilizando toda la fuerza de las armas para imponer sus intereses al resto de la sociedad; por la otra, que el organismo armado se apoderara directamente de toda la sociedad, sometiéndola a su beneficio y criterios, esgrimiendo para ello las armas que la propia sociedad le entregó para su defensa frente a un enemigo exterior. La historia ha documentado, a lo largo del tiempo, numerosos ejemplos de ambas circunstancias, justificando plenamente aquella añeja preocupación.
Igualmente se suma la aguda pregunta de ¿Quién vigilará a los vigilantes? formulada hace varios siglos por Juvenal ante el Senado de Roma, y que ha conservado su vigencia más de lo que quisiéramos; tan es así que, en época histórica tan reciente, pudimos contemplar en varios países latinoamericanos y en otras latitudes del mundo, sui generis en México, hasta qué punto aquellas reflexiones conservaban pleno vigor.
¿Quién vigilará a los vigilantes? Pues debe ser el pueblo y los gobernantes que él ha elegido. Queda claro, en una democracia consolidada no debe existir ninguna duda de que las fuerzas militares están subordinadas al poder civil.
Este axioma es un viejo tema que frecuentemente preocupa a politólogos. A los guardianes se les da el poder para ser salvadores y NO destructores del Estado. En efecto, Platón sostenía que la vida en sociedad requería de guardianes para defender al Estado de enemigos externos y hacer cumplir la ley. La concentración de los instrumentos de mando militar, burocrático y económico, en una unidad de acción política fueron los recursos esenciales para construir el Estado-nación.
En el campo militar, como dice Herman Heller/Teoría del Estado, ese despliegue unitario de acción fue posible gracias a una organización racional planificada que provenía de un centro de mando, simbólicamente establecido en la figura del monarca, o del jefe de Estado.
Hacia mediados del siglo XX Samuel Huntington presentó un trabajo: El Soldado y el Estado, que se convirtió en un clásico para la reflexión acerca del control civil de los militares. Se parte así de una hipótesis elemental: un gobierno democrático debe arbitrar el control civil sobre los militares. En el caso que ahora revisamos, sería a través de la función secretarial que contempla el principio universal de organización del Estado, reflejado en la administración pública.
En la medida en que los gobiernos, sistemáticamente, no subordinen a los militares, la democracia arrastrará fallas y tendrá pendientes sobre si el grave riesgo de que una institución del Estado que tiene el poder de las armas se interponga a favor de intereses de grupo. Nosotros los mexicanos, está interposición la hemos padecido, desde 1821 y repunta claramente después de la revolución hasta la fecha: un alta presencia de militares en la política y en funciones que son exclusivas de la autoridad civil.
La intervención de militares para dirimir asuntos de carácter político, y ahora hasta electoral, otorga a los militares espacios de acción que no corresponden a las ideas de un control democrático sobre el poder militar. Nuestra constitución lo tiene previsto como un principio de civilidad del Estado, en su artículo 129: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar…”. (VIGENTE)
El nombramiento de militares dentro de una cartera de la Administración Pública, como lo es la Secretaria de la Defensa Nacional y de Marina, a través en una ley ad hoc del fuero de guerra, hecha por militares es violatoria de la constitución y por tanto NULO DE PLENO DERECHO. Artículo 16.- El alto mando del Ejército y Fuerza Aérea lo ejercerá el Secretario de la Defensa Nacional, el cual será un General de División del Ejército, hijo de padres mexicanos; y que, con objeto de establecer distinción del resto de militares del mismo grado, se le denominará solamente general. (Ley orgánica)
En igual sentido, lo es la ley de armas decretada después de masacre estudiantil de 1968, y la ley de seguridad interior, luego que colapsaron al Estado y provocaron una crisis humanitaria en aras de sostener un sistema de poder que ha entregado al país a los intereses del gran capital.
Este punto concreto, por mandato de las urnas, quedó abrogado, es decir, el pueblo recobra la vigencia constitucional: “Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta”. (Artículo 136)
En el caso que nos ocupa, permitir que los militares, desde un gobierno con sólida legitimidad de origen, metan la mano en la sucesión del mando de la defensa nacional, pone en riesgo la transición pacífica a la democracia. El debate político es civil, NO militar.
El instrumento militar es el último recurso de poder en las relaciones entre los Estados; en tiempo de paz es un reaseguro para la protección de los ciudadanos y de los recursos naturales del Estado, y en democracia, la defensa del territorio es la respuesta armada a la preservación de las autoridades constitucionales y a la forma de vida de la sociedad nacional.
En este contexto, la función de las fuerzas armadas es profesional, es una función pública, orientada exclusivamente a sus capacidades técnicas, excluidas de ella cualquier forma de intervención en la toma de decisiones políticas. Y esto por lo que se ve, la autoridad civil lo desconoce y las Fuerzas Armadas, el Ejército, los militares no tienen ni idea.
Son muchos los autores que definen la estructura de la Defensa en un Estado de derecho:
Primero, se reconoce una cadena de mando clara que parta del presidente como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y que medie sus órdenes a través de un Secretario Civil en la conducción de la Defensa, mitiga entre la frivolidad e imprudencia que pueda tener el poder civil en el uso del cuerpo militar para otros fines y los dispendios y abusos que puedan tener los militares en el ejercicio de mando y el uso del presupuesto. Segundo, la función del Congreso se destaca en la determinación de las misiones militares, en verificar el cumplimiento de las políticas de Defensa, en asignar el presupuesto para el sector y en la atribución de declarar la guerra. A su vez, la justicia tiene el papel de velar porque los oficiales acaten el cumplimiento de la ley. Tercero, regula una política de Defensa que fije el tamaño de las fuerzas, el presupuesto destinado al sector, la operación de las misiones, el equipamiento que requieren las fuerzas militares. Último, se obliga a comunicar esta política pública y de promover su conocimiento al resto de la sociedad.
Finalmente una cosa más grave, un peligro inminente que pende como espada de Damocles sobre la seguridad nacional, y esto los mandos lo saben.
58. E.- “La expresión Secretaría de la Defensa Nacional, tiene en nuestra organización (militar) dos significados: uno, el de un organismo político-administrativo del poder ejecutivo, cuyas funciones específicas las dicta la Ley de Secretarías de Estado y otro, el de Cuartel General Superior de la Institución Ejército, concepto derivado de los ordenamientos de la Ley Orgánica vigente y de su funcionamiento respeto a las instituciones”.
59. D.- “La Secretaría de la Defensa Nacional para desarrollar sus funciones en calidad de Cuartel General del Ejército cuenta entre sus elementos con Estado Mayor, una Inspección General, Direcciones de las Armas, Direcciones de los Servicios…”. (Manual de Operaciones en Campaña, 1996.)
Bien, en una situación de guerra o conflicto, como ya ha sucedido en una de ellas perdimos la mitad del territorio, la Secretaría de la Defensa Nacional, se transforma en el Cuartel General para maniobrar al Ejército en operaciones. Una pregunta. Y la conducción de la defensa nacional, quien la lleva. ¡Queda acéfala!
Por ello y por lo que ya quedó asentado, la conducción de la defensa nacional no debe estar a cargo de militares, pues no está dentro de su concepción entender el funcionamiento de la organización del Estado.
Así las cosas, los currículos de educación militar y la estructura cognoscitiva adquirida por los militares, no dan para llegar a estas conclusiones, pues se trata de desempeñar una función política administrativa de corte civil.
En este orden de ideas, ante una crisis de seguridad como nunca se había conocido en la historia reciente, preocupa por el peligro que este hecho encierra para establecer la supremacía civil: “Es un dogma de la democracia que el poder militar esté subordinado a la autoridad civil del Estado”.
Es un tema intocado y de lo prohibido en México. Además causa escozor, porque en este último siglo el único soporte del poder político ha sido el Ejército.
(Tesis doctoral EJÉRCITO Y SOCIEDAD EN MÉXICO: Reforma de las Fuerzas Armadas. Gallardo, 2007.)
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